TEXTO PAGINA: 33
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G31/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 9 de agosto de 2004 Anexo VIII Términos de Referencia - Actividad económica: Se define como la actividad en la cual se encuentra clasificado el empleador de acuer- do a la clasificación determinada por el Código Interna- cional de Industrias Uniformes (CIIU), es decir, agricul-tura, ganadería, caza y silvicultura; pesca; explotación de minas y canteras; industria manufacturera; suminis- tro de electricidad, gas y agua; construcción; comercioal por mayor y por menor, reparación de vehículo auto- motores, motocicletas, efectos personales y enseres do- mésticos; hoteles y restaurantes; transporte, almacena-miento y comunicaciones; intermediación financiera; ac- tividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler; ad- ministración pública y defensa, planes de seguro socialy de afiliación obligatoria; educación; servicios sociales y de salud; otras actividades de servicios comunitarios, sociales y personales; hogares privados con serviciodoméstico y organizaciones y órganos extraterritoriales; otros; así como actividad no especificada. - Afiliado Activo: Es el afiliado al SPP que no se en- cuentra comprendido bajo ninguno de los supuestos que alude la definición siguiente. - Afiliado Pasivo: Se entenderá que un afiliado tiene la condición de pasivo cuando se encuentre percibiendo una pensión bajo cualquiera de los productos previsio- nales que otorga el SPP. Para dicho efecto, se entenderáque el derecho a la percepción del beneficio –en el caso de jubilación- queda perfeccionado con la suscripción de la sección I de la solicitud de pensión, siempre y cuan-do se otorgue la conformidad de la misma. En el caso de invalidez, el derecho a la pensión queda perfeccionado con la existencia de un dictamen de invalidez, parcial ototal, consentido o emitido por el Comité Médico de la Superintendencia (COMEC). - CIC: Cuenta Individual de Capitalización.- Cotizantes: Son considerados cotizantes, aquellos afiliados cuyos aportes han sido acreditados en las Cuen- tas Individuales de Capitalización y que figuran en el ru-bro “Total de Acreditaciones del mes a informar” del nu- meral 4 del Anexo Nº 2 del Circular Nº 018-98-EF/SAFP. - Estado del Bono de Reconocimiento: El Bono de Reconocimiento tanto de afiliados activos como pasivos puede presentar los siguientes estados: - Título Emitido: Cuando el título ha sido emitido por la Oficina de Normalización Provisional (ONP): - Carta de Conformidad: Cuando existe una carta por parte del afiliado indicando que acepta y reconoce el va- lor nominal del Bono de Reconocimiento otorgado por la ONP. - Constancia emitida: Cuando la constancia ha sido emitida por la ONP. - Con solicitud aceptada: Cuando la solicitud de Bono de Reconocimiento ha sido enviada y recibida por la ONP. - Sin trámite ante la ONP: Cuando el afiliado ha pre- sentado su solicitud de Bono de Reconocimiento ante laAFP, pero la misma no ha sido derivada aún a la ONP, o que habiendo declarado tener derecho al referido título no ha iniciado tramite alguno. - No tiene derecho a Bono de Reconocimiento: Cuan- do el afiliado ha declarado no tener derecho al referido título o no inició trámite alguno ante la AFP. - Invalidez definitiva: Aquella determinada producto de la expedición de un dictamen definitivo emitido por elCOMAFP o el COMEC. - Movimiento de CIC: Se refiere al número de meses que la CIC no registró aportes de manera acumuladadesde que el afiliado ingresó al sistema. - Remuneración Asegurable: Aquella definida en el artículo 90º de la Resolución Nº 080-98-EF/SAFP y mo-dificatorias, Título V del Compendio de Normas de Su- perintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Afi- liación y Aportes. - Siniestros con cobertura: Aquellos definidos por el artículo 64º de la Resolución Nº 232-98-EF/SAFP y mo-dificatorias, Título VII del Compendio de Normas de Su- perintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Pres-taciones. - Siniestros con cobertura postergada: Aquellos ca- sos con solicitudes admitidas a trámite pero donde lapensión no puede hacerse efectiva porque los aportes necesarios para alcanzar la cobertura - a la fecha del reporte - no han sido acreditados en la CIC. - Siniestro sin definir cobertura: Aquellos casos en que aún no existen pronunciamiento de los Comi- tés Médicos o que existiendo, la AFP o la compañíade seguros aún no se pronuncian respecto de la co- bertura del seguro. En el caso de sobrevivencia, aque- llos casos en que la AFP o la compañía de segurosaún no se pronuncian respecto de la cobertura del seguro. - Siniestros rechazados: Aquellos casos que han sido rechazados por los comités por no configurar invalidez. En el caso de sobrevivencia aquellas solicitudes de pen- sión presentadas que fueron rechazadas por la AFP ocompañía de seguros según corresponda, por no corres- ponder el derecho al referido beneficio. - Siniestros con solicitud de gastos de sepelio: Aque- llos casos de sobrevivencia en donde sólo se ha presen- tado la solicitud de gastos de sepelio. - Tiempo de Demora del Bono de Reconocimiento: El tiempo de demora del Bono de Reconocimiento se ex- presa en meses y se considera desde el momento en que la solicitud ingresa a la ONP. - Tiempo de Demora de Reporte de los Beneficios: El tiempo de demora de los beneficios está referido para el caso de pensiones de: - Sobrevivencia: Al tiempo transcurrido entre la fecha de ocurrencia del siniestro y la fecha de presentación dela Solicitud de Pensión. - Invalidez Transitoria: Al tiempo transcurrido entre la fecha de ocurrencia del siniestro y la fecha de presenta-ción de la Solicitud de Evaluación y Calificación de Inva- lidez. - Tiempo de Demora de los Beneficios: El tiempo de demora de los beneficios está referido para los casos de pensiones de: - Sobrevivencia: Al tiempo transcurrido entre la pre- sentación de la Solicitud de Pensión y el otorgamientodel Primer Pago. - Invalidez Definitiva: Al tiempo transcurrido entre la Solicitud de Pensión y el otorgamiento del Primer Pago. - Invalidez Transitoria: Al tiempo transcurrido entre la presentación de la Solicitud de Evaluación y Calificación de Invalidez, y el otorgamiento del Primer Pago. - Tiempo de Demora de los Comités: El tiempo de demora de los Comités está referido: - COMAFP: Al tiempo transcurrido entre la presenta- ción de la Solicitud de Evaluación y Calificación de Inva-lidez, y la emisión del Primer Dictamen. - COMEC: Al tiempo transcurrido entre la presenta- ción de la Solicitud de Apelación y la emisión del Dicta-men. 14432 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G69/G6E/G64/G69/G63/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G70/G6F/G6E/G64/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G64/G65/G73/G65/G67/G75/G72/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G72/GE1/G20/G6C/G6F/G73/G20/G72/G69/G65/G73/G67/G6F/G73/G64/G65/G20/G69/G6E/G76/G61/G6C/G69/G64/G65/G7A/G2C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G76/G69/G76/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G67/G61/G73/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G73/G65/G70/G65/G6C/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G50/G72/G69/G76/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G6E/G2D/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73 CIRCULAR Nº AFP-46-2004 Lima, 6 de agosto de 2004