Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2004 (09/08/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, lunes 9 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 274139

Anexo VIII Terminos de Referencia - Actividad economica: Se define como la actividad en la cual se encuentra clasificado el empleador de acuerdo a la clasificacion determinada por el Codigo Internacional de Industrias Uniformes (CIIU), es decir, agricultura, ganaderia, caza y silvicultura; pesca; explotacion de minas y canteras; industria manufacturera; suministro de electricidad, gas y agua; construccion; comercio al por mayor y por menor, reparacion de vehiculo automotores, motocicletas, efectos personales y enseres domesticos; hoteles y restaurantes; transporte, almacenamiento y comunicaciones; intermediacion financiera; actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler; administracion publica y defensa, planes de seguro social y de afiliacion obligatoria; educacion; servicios sociales y de salud; otras actividades de servicios comunitarios, sociales y personales; hogares privados con servicio domestico y organizaciones y organos extraterritoriales; otros; asi como actividad no especificada. - Afiliado Activo: Es el afiliado al SPP que no se encuentra comprendido bajo ninguno de los supuestos que alude la definicion siguiente. - Afiliado Pasivo: Se entendera que un afiliado tiene la condicion de pasivo cuando se encuentre percibiendo una pension bajo cualquiera de los productos previsionales que otorga el SPP. Para dicho efecto, se entendera que el derecho a la percepcion del beneficio ­en el caso de jubilacion- queda perfeccionado con la suscripcion de la seccion I de la solicitud de pension, siempre y cuando se otorgue la conformidad de la misma. En el caso de invalidez, el derecho a la pension queda perfeccionado con la existencia de un dictamen de invalidez, parcial o total, consentido o emitido por el Comite Medico de la Superintendencia (COMEC). - CIC: Cuenta Individual de Capitalizacion. - Cotizantes: Son considerados cotizantes, aquellos afiliados cuyos aportes han sido acreditados en las Cuentas Individuales de Capitalizacion y que figuran en el rubro "Total de Acreditaciones del mes a informar" del numeral 4 del Anexo Nº 2 del Circular Nº 018-98-EF/SAFP. - Estado del MORDAZA de Reconocimiento: El MORDAZA de Reconocimiento tanto de afiliados activos como pasivos puede presentar los siguientes estados: - Titulo Emitido: Cuando el titulo ha sido emitido por la Oficina de Normalizacion Provisional (ONP): - Carta de Conformidad: Cuando existe una carta por parte del afiliado indicando que acepta y reconoce el valor nominal del MORDAZA de Reconocimiento otorgado por la ONP. - MORDAZA emitida: Cuando la MORDAZA ha sido emitida por la ONP. - Con solicitud aceptada: Cuando la solicitud de MORDAZA de Reconocimiento ha sido enviada y recibida por la ONP. - Sin tramite ante la ONP: Cuando el afiliado ha presentado su solicitud de MORDAZA de Reconocimiento ante la AFP, pero la misma no ha sido derivada aun a la ONP, o que habiendo declarado tener derecho al referido titulo no ha iniciado tramite alguno. - No tiene derecho a MORDAZA de Reconocimiento: Cuando el afiliado ha declarado no tener derecho al referido titulo o no inicio tramite alguno ante la AFP. - Invalidez definitiva: Aquella determinada producto de la expedicion de un dictamen definitivo emitido por el COMAFP o el COMEC. - Movimiento de CIC: Se refiere al numero de meses que la CIC no registro aportes de manera acumulada desde que el afiliado ingreso al sistema. - Remuneracion Asegurable: Aquella definida en el articulo 90º de la Resolucion Nº 080-98-EF/SAFP y modificatorias, Titulo V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Afiliacion y Aportes. - Siniestros con cobertura: Aquellos definidos por el articulo 64º de la Resolucion Nº 232-98-EF/SAFP y mo-

dificatorias, Titulo VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Prestaciones. - Siniestros con cobertura postergada: Aquellos casos con solicitudes admitidas a tramite pero donde la pension no puede hacerse efectiva porque los aportes necesarios para alcanzar la cobertura - a la fecha del reporte - no han sido acreditados en la CIC. - Siniestro sin definir cobertura: Aquellos casos en que aun no existen pronunciamiento de los Comites Medicos o que existiendo, la AFP o la compania de seguros aun no se pronuncian respecto de la cobertura del seguro. En el caso de sobrevivencia, aquellos casos en que la AFP o la compania de seguros aun no se pronuncian respecto de la cobertura del seguro. - Siniestros rechazados: Aquellos casos que han sido rechazados por los comites por no configurar invalidez. En el caso de sobrevivencia aquellas solicitudes de pension presentadas que fueron rechazadas por la AFP o compania de seguros segun corresponda, por no corresponder el derecho al referido beneficio. - Siniestros con solicitud de gastos de sepelio: Aquellos casos de sobrevivencia en donde solo se ha presentado la solicitud de gastos de sepelio. - Tiempo de Demora del MORDAZA de Reconocimiento: El tiempo de demora del MORDAZA de Reconocimiento se expresa en meses y se considera desde el momento en que la solicitud ingresa a la ONP. - Tiempo de Demora de Reporte de los Beneficios: El tiempo de demora de los beneficios esta referido para el caso de pensiones de: - Sobrevivencia: Al tiempo transcurrido entre la fecha de ocurrencia del siniestro y la fecha de MORDAZA de la Solicitud de Pension. - Invalidez Transitoria: Al tiempo transcurrido entre la fecha de ocurrencia del siniestro y la fecha de MORDAZA de la Solicitud de Evaluacion y Calificacion de Invalidez. - Tiempo de Demora de los Beneficios: El tiempo de demora de los beneficios esta referido para los casos de pensiones de: - Sobrevivencia: Al tiempo transcurrido entre la MORDAZA de la Solicitud de Pension y el otorgamiento del Primer Pago. - Invalidez Definitiva: Al tiempo transcurrido entre la Solicitud de Pension y el otorgamiento del Primer Pago. - Invalidez Transitoria: Al tiempo transcurrido entre la MORDAZA de la Solicitud de Evaluacion y Calificacion de Invalidez, y el otorgamiento del Primer Pago. - Tiempo de Demora de los Comites: El tiempo de demora de los Comites esta referido: - COMAFP: Al tiempo transcurrido entre la MORDAZA de la Solicitud de Evaluacion y Calificacion de Invalidez, y la emision del Primer Dictamen. - COMEC: Al tiempo transcurrido entre la MORDAZA de la Solicitud de Apelacion y la emision del Dictamen. 14432

Establecen indicadores y ponderaciones para la seleccion de empresa de seguros que administrara los riesgos de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio en el Sistema Privado de Pensiones
CIRCULAR Nº AFP-46-2004

MORDAZA, 6 de agosto de 2004

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.