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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (18/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G37/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 18 de agosto de 2004 /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65 /G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 272-2004-PCM Lima, 13 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Estado en el Despacho de Relacio- nes Exteriores, Embajador Manuel Rodríguez Cuadros,se ausentará del país del 18 al 20 de agosto de 2004para participar en XXIII Reunión de Cancilleres del Gru-po de Río, a llevarse a cabo en Brasilia, República Fede- rativa del Brasil; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores en tan-to dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo Único.- Encargar el Despacho de Ministro de Relaciones Exteriores al Presidente del Consejo de Ministros, doctor Carlos Ferrero Costa, del 18 al 20 de agosto de 2004. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 15033 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G6A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G65/G6E /G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G4F/G4E/G53/G55/G43/G4F/G44/G45 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 242-2004-PCM Lima, 16 de agosto de 2004 Vistos, el Oficio Nº 562-2004-PCM/PRO.-500 del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales dela Presidencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº635-2004(PRE) del Presidente del Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCO- DE; CONSIDERANDO: Que, el artículo 58º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que el CONSUCODE es un organismo públi-co descentralizado adscrito a la Presidencia del Conse-jo de Ministros; Que, el artículo 3º de la Resolución Nº 143-2004- CONSUCODE/PRE del Presidente del Consejo Supe- rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CON- SUCODE, se pronuncia por el inicio de las acciones pe-nales correspondientes contra el señor Ciro Avelino Lle-rena Concha, representante legal de la empresa C Y DConstructores S.A.C. por la presunta comisión del delitocontra la función jurisdiccional (falsa declaración en pro- cedimiento administrativo) y contra la fe pública en agra-vio del CONSUCODE; Que, en tal sentido y de acuerdo a los fundamentos de la Resolución Nº 143-2004-CONSUCODE/PRE, queconstituyen parte integrante de la motivación de la pre- sente Resolución y los Oficios de vistos, resulta perti- nente en resguardo del interés público autorizar al Pro-curador Público a cargo de los asuntos judiciales de laPresidencia del Consejo de Ministros para que inter-ponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, elDecreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo,modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley delProcedimiento Administrativo General y el Reglamentode Organización y Funciones de la Presidencia del Con- sejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a car- go de los asuntos judiciales de la Presidencia del Con- sejo de Ministros para que, en representación y defen-sa de los intereses del Estado, inicie e impulse las ac-ciones judiciales correspondientes contra el señor CiroAvelino Llerena Concha, representante legal de la em-presa C Y D Constructores S.A.C., de conformidad con lo dispuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presiden-cia del Consejo de Ministros, para los fines a que se con-trae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 14933 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 243-2004-PCM Lima, 16 de agosto de 2004 Vistos, el Oficio Nº 562-2004-PCM/PRO.-500 del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales dela Presidencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº635-2004(PRE) del Presidente del Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCO-DE; CONSIDERANDO: Que, el artículo 58º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que el CONSUCODE es un organismo público descentra-lizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el artículo 3º de la Resolución Nº 105-2004-CON- SUCODE/PRE del Presidente del Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCO- DE, se pronuncia por el inicio de las acciones penales co- rrespondientes contra el señor Elder Zacarías Salas Hur-tado, representante legal de la empresa ELOVI IngenierosS.R.L. por la presunta comisión del delito contra la funciónjurisdiccional (falsa declaración en procedimiento adminis-trativo) y contra la fe pública en agravio del CONSUCODE; Que, en tal sentido y de acuerdo a los fundamentos de la Resolución Nº 105-2004-CONSUCODE/PRE, queconstituyen parte integrante de la motivación de la pre-sente Resolución y los Oficios de vistos, resulta perti-nente en resguardo del interés público autorizar al Pro-curador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que inter- ponga las acciones judiciales correspondientes;