Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2004 (18/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 18 de agosto de 2004

dad de aperturar nuevas Cuentas Subdivisionarias y otros niveles de desagregacion en el Listado de Cuentas del Plan Contable Gubernamental para el registro de: Pensiones del personal de la Policia Nacional del Peru y de las Fuerzas Armadas; Bienes de Capital no incorporados en el Patrimonio; y, Recursos Asignados a los Proyectos de Inversion; Que, para el registro de Pensiones del Personal de la Policia Nacional del Peru y Fuerzas Armadas, es conveniente aperturar en la Cuenta Subdivisionaria 661.01 PENSIONES, la Cuenta 661.01.03 REGIMEN DE PENSIONES DECRETO LEY Nº 19846; Que, es necesario aperturar en la Cuenta Divisionaria 569 OTROS, la Cuenta Subdivisionaria 569.06 ALTA DE BIENES, para el registro de Bienes de Capital no incorporados en el patrimonio; Que, es conveniente aperturar en la Cuenta Divisionaria 446 GASTOS DE CAPITAL - OTROS RECURSOS, la Cuenta Subdivisionaria 446.12 FONDO DE COMPENSACION REGIONAL, para el registro de los Recursos asignados a los Proyectos de Inversion; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Investigacion de la Contabilidad de la Contaduria Publica de la Nacion, con la aprobacion de la Alta Direccion y la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 2º y 7º de la Ley Nº 24680; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INCLUIR en el Listado de Cuentas del Plan Contable Gubernamental, las Cuentas Subdivisionarias y otros niveles de desagregacion, que se detallan a continuacion:
CUENTAS CUENTAS DIVISIONARIAS, SUBDIVISIONARIAS Y OTROS NIVELES DE DESAGREGACION 446.12 569.06 661.01.03 Fondo de Compensacion Regional Alta de Bienes Regimen de Pensiones Decreto Ley Nº 19846

Que en cumplimiento de lo establecido en el considerando anterior, es necesario designar al representante del Ministerio de Educacion ante el referido Consejo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED y 057-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor Idel Vexler MORDAZA, Viceministro de Gestion Pedagogica, como representante del Ministerio de Educacion ante el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina de Coordinacion para el Desarrollo Educativo Rural del Ministerio de Educacion establecer coordinaciones tecnicas con la Secretaria Ejecutiva del Consejo y la Oficina Nacional de Desarrollo Fronterizo y Regional del Ministerio de Relaciones Exteriores, referidas al MORDAZA de desarrollo fronterizo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 14980

Autorizan contratacion de la Universidad Nacional Agraria - La MORDAZA para prestar servicio de aplicacion de muestra representativa de centros educativos a nivel nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0413-2004-ED

44 Obligaciones Tesoro Publico 56 Hacienda Nacional Adicional 66 Gastos Diversos de Gestion y Subvenciones Otorgadas

MORDAZA, 16 de agosto de 2004 Visto, el Memorandum Nº 240-ME/SPE/UMC/2004 de la Unidad de Medicion de la Calidad Educativa; CONSIDERANDO: Que, la Unidad de la Medicion de la Calidad Educativa comunica la necesidad de la contratacion del servicio de aplicacion de una muestra representativa de centros educativos a nivel nacional, que permita asegurar el uso de los instrumentos de evaluacion del rendimiento estudiantil en las areas curriculares de comunicacion integral, logico matematica y formacion ciudadana, asi como cuestionarios a profesores, estudiantes y miembros del Consejo Escolar de los Centros Educativos que forman parte de la muestra, proponiendo para dicho efecto a la Universidad Nacional Agraria - La Molina; Que, el inciso a) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, dispone que estan exoneradas de los procesos de seleccion, entre otras, las adquisiciones y contrataciones que se realicen entre entidades del Sector Publico; Que, el articulo 106º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, desarrolla los requisitos a que se refiere el inciso a) del articulo 19º de la Ley, indicando que debe estar sustentada en un Informe Tecnico Economico elaborado por la Entidad que detalle y demuestre cuando menos que la adquisicion o contratacion resulta ser mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del MORDAZA, siempre y cuando ello no sea el resultado del uso o aprovechamiento por parte de la Entidad que participa como postor de ventajas o prerrogativas derivadas de su condicion de Entidad del Estado que suponga colocar en desventaja a los otros proveedores de los mismo bienes, servicios, obras, arrendamientos y seguros, asi como que en razon de costos y oportunidad, resulta mas eficiente adquirir o contratar con otra Entidad del Estado y que la contratacion resulta tecnicamente idonea y viable;

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion 14985

EDUCACION
Designan representante ante el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0411-2004-ED

MORDAZA, 16 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 057-2001-PCM se creo el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras, encargado de proponer la politica de Estado en materia de desarrollo fronterizo y de promover, coordinar y evaluar su cumplimiento; Que el articulo 3º del mencionado Decreto Supremo establece que el Consejo Nacional de Fronteras estara presidido por el Ministro de Relaciones Exteriores o su representante e integrado por un Viceministro de cada Sector del Poder Ejecutivo, quienes seran nombrados por Resolucion Ministerial del Sector al que representan;

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