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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (18/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G37/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 18 de agosto de 2004 siempre que se cuente con la asignación suficiente de recursos. f) Aprobar la Directiva para el manejo de fondos en la modalidad de “Encargos” entre las citadas Unidades Eje-cutoras y sus Unidades Operativas, según corresponda. Artículo 2º.- Delegar en la máxima autoridad de la Unidad Ejecutora 004: Fondo Nacional de Compensa-ción y Desarrollo Social - FONCODES del PliegoPresupuestal 039: Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial, las siguientes facultades: a) Aprobar los planes y programas del FONCODES. b) Establecer las modalidades y topes de financia- miento de proyectos y programas del FONCODES. c) Supervisar y coordinar a nivel nacional, la gestión del FONCODES en el cumplimiento de sus funciones. d) Revisar y analizar los proyectos de inversión y de- más operaciones que sean presentadas o propuestas al FONCODES, adjuntando la información que sea necesa-ria para una apropiada consideración de los mismos porparte del Despacho Ministerial. e) Proponer al Despacho Ministerial el nombramiento o remoción de los gerentes y de los funcionarios de confianza. f) Autorizar la celebración, modificación y resolución de los contratos de servicios no personales, así comolos contratos de trabajo sujetos a modalidad, siempreque tales contrataciones coadyuven al cumplimiento delobjeto del FONCODES o permitan una mayor eficiencia en el desarrollo de sus funciones. g) Proponer al Despacho Ministerial los reglamentos y demás documentos internos que sean necesarios parael cumplimiento de las funciones del FONCODES. h) Modificar y/o derogar las Directivas aprobadas por Resolución de Dirección Ejecutiva que se detallan en el Anexo A de la presente Resolución. i) Aprobar las Directivas que se detallan en el Anexo B de la presente Resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Gerente General del FON- CODES, para que delegue: a) En los Jefes de las Oficinas Zonales, en el Geren- te de Proyectos de Infraestructura y/o en el Gerente deFomento del Desarrollo del FONCODES, la facultad de-legada a través del literal a) del artículo 1 de la presenteResolución Ministerial. b) En otros funcionarios del FONCODES, la facultad delegada a través del literal d) del artículo 1 de la pre-sente Resolución Ministerial. La autorización de delegación contenida en el presente artículo, no exime al Gerente General de las responsabilidades que por el ejercicio de la misma hu- biere lugar. Artículo 4º.- Delegar en la máxima autoridad de la Unidad Ejecutora 006: Instituto Nacional de BienestarFamiliar - INABIF del Pliego Presupuestal 039: Ministe-rio de la Mujer y Desarrollo Social, las siguientes facul- tades: a) Proponer políticas, planes y programas del INA- BIF y de las entidades del Sistema Nacional para laPoblación en Riesgo. b) Otorgar y reconocer derechos laborales; aceptar las renuncias de trabajadores del INABIF; constituir la Comisión Permanente, las Comisiones Especiales, asícomo modificar sus constituciones; aperturar procesosadministrativos disciplinarios, absolver o aplicar las san-ciones de cese temporal o destitución derivadas de losmismos, a servidores y funcionarios del INABIF, Socie- dades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social, según corresponda; encargar el puesto o funciónde Directores y Administradores de las Unidades Opera-tivas del INABIF. c) Resolver recursos de reconsideración interpuestos contra resoluciones presidenciales emitidas por ex Pre- sidentes del Consejo Directivo del INABIF, o por la máxi- ma autoridad del INABIF.d) Resolver Recursos de apelación interpuestos con- tra resoluciones emitidas por la Oficina de Administracióndel INABIF, y contra resoluciones emitidas por los Presi-dentes de Directorio de las Sociedades de BeneficenciaPública y Juntas de Participación Social, y las quejasque se interpongan por defecto de tramitación, en lo que corresponda. e) Resolver recursos extraordinarios de revisión y las nulidades que se interpongan contra resoluciones emiti-das por las entidades que integran el Sistema Nacionalpara la Población en Riesgo. f) Efectuar las transferencias presupuestarias al CAFAE - INABIF, para el cumplimiento de la asistencia económica prevista en el Decreto de Urgencia Nº 088-2001, para elpersonal comprendido en el Decreto Legislativo Nº 276 y alas Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Parti-cipación Social, para subvenciones sociales. g) Expedir resoluciones de aceptación y otorgamiento de donaciones, regulados por la Directiva Nº 002-2001/I- NABIF-OP “Normas para la Captación y Otorgamiento deDonaciones del Instituto Nacional de Bienestar Familiar”. h) Modificar las Directivas Internas vigentes que han sido aprobadas por Resolución Presidencial del INABIF. Artículo 5º.- Delegar en la máxima autoridad de la Unidad Ejecutora 007: Oficina Nacional de CooperaciónPopular - COOPOP del Pliego Presupuestal 039: Minis-terio de la Mujer y Desarrollo Social, las siguientes fa-cultades: a) Proponer al Despacho Ministerial los lineamientos de política de promoción y desarrollo socioeconómicode mujeres y jóvenes en situación de pobreza y extremapobreza, y ejecutar las mismas en concordancia con lasorientaciones y prioridades establecidas por el sector MI-MDES. b) Proponer al Titular del MIMDES, el nombramiento y/o cese de Funcionarios de Confianza. c) Supervisar el avance de las actividades y opera- ciones del COOPOP, coadyuvando a su desarrollo yconsolidación. d) Coordinar la ejecución de acciones con organis- mos públicos y privados, nacionales e internacionales, para el cumplimiento de sus fines. e) Representar legalmente al COOPOP.f) Aprobar la Directiva sobre Lineamientos Genera- les para el procedimiento de la Toma de Inventario Físi-co General de Bienes Patrimoniales y Existencias Físi- cas de Almacén de COOPOP correspondiente al Ejerci- cio Fiscal 2004. g) Aprobar la Directiva sobre Normas y Procedi- mientos para la seguridad de la Información COOPOP. h) Otorgar y revocar poderes para la realización de los actos necesarios para el saneamiento de bienes de propiedad del COOPOP. Artículo 6º.- Delegar en la máxima autoridad de la Unidad Ejecutora 008: Programa de Apoyo al Repobla-miento y Desarrollo de Zonas de Emergencia - PAR delPliego Presupuestal 039: Ministerio de la Mujer y Desa- rrollo Social, las siguientes facultades: a) Formular y proponer al Despacho Ministerial los linea- mientos de política, programas y proyectos del PAR en concor-dancia con las políticas y los planes sectoriales y Gobierno. b) Proponer al Despacho Ministerial para su aproba- ción los Planes de Desarrollo. c) Ejecutar las políticas y estrategias que permitan el cumplimiento de los objetivos del PAR. d) Dar cuenta a la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social sobre la marcha del PAR. e) Supervisar y evaluar la gestión técnica de los ór- ganos del PAR. f) Celebrar, modificar o ampliar los contratos en mate- ria de adquisición de bienes y contratación de servicios,derivados de los procesos de selección en el marco dela normatividad vigente sobre contrataciones yadquisiciones del Estado. g) Aprobar y celebrar los contratos de trabajo sujetos a modalidad y los contratos de servicios no personales.