Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2004 (18/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 18 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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g) Agencia de Promocion de la Inversion - PROINVERSION; h) Consejo Nacional de Descentralizacion - CND; i) Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME. Asimismo, la Comision podra invitar a otras entidades, instituciones y representantes tanto del sector publico como del sector privado, que puedan hacer aportes a la Comision, para el logro de sus objetivos. Articulo 9º.- Reglamento Interno y Disposiciones Complementarias Por Resolucion Ministerial del Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a propuesta de la Comision, se aprobara su Reglamento Interno, en un plazo no mayor de cinco dias habiles contado a partir de la sesion de instalacion de la Comision. El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo dictara las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para la aplicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 10º.- Recursos El cumplimiento de las funciones encomendadas a la Comision, no demandara recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 11º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de agosto del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 15031

Republica de Haiti, con una Compania Aerotransportada; Que, la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa-, establece como una de sus funciones participar a traves de los organismos pertinentes en las misiones de paz internacionales a que se comprometa el Estado Peruano, de acuerdo a Ley; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 020 DE/ SG de fecha 5 de diciembre de 1988, establece que la creacion, activacion y desactivacion de: MORDAZA, Servicios, Fuerzas, Bases, Estaciones y Destacamentos deben efectuarse mediante Decreto Supremo; De conformidad con el inciso (8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-DE/SG, de fecha 19 de febrero de 2003 y Decreto Supremo Nº 020 DE/SG de fecha 5 de diciembre de 1988; DECRETA: Articulo 1º.- Crear la Unidad Militar Aerotransportada denominada "Compania PERU" (Tipo Compania de Infanteria independiente), integrada por Personal Militar de las Tres (3) Instituciones Armadas; contingente militar que se constituye para la participacion del Peru en las Operaciones de Mantenimiento MORDAZA de la Organizacion de las Naciones Unidas. Articulo 2º.- Para efectos administrativos esta Unidad Militar Aerotransportada, sera considerada como Unidad Organica del Ejercito del Peru. Articulo 3º.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emitira las disposiciones operacionales necesarias para el efectivo cumplimiento de la mision asignada a la Unidad Militar materia de creacion, para cuyo efecto las Instituciones Armadas brindaran el apoyo de personal y logistico. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de agosto del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa

DEFENSA
Crean la Unidad Militar Aero transportada denominada "Compania PERU", para la participacion del Peru en las Operaciones de Mantenimiento MORDAZA de la Organizacion de las Naciones Unidas
DECRETO SUPREMO Nº 011-2004-DE/SG

15027

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Ecuador, EE.UU. e Inglaterra para participar en eventos sobre inteligencia, investigaciones en malaria, operaciones de paz y entrenamiento de aventura
RESOLUCION SUPREMA Nº 351-2004-DE/SG

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, a traves del Memorando de Entendimiento firmado el 11 de noviembre del 2003, por el senor Presidente de la Republica del Peru y el Secretario General de las Naciones Unidas, y aprobado por el Congreso de la Republica, el 12 de agosto del 2004, el Peru confirma su compromiso politico y logistico con las Operaciones de Mantenimiento de la Paz; Que, con fecha 14 de MORDAZA del 2004 se comunica al Ministerio de Relaciones Exteriores para que haga conocer al Departamento de Operaciones de Paz de las Naciones Unidas (DPKO), la decision del Peru de participar en la Operacion de Mantenimiento MORDAZA en la

MORDAZA, 16 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano;

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