Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2004 (28/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 28 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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investigacion contra los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA, por su participacion en las irregularidades denunciadas por el Diario Correo en su edicion del lunes seis de MORDAZA del dos mil dos y en el programa televisivo "Panorama" correspondiente al MORDAZA cinco de MORDAZA de dicho ano, que daban cuenta de la existencia de una organizacion al interior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA dedicada a alterar el sistema de distribucion aleatorio para el reparto de las demandas hacia los Juzgados Civiles de dicha Corte Superior, todo ello a consecuencia del intento, por parte de los servidores judiciales en cuestion, de orientar hacia el Decimo Octavo Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA una medida cautelar innovativa fuera de MORDAZA sobre administracion de un MORDAZA de television; siendo el caso que luego de realizadas las investigaciones respectivas Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, encontro responsabilidad en las actuaciones tanto de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA, en los hechos denunciados, por lo que propuso su Destitucion; Segundo: Que, al respecto, los investigados han negado ser autores del intento de fraude, acusandose mutuamente de ser la persona que recibio los paquetes que contenian el escrito y recaudos de la solicitud cautelar, todo ello a efectos de limitar su responsabilidad a la de simples custodios de los documentos; sin embargo, de la actuacion de los medios de prueba aparece que ambos sujetos concertaron la maniobra fraudulenta manteniendo bajo su esfera de poder dichos documentos, incurriendo en una evidente conducta irregular al servir de gestores de intereses particulares para tratar de burlar los sistemas informaticos ideados para brindar transparencia en el reparto de demandas y solicitudes cautelares a los Juzgados Civiles de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, desencadenando con ello ademas serios cuestionamientos publicos hacia el Poder Judicial como institucion, todo lo cual resulta ser una grave infraccion a los deberes y prohibiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con lo establecido en el inciso uno del articulo doscientos uno del referido cuerpo normativo, lo que constituye grave atentado contra la respetabilidad del Poder Judicial, que compromete la dignidad del cargo, y lo desmerece en el concepto publico; correspondiendo aplicar la medida disciplinaria de Destitucion prevista por el articulo doscientos once del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; Tercero: Que, no obstante lo senalado precedentemente, en cuanto a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA no procede imponer la MORDAZA sancion disciplinaria, por cuanto este Organo de Gobierno al conocer la Investigacion numero cuarenta y nueve guion dos mil dos guion MORDAZA, mediante resolucion de fecha cuatro de MORDAZA del dos mil tres le impuso medida disciplinaria de Destitucion, por su actuacion como Asistente Judicial de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica al quebrar la prohibicion de gestionar ante la propia institucion intereses particulares, careciendo de objeto emitir pronunciamiento en este extremo respecto a la propuesta formulada por Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso treinta y uno del articulo ochenta y dos concordado con los articulos ciento seis y doscientos dos de la referida Ley Organica, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad en parte con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, quien concuerda con la presente resolucion, sin la intervencion del senor Presidente de este Organo de Gobierno por asistir a Sala Plena, y del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse conformando Sala, por unanimidad; RESUELVE: Primero.- Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Auxiliar Administrativo III de la Corte Superior de Justicia de Lima; Segundo.- Declarar que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto a la propuesta de Destitucion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA, formulada por Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, al haber sido

destituido por este Organo de Gobierno con fecha cuatro de MORDAZA del dos mil tres; Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 15632

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan responsables del endoso de certificados de deposito prescritos a favor de la Subgerencia de Tesoreria del Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 268-2004-P-CSJCNL/PJ Independencia, veinticinco de agosto del dos mil cuatro VISTOS: El Oficio numero mil ciento cuatro-dos mil cuatro-GG/ PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, Resoluciones Administrativas ciento nueve-dos mil tres- P-PJ de la Presidencia del Poder Judicial y ciento treintisiete-dos mil tres-P -CSJCNL/PJ emitida por esta Presidencia y el documento de fecha once de agosto del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Directiva numero cero cero ocho-dos mil-SE-TP-CME-PJ, aprobada por Resolucion Administrativa ciento noventidos-SE-TP-CME-PJ, se regula el registro, custodia y administracion de los certificados de depositos judiciales, desde su MORDAZA por el justiciable hasta su cobro por el beneficiario; ademas, se establece el control de los certificados, los cuales, vencido el plazo previsto por la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria y Final del Codigo Procesal Civil, pasan a formar parte de los recursos directamente recaudados por el Poder Judicial; Que, de acuerdo al oficio de vistos, cursado por la Gerencia General, con la finalidad de dar cumplimiento a lo prescrito en la Directiva MORDAZA referida, se ha aprobado un Programa de Inventario que permitira sanear los expedientes que contengan certificados de depositos judiciales insertos en ellos y que se encuentren en el archivo de expedientes concluidos; Que, la Presidencia del Poder Judicial, mediante la Resolucion Administrativa de vistos, dispuso que los Presidentes de las Cortes Superiores designen a los senores Magistrados encargados del endoso de los certificados de depositos judiciales que se encuentran desglosados de sus expedientes y que dada su antiguedad no se pueda determinar los sujetos procesales ni el numero de expediente al que pertenecen; Que, por Resolucion Administrativa de vista, esta Presidencia designo a las Magistradas, doctoras MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Valdivieso y MORDAZA MORDAZA Huaricancha MORDAZA, Jueces Titulares del Primer y MORDAZA Juzgado Penal respectivamente, para que procedan al endoso de los certificados prescritos a favor de la Subgerencia de Tesoreria del Poder Judicial, incluidos aquellos a que se refiere la Resolucion Administrativa ciento nueve-dos mil tres-P-PJ de la Presidencia del Poder Judicial;

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