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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (28/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

PÆg. 275335 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de agosto de 2004 investigación contra los servidores Francisco Javier Limo Rospigliosi y Mirko Renato Campos Del Castillo, por suparticipación en las irregularidades denunciadas por elDiario Correo en su edición del lunes seis de mayo deldos mil dos y en el programa televisivo "Panorama" co-rrespondiente al domingo cinco de mayo de dicho año,que daban cuenta de la existencia de una organizaciónal interior de la Corte Superior de Justicia de Lima dedi-cada a alterar el sistema de distribución aleatorio parael reparto de las demandas hacia los Juzgados Civilesde dicha Corte Superior, todo ello a consecuencia delintento, por parte de los servidores judiciales en cues-tión, de orientar hacia el Décimo Octavo Juzgado Espe-cializado en lo Civil de Lima una medida cautelar inno-vativa fuera de proceso sobre administración de un ca-nal de televisión; siendo el caso que luego de realizadaslas investigaciones respectivas Jefatura de la Oficina deControl de la Magistratura del Poder Judicial, encontróresponsabilidad en las actuaciones tanto de FranciscoJavier Limo Rospigliosi como de Mirko Renato CamposDel Castillo, en los hechos denunciados, por lo que pro-puso su Destitución; Segundo : Que, al respecto, los in- vestigados han negado ser autores del intento de frau-de, acusándose mutuamente de ser la persona que reci-bió los paquetes que contenían el escrito y recaudos dela solicitud cautelar, todo ello a efectos de limitar su res-ponsabilidad a la de simples custodios de los docu-mentos; sin embargo, de la actuación de los medios deprueba aparece que ambos sujetos concertaron la ma-niobra fraudulenta manteniendo bajo su esfera de poderdichos documentos, incurriendo en una evidente conduc-ta irregular al servir de gestores de intereses particula-res para tratar de burlar los sistemas informáticos idea-dos para brindar transparencia en el reparto de deman-das y solicitudes cautelares a los Juzgados Civiles de laCorte Superior de Justicia de Lima, desencadenando conello además serios cuestionamientos públicos hacia elPoder Judicial como institución, todo lo cual resulta seruna grave infracción a los deberes y prohibiciones esta-blecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánicadel Poder Judicial, de conformidad con lo establecido enel inciso uno del artículo doscientos uno del referido cuer-po normativo, lo que constituye grave atentado contra larespetabilidad del Poder Judicial, que compromete la dig-nidad del cargo, y lo desmerece en el concepto público;correspondiendo aplicar la medida disciplinaria de Des-titución prevista por el artículo doscientos once del Tex-to Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial; Tercero: Que, no obstante lo señalado precedente- mente, en cuanto a don Mirko Renato Campos Del Cas-tillo no procede imponer la máxima sanción disciplina-ria, por cuanto este Órgano de Gobierno al conocer laInvestigación número cuarenta y nueve guión dos mil dosguión Lima, mediante resolución de fecha cuatro de juliodel dos mil tres le impuso medida disciplinaria de Destitu-ción, por su actuación como Asistente Judicial de la SalaCivil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de laRepública al quebrar la prohibición de gestionar ante lapropia institución intereses particulares, careciendo deobjeto emitir pronunciamiento en este extremo respectoa la propuesta formulada por Jefatura de la Oficina deControl de la Magistratura del Poder Judicial; por talesfundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,en uso de las atribuciones conferidas por el inciso trein-ta y uno del artículo ochenta y dos concordado con losartículos ciento seis y doscientos dos de la referida LeyOrgánica, en sesión ordinaria de la fecha, de conformi-dad en parte con el informe del señor Consejero LuisAlberto Mena Núñez, quien concuerda con la presenteresolución, sin la intervención del señor Presidente deeste Órgano de Gobierno por asistir a Sala Plena, y delseñor Consejero Andrés Echevarría Adrianzén por en-contrarse conformando Sala, por unanimidad; RESUEL- VE: Primero.- Imponer la medida disciplinaria de Destitución a don Francisco Javier Limo Rospigliosi, por su actuación como Auxiliar Administrativo III de la CorteSuperior de Justicia de Lima; Segundo.- Declarar que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto a la propuesta de Destitución de don Mirko Renato CamposDel Castillo, formulada por Jefatura de la Oficina de Con-trol de la Magistratura del Poder Judicial, al haber sidodestituido por este Órgano de Gobierno con fecha cua- tro de julio del dos mil tres; Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOJOSÉ DONAIRES CUBAEDGARDO AMEZ HERRERALUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ15632 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan responsables del endoso de certificados de depósito prescritos afavor de la Subgerencia de Tesorería delPoder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 268-2004-P-CSJCNL/PJ Independencia, veinticinco de agosto del dos mil cuatro VISTOS:El Oficio número mil ciento cuatro-dos mil cuatro-GG/ PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, Resolucio-nes Administrativas ciento nueve-dos mil tres- P-PJ de laPresidencia del Poder Judicial y ciento treintisiete-dos miltres-P -CSJCNL/PJ emitida por esta Presidencia y el docu-mento de fecha once de agosto del año en curso; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Directiva número cero cero ocho-dos mil-SE-TP-CME-PJ, aprobada por Resolución Adminis-trativa ciento noventidós-SE-TP-CME-PJ, se regula el re-gistro, custodia y administración de los certificados de de-pósitos judiciales, desde su presentación por el justiciablehasta su cobro por el beneficiario; además, se establece elcontrol de los certificados, los cuales, vencido el plazo pre-visto por la Décimo Quinta Disposición Complementaria yFinal del Código Procesal Civil, pasan a formar parte delos recursos directamente recaudados por el Poder Judi-cial; Que, de acuerdo al oficio de vistos, cursado por la Ge- rencia General, con la finalidad de dar cumplimiento a loprescrito en la Directiva antes referida, se ha aprobado unPrograma de Inventario que permitirá sanear los expedien-tes que contengan certificados de depósitos judiciales in-sertos en ellos y que se encuentren en el archivo de expe-dientes concluidos; Que, la Presidencia del Poder Judicial, mediante la Resolución Administrativa de vistos, dispuso que los Pre-sidentes de las Cortes Superiores designen a los señoresMagistrados encargados del endoso de los certificados dedepósitos judiciales que se encuentran desglosados de susexpedientes y que dada su antigüedad no se pueda deter-minar los sujetos procesales ni el número de expediente alque pertenecen; Que, por Resolución Administrativa de vista, esta Presidencia designó a las Magistradas, doctoras Florde María Poma Valdivieso y Elizabeth Pilar Huarican-cha Natividad, Jueces Titulares del Primer y Sexto Juz-gado Penal respectivamente, para que procedan al en-doso de los certificados prescritos a favor de la Subge-rencia de Tesorería del Poder Judicial, incluidos aque-llos a que se refiere la Resolución Administrativa cien-to nueve-dos mil tres-P-PJ de la Presidencia del PoderJudicial;