Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2004 (28/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 28 de agosto de 2004

Que, mediante el documento de vista, su fecha once de agosto ultimo, las citadas Magistradas han formulado renuncia a dicha designacion, lo que exige adoptar las medidas administrativas destinadas a garantizar el endoso periodico de los certificados de deposito prescritos y, especificamente, el logro de los objetivos trazados en el Programa de Inventario MORDAZA referido; Que, en el caso de los certificados que se encuentran en los expedientes bajo custodia del Archivo Central de esta Corte Superior, sigue vigente la Resolucion Administrativa doscientos cuarentiuno-dos mil-P-CSJCN/PJ, con cuyo texto ha sido notificada la servidora responsable de dicha area con el oficio tres mil cuatrocientos cincuentinueve-PCSJCN-PJ; resolucion que autoriza el desglose de dichos certificados y que en su lugar se inserte MORDAZA certificada de los mismos; Por cuyas consideraciones, en virtud del articulo 90º incisos 3) y 9) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ACEPTAR la renuncia de las Magistradas, doctoras MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Valdivieso y MORDAZA MORDAZA Huaricancha MORDAZA, Jueces Titulares del Primer y MORDAZA Juzgado Penal, como responsables del endoso de los certificados de deposito judiciales prescritos, agradeciendoseles por sus servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- DESIGNAR a los senores Magistrados, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, Juez Titular del Octavo Juzgado Penal y doctor MORDAZA MORDAZA Quinones

Quinones, Juez Suplente del Setimo Juzgado Civil, para que en adicion a sus funciones procedan al endoso de los certificados de deposito prescritos a favor de la Subgerencia de Tesoreria del Poder Judicial, incluidos de aquellos a que se refiere la Resolucion Administrativa ciento nuevedos mil tres-P-PJ de la Presidencia del Poder Judicial, que tuvieran la condicion de prescritos. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a los Magistrados designados en el articulo precedente, a realizar el endoso de los certificados de deposito prescritos, provenientes del Programa de Inventario a que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Archivo Central de esta Corte Superior cumpla segun el caso con lo previsto mediante Resolucion Administrativa doscientos cuarentiuno-dos mil-P-CSJCN/PJ. Articulo Quinto.- Pongase la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudacion, Oficina Distrital de Control de la Magistratura y de la Oficina de Administracion Distrital. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MONTANEZ MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA 15628

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

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