Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2004 (28/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, sabado 28 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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estimada de una carga procesal de 6,448 expedientes, que incluye el saldo de causas pendientes de ejercicios anteriores de 1,448; carga procesal constituido, mayoritariamente, por recursos extraordinarios incoados en acciones de garantia constitucionales, iniciadas en el Poder Judicial, por vulneracion y amenazas de derechos a la MORDAZA individual y demas derechos reconocidos por la Constitucion Politica, y que constituyen derechos fundamentales en un sistema de relaciones juridicas entre el Estado y sus ciudadanos; derechos que deben ser garantizados con la oportuna resolucion de tales recursos, a fin de preservar el Estado de Derecho; Que el Tribunal Constitucional, para el cumplimiento tanto de su mision constitucional y legal como de las metas fijadas, requiere necesariamente contar con personal profesional adicional, que preste sus servicios administrativos de apoyo a las MORDAZA Jurisdiccionales encargadas de resolver tales acciones; debiendo contar, por la naturaleza esencial y trascendental de estos servicios, con abogados que cuenten con las calificaciones personales y profesionales para desarrollar estas actividades; Que las actividades de apoyo a las MORDAZA Jurisdiccionales exigen de sus operadores mantener la mas absoluta reserva y confianza profesional sobre las inevitables opiniones y analisis jurisdiccionales que vierten en reuniones de MORDAZA, sobre los casos sometidos a esta instancia constitucional y que preceden a la decision que le pone fin; esto es, constituyen, conjuntamente con la experiencia profesional, elementos esenciales y personalisimos para el desarrollo de estas actividades de apoyo; se garantiza con la seleccion de profesionales que cuenten con la confianza y experiencia profesional, como la honestidad de estos operadores jurisdiccionales; Que el Articulo 19º literal h) del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentra exonerado de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las contrataciones que se realicen para servicios personalisimos; Que el Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que la solicitud formulada por la Secretaria General, se MORDAZA en la necesidad de contratar a dichos profesionales, por cuanto que el Tribunal Constitucional, para el cumplimiento de su mision y metas, requiere necesariamente contar con abogados que presten sus servicios en actividades de apoyo a las MORDAZA Jurisdiccionales, de acuerdo a los Terminos de Referencia siguientes: Determinacion de la viabilidad procesal de las causas que ingresan al Tribunal Constitucional; elaboracion de resumenes y Ayuda Memoria de las acciones de garantia en tramite recopilacion de informacion juridica indispensable para la resolucion de las acciones de garantia (Doctrina, Normas Legales y Jurisprudencia); y agrupacion por institutos procesales y substantivos de la jurisprudencia y de sentencias del Tribunal Constitucional; Que el Secretario General del Tribunal Constitucional, conjuntamente con el Relator Secretario, bajo cuyos ambitos se encuentran la gestion administrativa de apoyo a la actividad jurisdiccional y el tramite de los procesos, ha propuesto la contratacion de los profesionales abogados siguientes: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes, por servicios prestados anteriormente, acreditan conocimientos juridicos en la materia, capacidad profesional y experiencia para ejercer estas delicadas, especializadas y esenciales labores de apoyo MORDAZA referidas; Que el abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con estudios de especializacion en derecho constitucional y derecho procesal constitucional efectuados en la Comision Interamericana de Juristas, en el Colegio de Abogados de MORDAZA, en la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, Especializacion en Derecho Aereo y Espacial 1994, en la Academia Diplomatica del Peru. Ha seguido una Maestria en Diplomacia y Relaciones Internacionales. En el Colegio de Abogados de MORDAZA, Diplomado y especialista en Dere-

chos Humanos y en Gestion Jurisdiccional. Ha asistido a diversos cursos, seminarios, forums de especializacion. Desempena la catedra en eventos y cursos superiores de especializacion en las materias de derecho procesal constitucion, administrativo y de derechos humanos en entidades privadas, universidades nacionales y particulares, Cortes Superiores de Justicia y Colegios de Abogados en MORDAZA y Provincias. Anteriormente a su contratacion, presto sus servicios en este Tribunal Constitucional; que lo califica para prestar apoyo en acciones de garantias, Habeas MORDAZA y acciones de inconstitucionalidad, entre otras; Que el abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, registra estudios de doctorado y maestria en Derecho y Justicia Constitucional, ejercicio de la docencia universitaria en Derecho Constitucional y experiencia profesional en el ambito juridico, Consultor de la GTZ de Cooperacion Alemana en la Secretaria Tecnica de la CERIAJUS, Asesor en el Congreso de la Republica, Expositor y Panelista en eventos academicos de Derecho, Articulista en temas juridicos, entre otros; lo cual lo califica para prestar los servicios profesionales de apoyo jurisdiccional en materia de MORDAZA relacionados con derechos pensionarios y laborales, entre otras; Que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha sido Director General de Asuntos Juridicos de la Fiscalia de la Nacion, Fiscal Provincial, Abogado de Executive Intelligence Review MORDAZA DC USA, Participante de investigaciones del US Department of Justice States General Attorney's; que lo califica para prestar sus servicios profesionales de apoyo principalmente en materias de acciones de Habeas Corpus; Que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es Abogada con estudios de Maestria en Derecho, Estudios de Diplomado para la ensenanza del Derecho, cursos de capacitacion y asistencia a seminarios vinculados con especialidades en contratos mercantiles, de derecho empresarial, concursal, reestructuracion patrimonial, de garantias mobiliarias y de derecho administrativo, entre otras; que la califican para el apoyo en materias de acciones de garantia en materia laboral y empresarial, entre otras; Que el Articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado, prescribe que las exoneraciones a los procesos de Concurso Publico o Adjudicaciones Directa para la contratacion de servicios personalisimos, deben aprobarse por Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; debiendose efectuar dicha contratacion, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; para lo cual, mediante el Informe Tecnico contenido en el Informe Nº 008-2004-OA/TC emitido por la Oficina de Abastecimiento y el Informe Nº 012-2004-AL/TC emitido por la Oficina de Asesoria Legal, se justifica la exoneracion requerida; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 132001-PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, la Ley Nº 28128, Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; y, En uso de las facultades conferidas a la Presidencia por la Ley Organica del Tribunal Constitucional y su Reglamento Normativo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion por servicios personalisimos de los abogados senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la prestacion de sus servicios profesionales, personalisimos, en labores de apoyo a la actividad jurisdiccional en la Secretaria General y Relatoria del Tribunal Constitucional. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Abastecimiento de la Direccion General de Administracion, a contratar a los profesionales senores abogados MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, bajo la modalidad de locacion de servicios, por un periodo de cuatro (4) meses y hasta por la suma de VEINTIDOS MIL QUINIENTOS Y 00/ 100 NUEVOS SOLES (S/. 22,500.00) cada uno; asi como al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, bajo la modalidad de locacion de servicios por cuatro meses y medio (4.5) y hasta

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