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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G39/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 8 de diciembre de 2004 Que, es necesario precisar que cuando en la Ordenan- za Nº 152-MPL, se hace referencia en el segundo párrafodel artículo 3º que los poseedores adquirirán la calidad decontribuyentes o responsables, en aquellos casos en que no se pueda determinar al propietario, que conforme a lo establecido en el Código Tributario, la categoría a la cualse encuentra dirigida el segundo párrafo del artículo 3º dela citada Ordenanza es a la de "Responsable"; En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Único.- Precísese que en la Ordenanza Nº 152-MPL, que cuando la misma hace referencia en el segundo párrafo del artículo 3º que los poseedores adqui-rirán la calidad de contribuyentes o responsables en aque-llos casos en que no se pueda determinar al propietario, lamisma se encuentra dirigida únicamente a la categoría de"Responsable"; en consecuencia, entiéndase del segun- do párrafo del artículo 3º que "los poseedores adquirirán la calidad de responsables, en aquellos casos en que no sepueda determinar al propietario del predio". Regístrese, comuníquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 22154 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G2D /G72/G65/G63/G74/G61/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6F/G62/G72/G61/G20/G22/G4D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G49/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G42/G69/G62/G6C/G69/G6F/G2D/G74/G65/G63/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G22 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 322-2004-ALC/MSI San Isidro, 6 de diciembre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO VISTO, el Informe Nº 006-2004-CEP/MSI del Presidente del Comité Especial Permanente de la Adjudicación Direc- ta Selectiva Nº 0043-2004-CEP/MSI para la ejecución dela obra “Mantenimiento de las Instalaciones Eléctricas de laBiblioteca Municipal” en el distrito de San Isidro; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 406-2004-09-GM/MSI se designó al Comité Especial Per-manente para llevar a cabo la Adjudicación Directa Selec-tiva Nº 0043-2004-CEP/MSI para la ejecución de la obra:“Mantenimiento de las Instalaciones Eléctricas de la Biblio- teca Municipal” en el distrito de San Isidro; Que, con Resolución de Gerencia Municipal Nº 971- 2004-09-GM/MSI se aprobó el Expediente Técnico para laejecución de la obra: “Mantenimiento de las InstalacionesEléctricas de la Biblioteca Municipal” en el distrito de SanIsidro por un monto de S/. 153,493.16 Nuevos Soles; Que, con Resolución de Gerencia Municipal Nº 987- 2004-09-GM/MSI se aprobaron las Bases y la Convocato-ria de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0043-2004-CEP/MSI para la ejecución de la obra: “Mantenimiento de lasInstalaciones Eléctricas de la Biblioteca Municipal” en eldistrito de San Isidro; Que, de acuerdo al calendario del proceso de selec- ción, se fijo como fecha de presentación de propuestas yde otorgamiento de la Buena Pro los días 23 y 24 denoviembre 2004, respectivamente; Que, mediante Informe Nº 784-04-18.3-SOMU-GDU/MSI de fecha 17 de noviembre de 2004, el Subgerente de Obras Municipales solicita la nulidad de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0043-2004-CEP/MSI debido a que seha detectado un error en el cálculo del valor referencial deS/. 8,510.60 Nuevos Soles aproximadamente, el mismoque se habría originado por un error en la suma de algunos parciales en la hoja del presupuesto, por parte del ingenie-ro Rony Becerra Valenzuela, valor que determina el proce-so y asignación de recursos siendo el mismo un requisito esencial del procedimiento, conforme al artículo 26º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado la Ley Nº 26850 -Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aproba- do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Titular del Pliego, puede declarar la Nulidad de Oficio del proceso deselección por cualquiera de las causales establecidas en elartículo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 -Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, hastaantes de la celebración del contrato; Que, el artículo 57º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, establece, entre otros supuestos, que se declararánnulos los actos administrativos expedidos, cuando éstosprescindan de las normas esenciales del procedimiento; Que, conforme a lo señalado, se ha configurado el supuesto contenido de la norma en mención, por lo que resulta procedente la Declaración de la Nulidad de la Adju- dicación Directa Selectiva Nº 0043-2004-CEP/MSI, debien-do retrotraerse la misma, hasta la etapa de convocatoria,debiendo formularse las bases con sujeción a las normaslegales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850- Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por D.S. Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aproba-do por D.S. Nº 013-2001-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Declárese la NULIDAD de Oficio de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0043-2004-CEP/MSIpara la ejecución de la obra: “Mantenimiento de las Instala-ciones Eléctricas de la Biblioteca Municipal” en el distrito de San Isidro, por las razones expuestas en la parte conside- rativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Retrotraer el proceso, hasta la Eta- pa de Convocatoria debiendo formularse las bases confor-me a las normas legales pertinentes, de acuerdo a lo esti-pulado en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Artículo Tercero.- Dispóngase la publicación de la pre- sente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano, de acuer-do a lo dispuesto por el artículo 26º del Reglamento delTexto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado (aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM), en un plazo máximo de cinco (05) díashábiles de emitida. Artículo Cuarto.- Encargar al Comité Especial Perma- nente designado, el cumplimiento de la presente Resolu-ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 22153 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANDAHUAYLAS /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G79 /G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G70/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 337-2004-MPA/AL Andahuaylas, 5 de octubre de 2004