Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2004 (09/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 9 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Disponen primera inscripcion de dominio de terrenos a favor del Estado, ubicados en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 200-2004/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 3 de diciembre de 2004 Visto el expediente Nº 077-2003/SBN-JAR, correspondiente al tramite de Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado del terreno de 3 261 838,13 m², ubicado al lado Este y adyacente a la urbanizacion "Santa MORDAZA del Mar", correspondiente a la jurisdiccion del distrito del mismo nombre, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los Bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, en el Certificado Catastral, de fecha 19 de noviembre de 2004, emitido por el Registrador Publico de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, se ha establecido que el terreno eriazo de 3 261 838,13 m², ubicado al lado Este y adyacente a la urbanizacion "Santa MORDAZA del Mar", en la jurisdiccion del distrito del mismo nombre, provincia y departamento de MORDAZA, se encuentra inmerso en parte del terreno de 5 653 869,00 m², otorgado en concesion a favor de la Compania Inmobiliaria Balnearios S.A., por parte del Estado, acto que se encuentra inscrito en la partida electronica Nº 11222711 del Registro de Predios de MORDAZA, en merito al titulo Nº 1858 de fecha 5 de setiembre de 1946; Que, en la investigacion registral se ha determinado que en dicha partida registral, no consta inscrito el derecho de propiedad a nombre del Estado respecto del predio de 5 653 869,00 m²; Que, se ha detectado que hasta la fecha, sobre dicha area se han realizado algunas inscripciones a favor de terceros, quedando un area libre de superposiciones de 3 261 838,13 m², conforme se desprende del certificado catastral mencionado; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 28 de octubre de 2004, se ha verificado que el terreno de 3 261 838,13 m² es, en su mayor parte, de naturaleza eriaza, con algunas ocupaciones dispersas, sin inscripcion registral; Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales esta facultada para identificar y calificar los terrenos eriazos ubicados en las zonas urbanas y de expansion MORDAZA, en representacion del Estado, asumiendo la calidad de propietario de los bienes que, sin constituir propiedad privada, no esten registrados en los Registros Publicos ni en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal, de conformidad con los articulos 30º, 33º y la setima disposicion complementaria del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; motivo por el cual, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno de 3 261 838,13 m², de conformidad con el articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y la Directiva Nº 001-2002/SBN, que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada

por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por la Resolucion Nº 014-2004/SBN; Que, los literales s) e i) del articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia, asi como a promover la inmatriculacion de predios a favor del Estado, cuando se carece de titulos probatorios de dominio; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificada por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 0354-2004/SBN-GO-JAR, de fecha 30 de noviembre de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 3 261 838,13 m², ubicado al lado Este y adyacente a la urbanizacion "Santa MORDAZA del Mar", correspondiente a la jurisdiccion del distrito del mismo nombre, en la provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 22210 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 201-2004/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 3 de diciembre de 2004 Visto el Expediente Nº 04040-99, correspondiente al tramite de inscripcion en Primera de Dominio a favor del Estado del terreno de 1 523 721,93 m² ubicado al sur de la MORDAZA de Ilo, en la MORDAZA denominada MORDAZA del Palo, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, la MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos aun no cuenta con la Base Cartografica Digital de los predios inscritos en el Registro de Predios correspondiente a la Oficina Registral de Ilo, situacion que hace imposible obtener una certificacion negativa de inscripcion registral en base a una busqueda catastral; Que, de acuerdo con el inciso 1) del numeral 2.1.3 de la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por su similar Nº 003-2004/SBN, aprobada con Resolucion Nº 0142004/SBN del 11 de MORDAZA del 2004, sobre "Tramites de

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