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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (09/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 15

PÆg. 282043 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de diciembre de 2004 DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote, Huascarán/Anta. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Atico, Ayo, Caravelí, Chivay, Huambo, Mejía, Santa Rita de Siguas, San Isidro / Vítor. DEPARTAMENTOS: ICA, AYACUCHO Y HUANCA- VELICA - Ayacucho, Churro Pampa, Nasca, Palmapampa, Pisco. DEPARTAMENTOS: APURÍMAC, CUSCO Y MADRE DE DIOS - Andahuaylas, Cusco, Iberia, Iñapari, Mazuko, Mia- ria, Pacria / Nueva Luz, Patria, Puerto Maldonado, Quin-cemil, Teresita / San Francisco. DEPARTAMENTOS: MOQUEGUA, TACNA Y PUNO - Juliaca, Ilo, Moquegua, Tacna. DEPARTAMENTO: SAN MARTÍN - Juanjuí, Moyobamba, Puerto Yarina, Rioja, San José de Biavo, Saposoa, Tarapoto, Tocache, Uchiza, Yumba- tos. DEPARTAMENTOS: TUMBES Y PIURA - Tumbes, Talara, Piura. DEPARTAMENTOS: JUNÍN, HUÁNUCO Y PASCO - Alto Pichanaqui, Ciudad Constitución, Cutivereni, Chichireni, Esperanza / Amuesha, Huánuco, Jauja, Llu-lla Pichis, Mazamari / Manuel Prado, Puerto Ocopa, Po-yeni, Potsateni, Santa Marta, Tingo María, Uchubamba,Vicco, Villa América. DEPARTAMENTO: UCAYALI - Atalaya, Balta, Bufeo Pozo, Culina, Chicosa, Ovente- ni, Paititi, Pucallpa, Puerto Esperanza, Breu, San Mar-cos, Sepahua, Unine, Yarinacocha. DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Gochapita, Trujillo, Urpay, Pacasmayo. DEPARTAMENTO: LIMA - CALLAO - San Isidro (Helipuerto). DEPARTAMENTO: LORETO - Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Colonia Anga- mos, Contamana, El Estrecho, Intuto, Iquitos / CoronelFrancisco Secada, Pampa Hermosa, Paranapura, Re-quena, Yurimaguas. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez".Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a SHOU- GANG HIERRO PERÚ S.A.A. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matrícula vigen- tes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Públicode Aeronaves de la Oficina Registral de Lima y Callao;de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes,expedidos o convalidados por la Dirección General deAeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 3º.- SHOUGANG HIERRO PERÚ S.A.A. está obligada a presentar a la Dirección General deAeronáutica Civil, los datos estadísticos e informes quecorrespondan a su actividad aérea, de acuerdo a losprocedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 4º.- SHOUGANG HIERRO PERÚ S.A.A. está obligada a establecer un Sistema de Radiocomuni-cación entre los puntos a operar, a fin de mantener per-manente información del tráfico aéreo que realizan susaeronaves. Artículo 5º.- SHOUGANG HIERRO PERÚ S.A.A. empleará en su servicio, personal aeronáutico que cuentecon su respectiva licencia y certificación de aptitud ex-pedidos o convalidados por la Dirección General de Ae- ronáutica Civil. Artículo 6º.- SHOUGANG HIERRO PERÚ S.A.A. podrá hacer uso de las instalaciones de los aeropuertosy/o aeródromos privados consignados en la presenteResolución, previa autorización de sus propietarios. Artículo 7º.- Las aeronaves de SHOUGANG HIE- RRO PERÚ S.A.A. podrán operar en los aeropuertos y/o aeródromos cuyas alturas y longitud de pista esténcomprendidas dentro de sus tablas de performanceaprobadas por el fabricante y la autoridad correspon-diente. Artículo 8º.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato en forma automática, cuando elpeticionario incumpla las obligaciones contenidas en lapresente Resolución; o pierda alguna de las capacida-des legal, técnica o económico- financiera, exigidas porla Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, o su Reglamento. Artículo 9º.- Si la Administración verificase la existen- cia de fraude o falsedad en la documentación presenta-da o en las declaraciones hechas por el interesado, laDirección General de Aeronáutica Civil, procederá con-forme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 10º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil - Ley Nº 27261,el Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes;así como a las Directivas que dicte esta Dirección Ge-neral. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 21385 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean Sala Mixta Descentralizada en la provincia de Mariscal CÆceres, Dis-trito Judicial de San Martín RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 213-2004-CE-PJ Lima, 26 de noviembre del 2004 VISTOS: El Oficio Nº 2520-2004-GG-PJ cursado por el Ge- rente General del Poder Judicial, así como el Informe Nº116-2004-SEP-GP-GG-PJ, de la Subgerencia de Estu-dios y Proyectos, relacionados a la creación de la Sala Mixta Descentralizada en la ciudad de Juanjuí, capital de la provincia de Mariscal Cáceres, departamento y Distri-to Judicial de San Martín; y, CONSIDERANDO: Que, este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa Nº 177-2004-CE-PJ su fecha 29 de se-tiembre del año en curso, creó en el Distrito Judicial de San Martín, entre otros órganos jurisdiccionales, una Sala Mixta Descentralizada en la provincia de San Mar-tín con sede en la ciudad de Tarapoto, con competenciaademás en las provincias de Mariscal Cáceres, Hualla-ga, Bellavista, Picota, El Dorado, Lamas y Tocache (deldepartamento de San Martín), así como en Alto Amazo- nas (del departamento de Loreto); quedando modificada la competencia territorial del Distrito Judicial de Huánu-co;