Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2004 (09/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, jueves 9 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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comunes. Los activos que aporte eventualmente el Gobierno Regional MORDAZA, el Ministerio de Salud y/o el Ministerio de Educacion, se mantendran en propiedad de la entidad respectiva y se regiran por la legislacion nacional sobre disposicion del Patrimonio del Estado. 10. DE LOS PRIVILEGIOS El Gobierno peruano se compromete a conceder los privilegios legales acordados a los expertos de los organismos de cooperacion tecnica internacional, para el personal extranjero que MORDAZA sido aceptado por el Gobierno de la Republica del Peru para asesorar el Proyecto objeto de este Acuerdo, durante el tiempo de su permanencia en el MORDAZA, conforme a lo estipulado en el Acuerdo de Cooperacion Tecnica firmado el 09 de septiembre de 1964 entre el Consejero Federal Suizo y el Gobierno de la Republica del Peru. 11. DE LA REPRESENTACION Y ESTRUCTURA DEL PROYECTO COSUDE asume la representacion legal del Proyecto ante el Gobierno Peruano. En su manejo interno el Proyecto contara con la siguiente estructura: 11.1 Comite Directivo 11.2 Direccion del Proyecto/Equipo Tecnico 11.3 Comite Tecnico Regional 11.1 COMITE DIRECTIVO El Comite Directivo es la instancia superior de gestion del Proyecto. Estara conformado por un/una representante acreditado de las siguientes instituciones, los cuales tendran voz y voto: - El presidente del Gobierno Regional MORDAZA, quien preside el Comite - un/una representante del Ministerio de Salud - un/una representante del Ministerio de Educacion - un/una representante de la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperacion (COSUDE) - un/una representante de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI) - un/una representante del Viceministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - un/una representante del Programa de Agua y Saneamiento del Banco Mundial (PAS) El Comite Directivo se reunira en sesion ordinaria dos veces por ano y en forma extraordinaria, a solicitud de las partes o del/de la Director/a del Proyecto. La presidencia del Comite Directivo estara a cargo del Presidente del Gobierno Regional Cusco. Las facultades y el procedimiento para la toma de decisiones, seran aprobadas en el Reglamento respectivo. Son atribuciones y deberes principales del Comite Directivo: a. Aprobar y modificar su Estatuto y el reglamento del mismo b. Definir los lineamientos de politica del Proyecto, en el MORDAZA de los objetivos y resultados especificados en el Plan de IV Fase c. Aprobar el Plan de Fase del Proyecto d. Aprobar los Planes Operativos Anuales (POAs) acorde con el Plan de Fase, los Informes tecnicos y financieros semestrales, relacionados con los avances del Proyecto y la ejecucion de aportes de las partes e. Propiciar y supervision el cumplimiento del Acuerdo Subsidiario asi como la marcha del Proyecto f. Tomar medidas correctivas ante desviaciones o imponderables surgidos g. Velar por la adecuada participacion de las instituciones involucradas en el Proyecto y tomar acciones frente a problemas presentados h. Aprobar los Terminos de Referencia (TdR) para las evaluaciones externas i. Ratificar anualmente al Director del Proyecto

El Director del Proyecto se desempena como Secretario del Comite Directivo, con voz pero sin voto. El Comite Directivo tiene la posibilidad de invitar representantes de instituciones involucradas en el tema, con voz pero sin voto. En caso se incorporen durante la ejecucion de la IV Fase otras MORDAZA externas adicionales para financiar algunas actividades del Proyecto, estas seran invitadas a integrar el Comite Directivo. 11.2 LA DIRECCION DEL PROYECTO La Direccion esta a cargo de un Director del Proyecto contratado por COSUDE mediante concurso. El Director del Proyecto, por delegacion de COSUDE y conforme a sus normas internas, asume la representacion del Proyecto, contando para ello con las siguientes facultades: a. Dirigir el Proyecto en coordinacion con las contrapartes e instituciones publicas y privadas vinculadas a la ejecucion del Acuerdo b. Seleccionar al personal del Proyecto, contratado con recursos financieros de COSUDE y de acuerdo a las normas de COSUDE c. Administrar los fondos de COSUDE segun los lineamientos de COSUDE d. Presentar, para su aprobacion por el Comite Directivo, los POAs y los informes tecnicos y financieros semestrales relacionados con los aportes de COSUDE e. Asegurar el monitoreo del entorno y del MORDAZA de gestion del Proyecto, y de ser necesario proponer al Comite Directivo cambio de estrategia f. Promover y coordinar la armoniosa y optima participacion de las instituciones participantes g. Suscribir convenios especificos con las municipalidades, comunidades y otras instituciones locales para dar cumplimiento a las metas establecidas en el Plan Operativo de Fase IV y en los POAs. 11.3 COMITE TECNICO REGIONAL Es un organo interinstitucional a nivel regional, cuyo objeto es acompanar y apoyar las acciones del Proyecto; para lo cual cumplira las siguientes funciones: a. Apoyar a la Direccion del Proyecto para el cumplimiento de lo establecido en el Plan de Fase y los Planes Operativos Anuales b. Tomar decisiones de caracter operativo, que involucren a las instituciones del nivel regional que participan en la ejecucion del Proyecto c. Participar en el monitoreo del Proyecto. El Comite Tecnico Regional - Proyecto SANBASUR estara compuesto por representantes acreditados de las instituciones de ambito regional, que participan en la ejecucion del Proyecto, los cuales tienen voz y MORDAZA en las deliberaciones y decisiones a tomar: - Director del Proyecto, quien se desempenara como Coordinador - Secretario Tecnico del Comite Regional de Saneamiento Ambiental Gobierno Regional - Gerente Regional de Planificacion, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional MORDAZA - Director Regional de Salud - MORDAZA (o representante) - Director Regional de Educacion - MORDAZA (o representante) - Representante de las Municipalidades participantes - Responsables de Areas Tecnicas del Proyecto SANBASUR 12. DE LAS INSTANCIAS DE CONTROL El control financiero y contable se regira por las normas internas de cada una de las entidades financieras y

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