Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (09/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 5

PÆg. 282033 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Subprefecto en la provincia de Tacna en el departamento de Tacna,cargo considerado de confianza; De conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 27594 de fecha 13 de diciembre del 2001, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nom-bramiento y Designación de Funcionarios Públicos,y lo dispuesto en el artículo 24º del Texto Único Or-denado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Mi-nisterio del Interior, aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 003-2004-IN; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo Único.- DESIGNAR, a partir de la fecha, a don Fernando Gabino VALLEJOS CHOQUE, como Subprefecto en la provincia de Tacna en el depar-tamento de Tacna, cargo público considerado deconfianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 22209 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Acuerdo entre la Confedera- ción Suiza y el Perœ, relativo al Pro- yecto de Saneamiento BÆsico Am- biental en la Sierra Sur, Fase N” IV DECRETO SUPREMO Nº 082-2004-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que el Acuerdo entre la Confederación Suiza, re- presentada por la Embajada de Suiza - Agencia Sui- za para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) yla República del Perú, representada por el Ministe-rio de Relaciones Exteriores a través de la AgenciaPeruana de Cooperación Internacional (APCI) rela-tivo al Proyecto "Saneamiento Básico Ambiental en la Sierra Sur (SAMBASUR)" Fase Nº IV; fue suscrito el 13 de febrero de 2004, en la ciudad de Lima, Repúblicadel Perú; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan alPresidente de la República para celebrar, ratificar o ad-herirse a éstos, sin el requisito de la aprobación previadel Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre la Confe- deración Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Coo-peración (COSUDE) y la República del Perú, repre-sentada por el Ministerio de Relaciones Exteriores através de la Agencia Peruana de Cooperación Inter-nacional (APCI) relativo al Proyecto "Saneamiento Básico Ambiental en la Sierra Sur (SAMBASUR)" Fase Nº IV, suscrito el 13 de febrero de 2004, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la Repúbli- ca.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores ACUERDO ENTRE LA CONFEDERACIÓN SUIZA, REPRESENTADA POR LA EMBAJADA DE SUIZA - AGENCIA SUIZA PARA EL DESARROLLO Y LA COOPERACIÓN (COSUDE) Y LA REPÚBLICA DEL PERÚ, REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES A TRAVÉS DE LA AGENCIA PERUANA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL (APCI) RELATIVO AL PROYECTO "SANEAMIENTO BÁSICO AMBIENTAL EN LA SIERRA SUR (SANBASUR)" Fase Nº IV, con vigencia del 01 de enero de 2004 al 31 de diciembre de 2006 En el marco del Acuerdo de Cooperación Técnica suscrito entre el Consejo Federal Suizo y el Gobierno de la República del Perú el 09 de setiembre de 1964, delConvenio Subsidiario relativo al Proyecto SaneamientoBásico Ambiental en la Sierra Sur - SANBASUR (en ade- lante el Proyecto) , mediante Nota RE (OCI) Nº 6-27/11 del 6 de marzo de 2001, y con el ánimo de reafirmar los lazos de amistad y solidaridad existentes entre ambos países, las Partes convienen en celebrar el presenteAcuerdo, en los términos y condiciones siguientes: 1. CLÁUSULA GENERAL La política interior y exterior de las partes contratan- tes se basa en el respeto de los principios democráticosy de los derechos humanos, tal como están enunciados,entre otros, en la Declaración Universal de los Dere-chos Humanos. Estos principios y estos derechos cons-tituyen un elemento esencial del presente acuerdo. 2. DE LAS PARTES 2.1 LA CONFEDERACIÓN SUIZAPara fines del presente Acuerdo, Suiza estará repre- sentada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (en adelante COSU-DE). COSUDE es una Dirección especializada del Mi- nisterio Suizo de Relaciones Exteriores y parte integrantede la Embajada de Suiza en el Perú. Su misión se des-prende de la Ley Federal del 19.3.1976 relativa a la co- operación internacional para el desarrollo y la ayuda humanitaria. 2.2 LA REPÚBLICA DEL PERÚEl Perú estará representado por el Ministerio de Re- laciones Exteriores del Perú a través de la Agencia Pe- ruana de Cooperación Internacional (APCI), siendo las contrapartes del Proyecto el Gobierno Regional Cusco, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Edu- cación. Dado el carácter de Proyecto, participan en su gestión el Viceministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Programa de Agua y Saneamien- to del Banco Mundial (PAS).