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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (14/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G33/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 14 de diciembre de 2004 quecida cuenta con disponibilidad presupuestal, por la suma de S/.9,601.57 por el período del 14 al 31DIC2004y por S/.20,061.47 con cargo al Presupuesto Institucio-nal de Apertura 2005 (lapso del 1ENE al 11FEB2005), en ambos casos con cargo a la Fuente de Financiamiento 17: Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales; Que, asimismo, la Oficina de Asesoría Jurídica en su Informe Nº 1672-2004-OAJ-MSS de fecha6DIC2004, luego de un detallado análisis documentaly una profusa exégesis de la normativa aplicable al caso de esta índole de exoneraciones de procesos de selección, ha señalado que es procedente la de-claración en situación de urgencia para la adquisicióndel insumo que se propone; Que, la solicitud formulada debe ser atendida, de- bido a la justificación expuesta en los informes técni- cos precedentes, por lo que corresponde declarar en situación de urgencia la adquisición del insumo“hojuela de quinua enriquecida” del programa del Vasode Leche, cuyo abastecimiento reviste singular im-portancia para la normal marcha del indicado progra-ma, toda vez que tratándose del insumo “hojuela de quinua enriquecida” para el contexto en que se desa- rrolla la ejecución del Programa del Vaso de Leche,es uno de carácter esencial, debido a que su ausen-cia causaría un grave perjuicio a los vecinos benefi-ciarios (niños, madres gestantes y adultos mayoresen estado de extrema); De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º numerales 8) y 35), 39º primer párrafo y 41º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972; con dispensadel trámite de lectura y aprobación del acta; por Unanimi-dad aprobó el siguiente: ACUERDO 1. Declarar en Situación de Urgencia la adquisición del insumo hojuela de quinua enriquecida del Progra-ma de Vaso de Leche, hasta por la suma de S/.29,663.04 (Veintinueve mil seiscientos sesenta y tres y 04/100 Nuevos Soles), hasta el otorgamientode la buena pro, quedando exonerada la Municipali-dad de convocar al proceso de selección o hasta unmáximo de sesenta (60) días, comprendidos entre el14DIC2004 y el 11FEB2005 inclusive, sin perjuicio que se determine la responsabilidad administrativa, de ser el caso. 2. La contratación de la adquisición mencionada se realizará con cargo a la Fuente de Financiamiento 17:Recursos ordinarios para Gobiernos Locales, encomen-dándose a la Gerencia de Administración la realización de la misma. 3. Disponer que a través de la Secretaría General se remita copia del presente Acuerdo a la Contraloría Ge-neral de la República. 4. Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 22503 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G74/G61/G73/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G61/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G56/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G54/G65/G6D/G70/G6F/G2D/G72/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G56/G65/G72/G61/G6E/G6F ORDENANZA Nº 015-2004/MDPN Punta Negra, 27 de octubre del 2004 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRAPOR CUANTO: El Concejo Municipal de Punta Negra, en Sesión Or- dinaria de Concejo de fecha 27 de octubre del 2004; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Norma IV del Título Preli- minar del Texto Único Ordenando del Código Tributarioaprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF ysus modificatorias, reconoce a los Gobiernos LocalesAutonomía Política, Económica y Administrativa en losasuntos de su competencia y les otorgan potestad tribu- taria mediante Ordenanza crear, modificar y suprimir con- tribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de sujurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, los incisos a) y d) del artículo 68º de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto LegislativoNº 776, establece que los Gobiernos Locales podrán imponer tasas por servicios públicos y por estaciona- miento de vehículos; Que, mediante la Ordenanza Nº 212 de la Municipa- lidad Metropolitana de Lima, aprueba la Ordenanza Mar-co donde se establece las disposiciones normativasgenerales que regulan la Tasa de Estacionamiento de Vehículos en la Provincia de Lima; Que, existiendo gran número de personas que con- curren al Balneario en la Temporada de Verano para dis-frutar de sus playas y siendo necesario brindar el Servi-cio por el Estacionamiento Vehicular que consiste en elequipamiento, implementación, señalización y manteni- miento de las zonas determinadas para el estaciona- miento de los vehículos; Estando a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 27972 y la Ley de Tributación Municipalaprobado por D.Leg. Nº 776, el Concejo Municipal enpleno, por Unanimidad, ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Tasa por el Servicio de Estaciona- miento Vehicular para la Temporada de Verano Establézcase en la jurisdicción del distrito de Punta Negra, durante la temporada de verano (período del 1de diciembre del 2004 hasta el 30 de abril del 2005), laTasa por el Servicio de Estacionamiento Vehicular, lamisma que se cobrará por el estacionamiento de ve-hículos en las zonas establecidas en el artículo 9º de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Deudores Tributarios Son deudores tributarios, en calidad de contribuyen- tes, los conductores de vehículos que se estacionen enlas zonas referidas en el artículo 9º, y son deudores tributarios en calidad de responsables solidarios los pro- pietarios de los referidos vehículos. Artículo 3º.- Nacimiento de la Obligación Tributaria La obligación tributaria nace al momento de estacio- nar el vehículo en las zonas establecidas para estacio- namiento vehicular, señalado en el artículo 9º. Artículo 4º.- Horario del servicio El servicio de Estacionamiento Vehicular se realizara de lunes a domingos en horario corrido de 8.00 a.m.hasta las 8.00 a.m. del día siguiente. Artículo 5º.- Monto Tributario El monto de la tasa por estacionamiento vehicular es el siguiente: 1.- Para Automóviles y Camionetas: a) El monto a pagarse por concepto de Derecho de Estacionamiento Vehicular, por cada media hora o frac-ciones de 0.032% de la UIT, siendo su equivalente ensoles el de S/. 1.00 (Un Nuevo Sol). b) Se establece la tasa única de Estacionamiento Vehicular, cuando se haga uso del servicio por un tiempomayor a cinco horas a razón de 0.32% de la UlT, siendosu equivalente en soles de S/. 10.00 (Diez Nuevos Solesy 00/100). 2.- Para Combis, Microbuses y Ómnibus: a) El monto a pagarse por concepto de Derecho de Estacionamiento Vehicular, por cada media hora o frac-