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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G33/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 14 de diciembre de 2004 sas exportadoras peruanas, en Ferias Especializadas Internacionales, como es el caso de las Ferias Internacio-nales MODA MANHATAN y ACCESORIES THE SHOW2005; Que, el Informe Técnico S/N de fecha 19 de noviem- bre del 2004, emitido por la Gerencia de Textil Confec-ciones y Accesorios señala la importancia de la partici-pación de PROMPEX en las Ferias InternacionalesMODA MANHATAN y ACCESORIES THE SHOW 2005,por constituir parte de la campaña de PERÚ MODA, para consolidar la presencia de nuestras exportaciones en Estados Unidos. Asimismo, la ciudad de Nueva York,lugar donde se realizarán estas ferias, el centro de laindustria de la moda de los Estados Unidos de Nortea-mérica, lo que permitirá ampliar la expectativa sobre lasposibilidades que ofrece el Perú en productos textiles y de confecciones, mediante la presentación de una ofer- te exportable seleccionada de las mejores coleccionesde las empresas nacionales presente en Perú Moda2005; Que, se ha seleccionado la Feria Moda Manhatan, porque dicho evento reúne aproximadamente 300 co- lecciones venidas del mundo entero, las mismas que son seleccionadas por un jurado muy riguroso, asimis-mo, es visitada por 8,000 compradores de tiendasespecializadas y boutiques de los Estados Unidos, Ca-nadá, Europa y México. La oferta exportable estaráconformada por confecciones seleccionadas para da- mas elaboradas en algodón, alpaca y mezclas; Que, en el caso de la feria Accesories The Show, es importante la presencia de PROMPEX, por constituir di-cho evento la feria más grande de los Estados Unidosde Norteamérica, donde se presentan las últimas tenden-cias de diseños de todo tipo de accesorios del vestuario, tanto para damas, caballeros y niños, siendo visitada por aproximadamente 14,500 visitantes especializados.La oferta exportable peruana estará constituida por pren-das de algodón, alpaca y mezclas, para damas, caballe-ros y niños; Que, las características especiales que se seña- lan en el considerando precedentes, hace que se pue- da considerar a la referida contratación como un ser-vicio personalísimo conforme lo dispone el literal h)del artículo 19 de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, en concordancia con lo dispuestoen el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, motivo por el cual resulta fundamental para la presencia de PROM-PEX en dicho evento, a fin de cumplir con los objetivosde su Ley de creación; Que, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, ha absuelto una consulta formulada por PROMPEX, referente a la contratación de servicios conexos para la participación de la institución en FeriasInternacionales con el objetivo de promover las exporta-ciones, a través de la Opinión Nº 040-2004(GTN), seña-lando que cuando se han producido los supuestos deexoneración o de declaración de desierto en los artícu- los 19º y 32º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,determinándose la necesidad de efectuar procesos demenor cuantía a través de acciones inmediatas sobre labase de la obtención de una cotización que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorización expresa del Titular del Pliego o de la máxima autoridadadministrativa de la Entidad, y surja, la necesidad decontratar con un extranjero no domiciliado en el Perú, lacontratación respectiva podrá regirse por la ley de sucumplimiento, según las condiciones ofrecidas por el proveedor o de acuerdo a los procedimientos usados por el comercio internacional, no siendo de aplicación lodispuesto en el segundo párrafo del artículo 105º deReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de acuerdo al informe técnico es requisito pre- vio para la participación en las Ferias InternacionalesMODA MANHATAN y ACCESORIES THE SHOW 2005,se reserve el espacio durante el ejercicio 2004, debien-do efectuarse un pago para el presente año de US$ 18,220.00; Que, mediante Memorándum Nº 254-2004-PROM- PEX/OPP de fecha 24 de noviembre de 2004, de la Ofi-cina de Planificación y Presupuesto, se señala que lacontratación del servicio de Alquiler de espacio, para lasFerias Internacionales MODA MANHATAN y ACCESO- RIES THE SHOW 2005, cuenta con disponibilidad pre-supuestaria para el presente ejercicio; Que, el valor referencial para la contratación del ser- vicio de alquiler de espacio para las Ferias Internacionales MODA MANHATAN y ACCESORIES THE SHOW 2005,es de US$ 18,220.00 dólares norteamericanos; Que, el Informe Legal Nº 037-2004-PROMPEX/OAL, indica que resulta procedente la emisión de una Resolu-ción de Dirección Ejecutiva por medio de la cual se de- clare exonerada del proceso de selección correspon- diente, toda vez que se ha sustentado la causal de exo-neración del proceso de adquisición prevista en el literalh) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, por tratarse de la contratación de servicios personalísimos; Que, lo expuesto en dichos informes justifican técni- ca y legalmente la exoneración señalada de conformi-dad con lo establecido en el artículo 113º del menciona-do Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2003-MIN- CETUR de fecha 25 de junio del 2003 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de junio del mismo año, seaprobó el Reglamento de Organización y Funciones dela Comisión para la Promoción de Exportaciones PROM-PEX, cuyo artículo 16º establece que el Director Ejecuti-vo es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, Titular de la entidad y del Pliego Presupuestario; Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2004- MINCETUR de fecha 7 de enero del 2004 y publicada enel Diario Oficial El Peruano el 8 de enero del mismo año,se designó al señor Roberto Vásquez de Velasco de laPuente, como Director Ejecutivo de PROMPEX; Que el numeral 6. referido a la exoneración de los procesos de selección del acápite VI. de la DirectivaNº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada medianteResolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, estable-ce en los incisos 6.3 y 6.4, que la resolución que aprue-be la exoneración deberá precisar la causal en la que se sustenta, ya sea que se trate de los previstos por el artículo 19º o de la Segunda Disposición Transitoriadel Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes del Estado, debiendo la parte considerativa delinstrumento que aprueba la exoneración, sustentarseen el informe técnico - legal que deberán emitir las áreas técnicas y de asesoría jurídica de la entidad, la que deberá contener la justificación técnica y legal dela adquisición o contratación y la necesidad de la exo-neración y contemplará criterios de economía, talescomo costos y oportunidad; Que el inciso 6.5 del numeral 6. de la Directiva seña- lada en el considerando precedente, establece que la parte resolutiva del instrumento que aprueba la exone-ración del proceso de selección, deberá precisar el tipoy la descripción básica de los bienes, servicios u obrasmateria de la exoneración, el valor referencial, la fuentede financiamiento, la cantidad o el tiempo que se requie- re adquirir o contratar mediante exoneración, así como determinar la dependencia u órgano encargado de rea-lizar la adquisición o contratación exonerada; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dis-pone que las exoneraciones previstas en el artículo 19º de la norma en mención se aprobarán mediante Resolu- ción del Titular del Pliego de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 111º, 113º, 114º, 115º y 116º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el artí-culo 16º y el numeral 15) del artículo 17º del Reglamentode Organización y Funciones de PROMPEX, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Comisión para la Promoción deExportaciones - PROMPEX, para el ejercicio presupues- tal 2004, aprobado por Resolución de Dirección Ejecuti- va Nº 004-2004-PROMPEX/DE, el proceso de selecciónen la modalidad de Adjudicación Directa Selectiva, parala contratación de alquiler de espacio para la participa-