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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (29/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 91

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G35/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de diciembre de 2004 RESOLUCIÓN N° 1079-2004-RASS Santiago de Surco, 27 de diciembre de 2004 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO : El informe N° 581-2004-GBSDH-GCSL/MSS de la Gerencia de Bienestar Social y DesarrolloHumano proponiendo las tarifas para el uso de losasdeportivas de los Sectores Tres, Cinco y Siete de San-tiago de Surco a regir durante el año 2005; CONSIDERANDO:Que mediante la Ordenanza Nº 145-MSS, publicada el 2 de julio del 2003, en el Artículo 21º se señala: las tarifasde instalaciones deportivas públicas serán propuestaspor la Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humanoa través de la Sub Gerencia de Desarrollo Humano yaprobadas por Resolución de Alcaldía; y en el Artículo 22ºexpresa: las tarifas ya establecidas tendrán una vigenciaanual y podrán ser renovadas previo informe sustentato-rio de la Subgerencia de Desarrollo Humano. Que la Subgerencia de Desarrollo Humano ha emiti- do el Informe N° 732 -2004-SGDH-GBSDH/MSS de fe-cha 6 de diciembre del 2004, sustentando las tarifas aregir para el período del año 2005, considerando unaclase; Losas que cuentan con baños y/o camerinos, de mayor tarifa de alquiler, por los gastos de mantenimien-to, costo de agua y luz eléctrica. Estando en la facultad resolutiva establecida en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, Artículo 20,Numeral 6 y con los Vistos Buenos de la Subgerencia deDesarrollo Humano, Gerencia de Bienestar Social y De-sarrollo Humano , Gerencia Central de Servicios Loca-les y la Oficina de Asesoría Jurídica; RESUELVEArtículo Primero.- Aprobar las tarifas para el uso de losas de los Sectores Tres, Cinco y Siete de Santiagode Surco. Beneficiarios Unidad de medida Costo S/. Niños Hasta 14 años GratuitoJóvenes y escolares:15 a17 años Por hora: 5.00Vecinos: Por hora de día 15.00 Vecinos: Por hora de noche 20.00 Otros usuarios: Por hora de día 20.00 Otros usuarios: Por hora de noche 25.00 Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Bienestar Socialy Desarrollo Humano a través de Subgerencia de Desa-rrollo Humano. Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina de Secre- taría General efectúe la publicación de la presente Re-solución. Regístrese, Comuníquese y CúmplaseCARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 23627 RESOLUCIÓN Nº 1080-2004-RASS Santiago de Surco, 27 de diciembre de 2004EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOVISTO: El Informe Nº 583-2004-GBSDH-GCSL/MSS de la Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humanoproponiendo las tarifas para el uso de losas deportivasdel Sector Ocho de Santiago de Surco a regir durante elaño 2005;CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 145-MSS, publicada el 2 de julio del 2003, en el artículo 21º se señala: lastarifas de instalaciones deportivas públicas serán pro-puestas por la Gerencia de Bienestar Social y DesarrolloHumano a través de la Subgerencia de Desarrollo Huma-no y aprobadas por Resolución de Alcaldía; y en el artícu-lo 22º expresa: las tarifas ya establecidas tendrán unavigencia anual y podrán ser renovadas previo informesustentatorio de la Subgerencia de Desarrollo Humano; Que, la Subgerencia de Desarrollo Humano ha emiti- do el Informe Nº 733-2004-SGDH-GBSDH/MSS de fe-cha 6 de diciembre del 2004, sustentando las tarifas aregir para el período del año 2005, considerando unaclase; Losas que no cuentan con baños, camerinos y luz eléctrica, de menor tarifa de alquiler por la incomodidadque constituye para los usuarios; Estando en la facultad resolutiva establecida en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, artículo 20º,numeral 6 y con los Vistos Buenos de la Subgerencia deDesarrollo Humano, Gerencia de Bienestar Social yDesarrollo Humano, Gerencia Central de Servicios Lo-cales y la Oficina de Asesoría Jurídica; RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar las tarifas para el uso de losas del Sector Ocho de Santiago de Surco. 1. Para losas que no cuentan con baños, camerinos y luz eléctrica: Beneficiarios Unidad de medida Costo S/. Niños Hasta 14 años GratuitoJóvenes y escolares:15 a17 años Por hora: 5.00Vecinos: Por hora de día 15.00 Otros usuarios: Por hora de día 20.00 Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Bienestar Social yDesarrollo Humano a través de Subgerencia de Desa-rrollo Humano. Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina de Secre- taría General efectúe la publicación de la presente Re-solución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 23628 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6E/G75/G65/G76/G6F/G73/G20/G63/G6F/G73/G74/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73 /G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G6F/G62/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G52/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G43/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G64/G65/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G43/G72/G65/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G64/G75/G63/G2D /G74/G6F/G72/G20/G65/G73/G74/G69/G70/G75/G6C/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G55/G50/G41/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G2D /G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 032-2004/MVMT EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 125 de fecha 21.NO- VIEMBRE.2003, se regula el Servicio de Transporte