TEXTO PAGINA: 83
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G35/G37/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de diciembre de 2004 adicional con ocasión del programa de actualización catastral del distrito de Pueblo Libre. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de la presente reso-lución. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 23593 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F /G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G63/G6F/G6E/G2D /G76/G6F/G63/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65 /G63/G6F/G6E/G63/G72/G65/G74/G6F/G20/G70/G72/G65/G6D/G65/G7A/G63/G6C/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G6F/G20/G61/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6A/G6F/G48/G61/G62/G69/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4C/G69/G6D/G61/G74/G61/G6D/G62/G6F RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 470-2004-MSB-A San Borja, 20 de diciembre de 2004EL ALCALDEVISTO: el Informe Nº 124-2004-MSB-GAF, presenta- do por el Gerente de Administración y Finanzas de laMunicipalidad de San Borja, que informa haberse detec-tado un Vicio de Nulidad dentro del procedimiento de laAdjudicación de Menor Cuantía Nº 2114-2004-MSB-CEP,convocada para el Suministro de Concreto Premezcla-do para la obra a ejecutarse por administración presu-puestaria directa “Pistas y Veredas: Rehabilitación deComplejo Habitacional Limatambo”; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 457-2004- MSB-A, se designó al Comité Especial Permanente paralos procesos de Adjudicaciones Directas y Adjudicacio-nes de Menor Cuantía de Bienes, Suministros y Servi-cios; Que, el respectivo Comité Especial Permanente con- vocó a la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 2114-2004-MSB-CEP de acuerdo al requerimiento recepcionado; Que, de acuerdo al calendario del proceso de selec- ción se fijó como fecha de Otorgamiento de Buena Pro,el día 17 de diciembre de 2004. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su-premo Nº 013-2001-PCM y modificatorias, concordadocon los últimos párrafos de los artículos 85º, 93º y 100ºde la mencionada norma, las Entidades del Estado de-ben notificar al PROMPYME la convocatoria de las Adju-dicaciones Directas Selectivas, así como las corres-pondientes a las Adjudicaciones de Menor Cuantía igua-les o superiores a cuatro (4) Unidades Impositivas Tri-butarias (UITs) para el caso de Bienes y Servicios; Que, al respecto se debe precisar que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de la Pequeña y MicroEmpresa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 030-2000-ITINCI dispone que dicha comunicación debe iracompañada de una copia de las Bases; Que, en este sentido el incumplimiento de dicha noti- ficación o su cumplimiento tardío o extemporáneo gene-ra la nulidad del proceso de selección respectivo; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado la Ley Nº 26850- Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (D.S.Nº 013-2001-PCM), la Máxima Autoridad Administrativade la Entidad, esto es la Gerencia Municipal, puede de-clarar la NULIDAD de oficio del proceso de selección por cualquiera de las causales establecidas en el Art.57º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, hastaantes de la celebración del contrato; Que, el Art. 57º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, establece entre otros que se declaran nulos losactos administrativos expedidos, cuando prescindan delas normas esenciales del procedimiento; Que, en el presente caso se ha configurado el su- puesto contenido de la norma en mención, por lo queresulta procedente la Declaración de la Nulidad parcialde la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 2114-2004-MSB-CEP debiendo retrotraerse la misma, hasta el momentode la convocatoria del proceso de selección; Que, en concordancia con la Ley Orgánica de Muni- cipalidades y de conformidad con el Texto Único Orde-nado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, (aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM) y su Reglamento (aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM); RESUELVE:Primero.- Declárese la NULIDAD DE PARTE del pro- ceso Adjudicación de Menor Cuantía Nº 2114-2004-MSB-CEP, para el Suministro de Concreto Premezclado parala obra a ejecutarse por administración presupuestariadirecta “Pistas y Veredas: Rehabilitación de ComplejoHabitacional Limatambo”. Segundo.- Retrotraer el proceso, hasta la Etapa de Convocatoria, debiendo contener todas las característi-cas y condiciones a que se hace referencia el TextoÚnico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Tercero.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral, en el Diario Oficial El Peruano, deacuerdo a lo dispuesto por el Art. 26º del Reglamento delTexto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado (aprobadopor D.S. Nº 013-2001-PCM), en un plazo máximo decinco (5) días hábiles de emitida. Cuarto.- Encargar al Comité Especial Permanente designado, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 23463 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G73/G20/G79 /G47/G61/G73/G74/G6F/G73/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F /G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 ACUERDO DE CONCEJO Nº 109-2004-CDSL San Luis, 14 de diciembre de 2004VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, EL PROYECTO DE PRESUPUESTO INSTITUCIONALDE APERTURA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2005 y elPlan Operativo Institucional (POI) de la MunicipalidadDistrital de San Luis; y, POR CUANTO: Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidadesson Órganos de Gobierno Local con autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia, en concordancia con el Artículo II del TítuloPreliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972.