Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2004 (01/01/2004)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 1 de enero de 2004

causales establecidas en el Art. 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato..."; concluyendo en el sentido que de los hechos expuestos, aparece que se ha prescindido de las normas esenciales del procedimiento contraviniendose la MORDAZA legal indicada (Ley Nº 27633 "Ley de Promocion Temporal del Desarrollo Productivo Nacional"; la cual establece que en los procesos de adquisiciones de bienes y para efecto del otorgamiento de la buena pro, se agregara un 20% adicional a la sumatoria de la calificacion tecnica y economica obtenida para las posturas de bienes y servicios elaborados o prestados dentro del territorio nacional"), efectuandose una incorrecta evaluacion de la propuesta tecnica del Postor referido, constituyendose una de las causales de nulidad previstas en el Art. 57º del TUO, resultando procedente declarar la nulidad del MORDAZA respecto del Item 9, retrotrayendose hasta la etapa de evaluacion del mismo, debiendo expedirse Resolucion Directoral en tal sentido; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica, en lo que compete a su respectiva area funcional; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 57º del T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, asi como el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, en uso de las facultades y atribuciones conferidas en la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 449-2003-GR-LL/PRE; SE RESUELVE: Primero.- Declarar la NULIDAD DE OFICIO del otorgamiento de Buena Pro recaido en el Item 9 "Equipo de Proteccion y Maniobra", de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0018-2003-GR-LL-PRE/PECH-01 "Adquisicion de Materiales Electricos para Mantenimiento Correctivo de Red Primaria que alimenta al Pueblo de Chao y Planta Camposol y Mantenimiento de Alumbrado Publico del Area de Concesion del PECH", y que fuera otorgado a favor del Postor Ingenieria y Servicios MORDAZA por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Directoral; debiendo retrotraerse a la etapa de evaluacion del referido Item 9 "Equipo de Proteccion y Maniobra", de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0018-2003-GR-LL-PRE/ PECH-01 "Adquisicion de Materiales Electricos para Mantenimiento Correctivo de Red Primaria que alimenta al Pueblo de Chao y Planta Camposol y Mantenimiento de Alumbrado Publico del Area de Concesion del PECH". Segundo.- Disponer que el Comite Especial Permanente para la Adquisicion de Bienes y Servicios, efectue la evaluacion correspondiente respecto del referido Item Nº 9 "Equipo de Proteccion y Maniobra". Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco dias siguientes a su expedicion. Cuarto.- Notifiquese a los interesados los extremos de la presente Resolucion Directoral para los fines de ley, y hagase de conocimiento del Gobierno Regional La Libertad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo (e) 24236

Que, segun documentos de Visto, el Director Tecnico de la Unidad Ejecutora Carretera MORDAZA Basadre, solicita la cancelacion del MORDAZA de seleccion de la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-03-GRU-PCFB-CEP; Que, mediante Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 2192003-GRU-UE:CFB/DE de fecha 11 de diciembre del 2003, se aprobaron las Bases Administrativas y Especificaciones Tecnicas para la REPARACION DE UN TRACTOR ORUGA KOMATSU para la Obra: LIMPIEZA Y REPOSICION DE BASES EN MORDAZA DE DERRUMBES Km. 205+000 al Km. 214+000 C.F.B., Adjudicacion Directa Publica Nº 001-03-GRU-PCFB-CEP; Que, observandose la Ley de Presupuesto del Ano Fiscal 2003 y la Ley de Contrataciones del Estado, dice que todo compromiso con fondos del Ejercicio Fiscal del 2003, debe realizar dentro del mismo ano fiscal en razon que se estuviera contraviniendo los dispositivos legales y el D.S. Nº 013, sugiriendo que se cancele el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2003-GRU-PCFB/CEP para la REPARACION DE TRACTOR ORUGA KOMATSU; Que, dichos fondos han sido destinados para la Reparacion de Maquinarias las cuales pertenecen a la fuente de Financiamiento Canon y Sobrecanon, que permitira considerarse como saldo del Balance para el ano 2004 a partir de enero del mismo ano, por consiguiente no esta sujeto a devolucion al fisco, por lo tanto se debera solicitar al area de planificacion la correspondiente reprogramacion para el mes de febrero del 2004; Que, conforme lo dispone el Art. 34º del D.S. Nº 0122001-PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en cualquier estado del MORDAZA, hasta MORDAZA del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propositos de emergencia declarados expresamente, bajo su exclusiva responsabilidad. En ese caso, la Entidad debera reintegrar el costo de las Bases a quienes las hayan adquirido; Por estas consideraciones, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 21º del D.S. Nº 013-2001-PCM que aprobo el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con la opinion favorable de Direccion Tecnica, Direccion de Planificacion y Presupuesto, Direccion de Administracion y estando en uso de las facultades conferidos mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0103-2003-P-GRU, de fecha 10 de febrero del 2003; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CANCELAR, por razones de fuerza mayor el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-03-GRU-PCFB-CEP, para la REPARACION DE UN TRACTOR ORUGA KOMATSU - Obra: Limpieza y Reposicion de Bases en MORDAZA de Derrumbes Km. 205+000 al Km. 214+000 de la C.F.B., cuyas Bases Administrativas y Especificaciones Tecnicas fueron aprobadas mediante Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 219-2003-GRU-PCFB/DE de fecha 11 de diciembre del 2003. Articulo Segundo.- COMUNICAR, al Comite Especial Permanente de la Unidad Ejecutora Carretera MORDAZA Basadre lo dispuesto en la presente Resolucion, dentro del dia siguiente de emitida, para lo cual se le notificara con el presente Acto Administrativo. Articulo Tercero.- DISPONER, que el Comite Especial Permanente de la Unidad Ejecutora Carretera MORDAZA Basadre comunique a los adquirientes de las Bases o a quienes hayan sido invitados, la decision adoptada, dentro del dia siguiente de recibida la notificacion de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- COORDINAR, con la Direccion de Planificacion y Presupuesto la correspondiente Reprogramacion para el mes de febrero del 2004, dichos fondos destinados para la Reparacion de Maquinarias pertenecen a la fuente de Financiamiento Canon y Sobrecanon, en la cual permitira considerarse como saldo del mes de enero del ano 2004, por consiguiente no esta sujeto a devolucion al fisco. Articulo Quinto.- ESTABLECER, que la presente Resolucion requiere de publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en un periodico local de mayor circulacion, por tratarse de un MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica. Articulo Septimo.- REINTEGRAR, el pago efectuado por los postores por haber adquirido las Bases en un plazo

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Cancelan MORDAZA de adjudicacion directa publica convocada para la reparacion de un tractor oruga
PROYECTO CARRETERA MORDAZA BASADRE RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 227-2003-GRU-PCFB/DE Pucallpa, 19 de diciembre del 2003 VISTO: El Oficio Nº 038/2003-GRU-P-PCFB-DT, de fecha 19 de diciembre del 2003, en la cual solicita la Cancelacion de la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-GRU-CFB-CEP;

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