Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2004 (01/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, jueves 1 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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Aceptan renuncia de fiscal provisional de la .iscalia Superior Especializada en Delitos de Terrorismo
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 2167-2003-MP-FN MORDAZA, 30 de diciembre de 2003 VISTA: La solicitud de fecha 17 de diciembre del 2003, presentada por la doctora MORDAZA MORDAZA Malarin MORDAZA, en la que renuncia al cargo de Fiscal Superior Provisional de la Fiscalia Superior Especializada en Delitos de Terrorismo y al cargo de Fiscal Provincial Titular en lo Penal del Distrito Judicial de MORDAZA, por razones personales. CONSIDERANDO: Que, la Junta de Fiscales Supremos por Acuerdo Nº 371 de fecha 18 de diciembre del 2003, acepta la renuncia presentada por la citada Fiscal, debiendo comunicarse al Consejo Nacional de la Magistratura para la cancelacion del titulo de Fiscal Provincial Titular de Lima; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por la doctora MORDAZA MORDAZA Malarin MORDAZA, al cargo de Fiscal Superior Provisional de la Fiscalia Superior Especializada en Delitos de Terrorismo, materia de la Resolucion Nº 1953-2003-MP-FN, de fecha 4 de diciembre del 2003, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo Nacional de la Magistratura, para la cancelacion del Titulo expedido por Resolucion Nº 2801986-JUS, de fecha 22 de setiembre del 2003, que nombra a la doctora MORDAZA MORDAZA Malarin MORDAZA, como Fiscal Provincial Titular en lo Penal del Distrito Judicial de Lima. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 24361

PRE, publicada el 3 de octubre de 2002 en el Diario Oficial El Peruano; La propuesta de modificatorias al Reglamento del Sistema Nacional de Conciliacion y Arbitraje presentada por la Gerencia de Conciliacion y Arbitraje del CONSUCODE; La Tabla de Aranceles del Sistema Nacional de Conciliacion y Arbitraje del CONSUCODE (SNCA-CONSUCODE) aprobada mediante Resolucion Nº 319-2002-CONSUCODE/PRE, publicada el 6 de diciembre de 2002 en el Diario Oficial El Peruano; CONSIDERANDO: Que, el articulo 53º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que las controversias que surjan sobre la ejecucion o interpretacion de los contratos celebrados con arreglo a dicha MORDAZA se resolveran obligatoriamente mediante los procedimientos de conciliacion y arbitraje; Que, el articulo 7º incisos 21) y 22) del Reglamento de Organizacion y Funciones del CONSUCODE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM, senala que es atribucion de la Presidencia del CONSUCODE aprobar los reglamentos internos de los organos del CONSUCODE y expedir los actos administrativos que le corresponda; Que, resulta necesario aprobar las modificaciones del Reglamento del Sistema Nacional de Conciliacion y Arbitraje del CONSUCODE (SNCA-CONSUCODE), a efectos de perfeccionar dicho texto y garantizar asi la calidad de los servicios a prestarse a los usuarios que asi lo requieran; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Conciliacion y Arbitraje y contando con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asesoria Juridica; De conformidad a lo dispuesto por el articulo 4º inciso 7) y articulo 7º inciso 22) del Reglamento de Organizacion y Funciones del CONSUCODE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las modificaciones al Reglamento del Sistema Nacional de Conciliacion y Arbitraje del CONSUCODE (SNCA-CONSUCODE), que en texto adjunto forman parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dentro del plazo de quince (15) dias calendario de publicada la presente Resolucion, el CONSUCODE aprobara el Texto Unico Ordenado del Reglamento del Sistema Nacional de Conciliacion y Arbitraje del CONSUCODE (SNCA-CONSUCODE). Articulo 3º.- Derogar los aranceles previstos en el Apendice I de la Tabla de Aranceles del Sistema Nacional de Conciliacion y Arbitraje del CONSUCODE (SNCA-CONSUCODE) aprobada mediante Resolucion Nº 319-2002CONSUCODE/PRE, en lo relativo a los servicios de designacion residual de arbitros y a la formulacion de recusacion de arbitro. Articulo 4º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese y publiquese.

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Aprueban modificaciones al Reglamento del Sistema Nacional de Conciliacion y Arbitraje del Consucode
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 356-2003-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 9 de diciembre de 2003 VISTO: El Reglamento del Sistema Nacional de Conciliacion y Arbitraje del CONSUCODE (SNCA-CONSUCODE) aprobado mediante Resolucion Nº 242-2002-CONSUCODE/

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Modificaciones al Reglamento del Sistema Nacional de Conciliacion y Arbitraje de CONSUCODE 1. Modifiquese el primer parrafo del Articulo 7º: El Colegio de Arbitraje Administrativo del SNCACONSUCODE es un organo MORDAZA, compuesto por un vocal Presidente y dos vocales titulares designados por la Presidencia de CONSUCODE, por un periodo de dos (2) anos. En los casos en que sea necesario, la Presidencia del CONSUCODE podra nombrar a dos vocales suplentes. El cargo de vocal no es reelegible de manera consecutiva y podra ser retribuido economicamente.

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