Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2004 (01/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 1 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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MINISTERIO PUBLICO
Declaran en MORDAZA de reorganizacion a diversas areas del Ministerio Publico
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 2163-2003-MP-FN MORDAZA, 30 de diciembre de 2003 VISTOS: El Informe Nº 008-2003-/DESO, del Director Ejecutivo de Salud Ocupacional de la Direccion General de Salud Ambiental "DIGESA" del Ministerio de Salud, Oficios Nºs. 895 y 900-2003-MP-FN-IML/J de la Jefatura del Instituto de Medicina Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el informe de vistos, el Director Ejecutivo de Salud Ocupacional de la Direccion General de Salud Ocupacional de la Direccion General de Salud Ambiental "DIGESA", de Bioseguridad o de manejo de sustancias peligrosas; recomendo la adopcion de una serie de medidas administrativas que deben implementarse en torno a la operatividad de la Morgue Central de Lima; Que, asimismo, mediante los Oficios de vistos, el Jefe del Instituto de Medicina Legal senala que deben adoptarse medidas inmediatas especificamente en las siguientes areas: Division de Examenes de Tanatologia Forense (DETAF), Division de Laboratorio (DELAB) de la Sede Regional de MORDAZA Centro y Laboratorio Biomolecular y de Genetica (ADN) para coadyuvar con su pleno funcionamiento; instalacion de equipos e implementar el Plan de Modernizacion del Ministerio Publico: 2004-2005; Que, en ejecucion de las recomendaciones tanto de la Direccion General de Salud Ambiental "DIGESA" del Ministerio de Salud, asi como del Jefe del Instituto de Medicina Legal, y en concordancia con lo dispuesto en la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1309-2001-2-0275, es necesario designar a la Comision que se encargara de conducir el mencionado MORDAZA elaborando informes parciales para implementar oportunamente acciones correctivas y un Informe Final con las conclusiones y recomendaciones del caso, en un plazo perentorio de 90 dias; Contando con los vistos de la Oficina de Asesoria Juridica, Gerencia General y, de conformidad con las atribuciones conferidas por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR a partir de la fecha en MORDAZA de reorganizacion las siguientes areas: Morgue Central de MORDAZA del Instituto de Medicina Legal, Division de Examenes de Tanatologia Forense (DETAF), Division de Laboratorio (DELAB) de la Sede Regional de MORDAZA Centro y Laboratorio Biomolecular y de Genetica (ADN). Articulo Segundo.- DESIGNAR la Comision encargada de conducir el MORDAZA de reorganizacion a que se refiere el articulo primero, la misma que estara integrada por las siguientes personas:
Jefe del Instituto de Medicina Legal, quien la presidira. Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Central de Recursos Economicos. CPC MORDAZA MORDAZA Cutti Gerente Central de Logistica. Econ. Freddy MORDAZA MORDAZA Gerente de Planificacion, Racionalizacion y Estadistica. Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Infraestructura. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente de Administracion del IML. Dr. MORDAZA Briceno MORDAZA Gerente de la Division de Examenes de Tanatologia Forense. Dra. MORDAZA Maguina MORDAZA Medico Legista de la Division de Examenes de Tanatologia Forense. Dra. MORDAZA Lizarraga de Olarte Gerente del Laboratorio Biomolecular y Genetica. Un representante del Organo de Control Institucional como veedor. Dr. MORDAZA MORDAZA Bromley MORDAZA

que debera contener las conclusiones y recomendaciones que el caso encomendado amerite. Articulo Cuarto.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al Instituto de Medicina Legal, Oficina de Asesoria Juridica, Gerencia General y a todas las dependencias del Ministerio Publico involucradas en el MORDAZA de reorganizacion declarado, quienes deberan brindar el apoyo necesario a la Comision designada. para coadyuvar el logro de sus objetivos en el plazo senalado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 24343

Declaran fundada en parte denuncia interpuesta por la Municipalidad Provincial de Casma contra diversos ex vocales de la Corte Superior del MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 2165-2003-MP-FN MORDAZA, 30 de diciembre de 2003. VISTO: El Oficio Nº 853-2003-MP-F.SUPR.C.I.CA, de fecha 02.10.03, cursado por la Fiscalia Suprema de Control Interno, que eleva el Exp. Nº 0554-2000-Santa, que contiene la denuncia interpuesta por la Municipalidad Provincial de Casma contra los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Niczon Holando MORDAZA MORDAZA, ex Vocales de la Corte Superior del MORDAZA, por el delito de Prevaricato, y contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Vocal Superior del MORDAZA, actual Vocal Superior Provisional de MORDAZA por el delito de Trafico de Influencias, en la que ha recaido el Informe Nº 087-2003MP-F-SUPR.C.I, con opinion favorable de declarar fundada la denuncia. CONSIDERANDO: Que, los supuestos de hecho atribuidos a los magistrados denunciados se derivan del MORDAZA Nº 641-200, seguido por la Empresa Frio Casma S.R.Ltda., representado por su Gerente Wilmer E. MORDAZA MORDAZA, hermano de la denunciada Vocal, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a su vez accionista de la citada empresa, sobre accion de MORDAZA contra la Municipalidad Provincial de Casma, MORDAZA en el cual los denunciados MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA al recibir en grado la resolucion Nº 1 expedido por el Juez de Primera Instancia, expidieron dos resoluciones contradictorias, la primera confirmando la recurrida bajo la resolucion Nº 04 y la MORDAZA declarando Nula la Resolucion Nº 04 y a la vez Nula la Resolucion Nº 01 que declaraba improcedente la demanda, transgrediendo de esta manera el articulo 123º del C.P.C. De otro lado, a la Vocal Superior MORDAZA MORDAZA MORDAZA, propietaria de la empresa demandante se le atribuye haber ejercido presion e influencias directas y simuladas para que los vocales denunciados cambien de opinion y se desdigan de su resolucion primigenia, inclusive presionando al Juez de origen a traves de los medios de prensa de su entera confianza Diario Chimbote, hasta apartarlo del caso y llevar el MORDAZA al juzgado del MORDAZA, logrando consumar la pretension inicial de su empresa demandante. Ademas, sin haber renunciado su calidad de accionista y a sabiendas, que como Vocal Superior tenia prohibicion expresa establecida en el articulo 196º inciso 3) de la Ley Organica del Poder Judicial y las incompatibilidades por razon de su cargo, establecidas en el articulo 146º de la Constitucion del Estado, viene cometiendo estas irregularidades, donde tiene interes directo y que deber ser investigado a profundidad; Que, del estudio, analisis de los hechos, evaluacion de descargo y demas recaudos, se infiere que la conducta de los magistrados MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, reune los elementos indiciarios objetivos y subjetivos suficientes, para ser subsumidos en el ilicito penal previsto y penado en el articulo 418º del C.P.; por cuanto, el Colegiado denun-

Articulo Tercero.- La comision designada debera elevar al Despacho de la Fiscalia de la Nacion informes preliminares sobre acciones inmediatas y un Informe Final, en un plazo de 90 dias calendario a partir de su instalacion,

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