Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2004 (01/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 1 de enero de 2004

Visto el Oficio Nº 2578-2003-OGPE/MINSA, cursado por el Director General de la Oficina General de Planeamiento Estrategico; De conformidad con lo previsto en el articulo 3º de la Ley Nº 27594 y el articulo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar en la Oficina General de Planeamiento Estrategico del Ministerio de Salud, a las siguientes personas:
Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BANOS Unidad Organica Oficina Ejecutiva de Presupuesto Oficina Ejecutiva de Organizacion Oficina Ejecutiva de Planeamiento y Gestion Institucional Cargo Experto en Sistema Administrativo I Experto en Sistema Administrativo I Experto en Sistema Administrativo I Nivel F-3 F-3 F-3

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 24348

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del ministerio para el ejercicio fiscal 2003
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1089-2003-MTC/03 MORDAZA, 29 de diciembre de 2003 VISTOS: El Memorandum Nº 1480-2003-MTC/10 de la Directora General de la Oficina General de Administracion, Informe Tecnico Nº 135-2003-MTC/10.02 del Director de Abastecimiento, el Memorandum Nº 3022003-MTC/10.01 y el Informe Legal Nº 1786-2003-MTC/ 08 de la Oficina General de Asesoria Juridica relacionados con la solicitud de contratacion del Dr. MORDAZA MORDAZA Bramont-Arias MORDAZA para que brinde asesoria legal en la defensa de los funcionarios comprendidos en la Resolucion Ministerial Nº 1069-2003-MTC/03, al MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 0182002-PCM; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, se establecen las disposiciones para la defensa judicial de funcionarios y servidores de entidades, instituciones y organismos del Poder Ejecutivo en procesos que se inicien en su contra, por cuanto debido a la naturaleza de sus funciones y la jerarquia de sus cargos, los funcionarios y servidores publicos de MORDAZA nivel realizan actos, toman decisiones u omiten acciones en el ejercicio regular de sus funciones, por las cuales podrian verse inmersos en procesos judiciales; Que, el articulo 1º de la citada MORDAZA establece que las entidades, instituciones u organismos del Poder Ejecutivo podran contratar los servicios especializados en asesoria legal, en el caso que sus funcionarios o servidores MORDAZA demandados administrativa, civil o penalmente por actos, omisiones o decisiones adoptadas en el ejercicio regular de sus funciones; Que, con fecha 15 de octubre de 2003, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA presenta a la Fiscalia Provincial de turno denuncia penal contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionarios de este Ministerio, por la presunta comision de los delitos de Abuso de Autoridad y Falsedad Generica, previstos en los articulos 376º y 438º del Codigo Penal;

Que, de acuerdo al referido Informe Tecnico al MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, los citados funcionarios han solicitado al Titular de este Ministerio, proteccion legal mediante la contratacion de asesoria legal especializada frente a los procesos administrativos, penales o judiciales en que pudieran ser comprendidos en cumplimiento de sus funciones, adjuntando MORDAZA de la denuncia penal presentada por la senora MORDAZA MORDAZA Bernuy; Que, con Resolucion Ministerial Nº 1069-2003-MTC/ 03, se concede a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionarios de este Ministerio, el beneficio dispuesto en el Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM; Que, conforme a los terminos del Informe Tecnico Nº 135-2003-MTC/10.02, el profesional que asuma la defensa de los funcionarios denunciados debera evaluar si los actos imputados constituyen la realizacion de "actos arbitrarios", tal y como lo exige la ley para la configuracion del delito de abuso de autoridad y si ademas en caso de serlo, originaron "perjuicio a los administrados", que constituye otro requisito del citado delito; Que, asimismo, ante la imputacion del delito contra la fe publica - falsedad generica, supone definir el contenido del MORDAZA penal de falsedad generica y su distincion con la falsedad documental, asi como la exigencia de perjuicio que requiere; Que, por otro lado, la denuncia formulada habria sido presentada para generar una aparente causal de inhibicion basada en el comportamiento propio del administrado bajo investigacion, toda vez que conforme a MORDAZA, la Administracion habria dispensado un trato diferenciado a dos reclamos presentados por dos partes en controversia, advirtiendose por tanto la complejidad del caso, toda vez que no solo deben deslindarse responsabilidades respecto de los actos imputados, sino que a la denuncia se podrian anadir elementos adicionales que suponen que se plantearan argumentos de matices diversos; Q u e, d e a c u e r d o a l I n fo r m e Te c n i c o, s e h a determinado que la prestacion del servicio para la defensa de los funcionarios denunciados requiere ser efectuado por un profesional de reconocido prestigio, altamente especializado en derecho penal, con amplio conocimiento de derecho procesal y procesal penal, obtenido a traves del desarrollo de actividades academicas y estudios de especializacion a nivel de maestria y doctorado, que le permita contar con autoridad y condiciones academicas para realizar un analisis exhaustivo de la denuncia planteada y sus posibles implicancias y que asimismo, resulta indispensable que conozca el funcionamiento de la Administracion Publica y que MORDAZA asumido exitosamente la defensa de funcionarios publicos, con un alto grado de efectividad en sus casos, asi como que MORDAZA realizado asesorias o defensas en casos que involucren el delito de abuso de autoridad; Que, segun refiere el Informe Tecnico, las caracteristicas y requerimientos que determinan la complejidad del caso, son inherentes al Dr. MORDAZA MORDAZA Bramont MORDAZA MORDAZA, abogado graduado de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, quien se encuentra altamente especializado en materia penal y procesal penal, especializacion obtenida producto del desarrollo de actividades academicas y profesionales, tales como sus estudios de Magister en Derecho en la especialidad de Ciencias Penales y de Doctorado, asi como de la docencia del Derecho Penal y Procesal Penal, en su calidad de profesor universitario de Derecho Penal y Procesal Penal, con experiencia en la defensa de funcionarios publicos desde el ano 1994 a traves de la defensa de funcionarios del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y de la COPRI (hoy PROINVERSION), y con conocimiento del funcionamiento de la Administracion Publica, pues ejercio los cargos de Coordinador Ejecutivo Juridico y de Gerente Penal Tributario de la Intendencia Nacional Juridica de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT; Que, asimismo, de acuerdo con lo expresado en referido Informe Tecnico, el Dr. MORDAZA MORDAZA Bramont-Arias To-

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