Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2004 (07/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, miercoles 7 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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grama Vaso de Leche, ubicados en la jurisdiccion del distrito capital de Chiclayo, se requiere declarar en Situacion de Urgencia el abastecimiento del Programa Vaso de Leche, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el mismo que a la letra senala: Situacion de Urgencia.- "Se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, el numeral 2) del Art. 108º de Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, establece que la Situacion de Urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las contrataciones y adquisiciones respectivas; Con el MORDAZA aprobatorio de los senores Regidores y con la dispensa de la Lectura y Aprobacion del Acta. De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la Adquisicion de insumos para Programa del Vaso de Leche del Gobierno Provincial de Chiclayo, por el plazo que dure el MORDAZA de Seleccion correspondiente, con la finalidad de garantizar la continuidad de la prestacion de los servicios que brinda y hacer la adquisicion directa de este Programa, al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 21º del Decreto Supremo Nº 02-2001-PCM y por los motivos expuestos en los considerandos. Articulo Segundo.- DISPONER que el Comite Especial, la Direccion Municipal y demas organos del Gobierno Provincial de Chiclayo, realicen el tramite respectivo y den cumplimiento al presente acuerdo, conforme a ley. Articulo Tercero.- FACULTAR al senor MORDAZA del Gobierno Provincial de Chiclayo, adoptar las medidas correctivas tendientes a superar todos los actos administrativos en que incurrio la Administracion hasta MORDAZA de la declaracion de Nulidad de Oficio. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General realizar la publicacion en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de Ley y cumplir con hacer de conocimiento a la Contraloria General de la Republica y a CONSUCODE el contenido de este acuerdo. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00112

Que, la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en su articulo 41º prescribe que los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional que expresa la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, mediante Informe Nº 936-2003-SL/GPCH, de fecha 12 de diciembre del 2003, el Subgerente de Logistica informa que debe realizarse la subsanacion de la documentacion que segun normatividad se ha infr ingido, segun Oficio Nº 364-2003(GTN/MON) CONSUCODE, del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que el numeral 6.5 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, y publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 7 de MORDAZA del 2001, dispone que la parte resolutiva del instrumento de exoneracion debe precisar, entre otros extremos, el MORDAZA y la descripcion basica de los bienes materia de exoneracion, el valor referencial, asi como la fuente de financiamiento del objeto de exoneracion, aspectos que han sido omitidos en el Acuerdo Municipal Nº 116-2003GPCH, de fecha 4 de MORDAZA del 2003, por lo que es necesario subsanar las omisiones MORDAZA descritas, a fin de llevar a cabo el MORDAZA de Licitacion del Programa Vaso de Leche del Gobierno Provincial de Chiclayo; Estando a lo expuesto, con la visacion correspondiente, en uso de las competencias otorgadas por la Ley Nº 27972; y lo aprobado en Sesion Extraordinaria de Concejo, de fecha 16 de diciembre del 2003; SE ACUERDA: Articulo Primero.- MODIFICAR el articulo primero del Acuerdo Municipal Nº 116-2003-GPCH, en los terminos siguientes: DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la Adquisicion de Leche cruda entera de vaca para el Programa del Vaso de Leche del Gobierno Provincial de Chiclayo, en la cantidad de 5,787 (CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTISIETE) litros diarios, con un valor referencial de S/. 6,812.40 (Seis mil ochocientos doce con 40/100 Nuevos Soles) diarios, cuya fuente de financiamiento es por donaciones y transferencias del Gobierno Central, para satisfacer la demanda de los Comites del Programa de Vaso de Leche existentes en la jurisdiccion de Chiclayo, por el plazo que dure el MORDAZA de Seleccion correspondiente, con la finalidad de garantizar la continuidad de la prestacion de los servicios que se brinda y hacer la adquisicion directa de este programa, al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 21º del Decreto Supremo Nº 12-2001-PCM. Articulo Segundo.- DEJAR subsistente los demas terminos del Acuerdo Municipal Nº 116-2003-GPCH, de fecha 4 de MORDAZA del 2003. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General del Gobierno Provincial de Chiclayo, realizar la publicacion en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley y cumplir con hacer de conocimiento a la Contraloria General de la Republica y a CONSUCODE el contenido del presente Acuerdo. Dada en Palacio Municipal, a los 22.diciembre.2003. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Gobierno Provincial de Chiclayo 00113

Modifican acuerdo mediante el cual se declaro en situacion de urgencia la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO MUNICIPAL Nº 205-A-GPCH-2003
VISTOS: El Informe Nº 936-2003-SL/GPCH, de fecha 12 de diciembre del 2003, Oficio Nº 364-2003(GTN/MON) CONSUCODE, de fecha 28 de octubre del 2003, y el Acuerdo Municipal Nº 116-2003-GPCH, de fecha 4 de MORDAZA del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado de 1993, conforme lo senala la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Titulo IV de nuestra Carta Magna, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales, tienen autonomia politica, economica y administrativa;

Disponen la nulidad de oficio de MORDAZA de licitacion publica sobre adquisicion de leche fresca para el Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 757-2003-GPCH Chiclayo, 23 de junio de 2003 EL MORDAZA DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE CHICLAYO

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