Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2004 (07/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de enero de 2004

do precedente, resulta que existen items respecto a los cuales, por no existir 2 propuestas validas o no existir propuesta alguna, se ha declarado desierto su adquisicion, conforme a lo publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 18 de diciembre del 2003; Que, conforme a la normatividad sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, deberia procederse a convocar la MORDAZA convocatoria de los indicados procesos, la misma que por el monto de sus correspondientes valores referenciales, corresponden a Adjudicacion Directa Selectiva, en la cual se deben emplear por lo menos 11 dias habiles, de lo cual se colige que la buena pro, en el mejor de los casos, se estaria otorgando el dia 2 de enero del 2004; Que, del analisis de los Arts. 25º, 26º, 33º, 34º, 35º, 36º y 37º de la Ley Nº 27209, y los Arts. 1º, 2º, 3º, 4º, 6º, 28º, 29º,30º, 31º, 32º y 33º de la Directiva de Tesoreria para el ano fiscal 2003, se colige que al no tener proveedor ni valor monetario conocido, no se puede "comprometer" ni mucho menos "devengar", en el SIAF, los gastos que originaria la adquisicion de los bienes objeto de la MORDAZA convocatoria de los procesos que se indican expresamente en el tercer considerando de la presente Resolucion, lo cual implica que el presupuesto asignado para dichas adquisiciones sea devuelta al Tesoro Publico, imposibilitando cumplir con las obligaciones monetarias que se derivarian de un eventual otorgamiento de la buena pro en enero del 2004, con la consecuente gama de responsabilidades administrativas, civiles y/o penales; Que, el Art. 34º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el Art. 21º de su Reglamento, establecen que procede la cancelacion del MORDAZA de seleccion hasta MORDAZA del otorgamiento de la buena pro, entre otros, por razones de fuerza mayor o caso fortuito; Que, no habiendose otorgado aun la buena pro sobre los items declarados desiertos, asimismo, habiendo surgido los casos fortuitos o de fuerza mayor que se describe en los considerandos MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de la presente Resolucion, es necesario cancelar dichos procesos, respecto a los items por los que corresponden convocar a MORDAZA convocatoria; Que, habiendose ya realizado el acto de MORDAZA de propuestas y otorgamiento de la buena pro respecto a algunos items, en la cual, hubo reducida participaron de Postores en comparacion a la totalidad de adquirientes de las bases, debe disponerse la devolucion, en forma proporcional, solamente a los Postores que han participado presentado sus propuestas, mas no asi a quienes no han presentado ninguna propuesta, pues se colige que han desistido voluntariamente de participar en los respectivos procesos de seleccion; Que, estando a lo facultado por la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria y demas normas aplicadas al presente caso; SE RESUELVE: Articulo 1º.- CANCELAR la Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2003-UNSM, para la adquisicion de equipos de computos y electronicos, respecto a los items declarados desiertos y publicados en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 18 de diciembre del 2003. Articulo 2º.- CANCELAR la Adjudicacion Directa Publica Nº 0001-2003-UNSM, para la adquisicion de Material Bibliografico, respecto a los items declarados desiertos y publicados en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 18 de diciembre del 2003. Articulo 3º.- DISPONER se efectue la devolucion del 50% del valor de las bases, a pedido de los postores que hayan participado en el acto de MORDAZA de propuestas en los procesos de seleccion indicados en los articulos primero y MORDAZA de la presente Resolucion. Articulo 4º.- ENCARGUESE a la Oficina de Secretaria General, comunique en el plazo de ley, a los correspondientes Comites Especiales, la decision adoptada en la presente Resolucion, asi como efectue su publicacion por una sola vez, en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Local "Ahora", dentro del plazo MORDAZA de 5 dias haber sido emitida. Articulo 5º.- CUMPLAN los Comites Especiales respectivos, comunicar la presente Resolucion a los Postores que hayan participado en el acto de MORDAZA de propuestas en los procesos de seleccion indicados. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA QUINTEROS MORDAZA Rector UNSM-T 00081

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INABEC
Dan por concluida designacion de Jefe de la Oficina de Asesoramiento Institucional
RESOLUCION JEFATURAL Nº 201-JI-INABEC/2003 San MORDAZA, 29 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 180-JI-INABEC/ 2002 de fecha 29 de agosto de 2002, se designo a don MORDAZA MORDAZA Sullcahuaman, en el cargo de Director de Sistema Administrativo I, Jefe de la Oficina de Asesoramiento Institucional del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo - INABEC, cargo considerado de confianza; De conformidad con la Ley Nº 27594 - Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos, el Decreto Ley Nº 21547 - Ley Organica del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo - INABEC, su modificatoria Ley Nº 28075 y el Reglamento de Organizacion y Funciones del INABEC aprobado por Resolucion Jefatural Nº 041-JI-INABEC-2001; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida la designacion de don MORDAZA MORDAZA Sullcahuaman, en el cargo de Director de Sistema Administrativo I, Jefe de la Oficina de Asesoramiento Institucional del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo - INABEC, a partir de la fecha, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefa 00135

Designan Jefe de la Oficina de Asesoramiento Institucional
INSTITUTO NACIONAL DE BECAS Y CREDITO EDUCATIVO RESOLUCION JEFATURAL Nº 003-JI-INABEC/2004 San MORDAZA, 5 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Sistema Administrativo I, Jefe de la Oficina de Asesoramiento Institucional del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo - INABEC, cargo considerado de confianza; De conformidad con la Ley Nº 27594 - Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos, el Decreto Ley Nº 21547 - Ley Organica del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo - INABEC, su modificatoria Ley Nº 28075 y el Reglamento de Organizacion y Funciones del INABEC aprobado por Resolucion Jefatural Nº 041-JI-INABEC-2001; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al Ph.D don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vasallo, en el cargo de Director de Sistema Administrativo I, Jefe de la Oficina de Asesoramiento Institucional del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo - INABEC, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefa 00137

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