Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2004 (07/01/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

Pag. 259164
VISTO:

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

MORDAZA, miercoles 7 de enero de 2004

El Informe Nº 077-2003-GPCH/A.A, presentado por Asesoria de Alcaldia, Oficina de Asesoria Legal y Oficina General de Administracion, relacionado a la Licitacion Publica Nº 001-2003-GPCH "Adquisicion de Leche Fresca Cruda", MORDAZA por el cual Despacho de Alcaldia mediante Memorando Nº 292.2003-GPCH/A, dispuso establecer responsabilidades y medidas correctivas al haberse obser vado faltas de caracter administrativo, civil y/o penal; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado de 1993, modificada por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Estado, las Municipalidades Provinciales, Distritales y Delegadas son los Organos de Gobierno Local con autonomia Politica, Administrativa Economica en los asuntos de su competencia, concordante el mismo con el articulo II: Autonomia del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el Director de la Oficina de Administracion a cargo de esta Direccion desde el 3 de MORDAZA a la fecha, a fin proceder a autorizar los desembolsos correspondientes para cancelar a los proveedores del producto Leche Cruda Fresca, observo la inexistencia del contrato correspondiente, motivo por el cual se procedio a revisar todo lo actuado en el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 001-2003-GPCH, apreciando indicios de diversos hechos presuntamente irregulares que trastocaban las normas sobre adquisiciones y contrataciones del Estado, Sistema de Contabilidad, Tesoreria y Abastecimiento, situacion que fue puesta en conocimiento del Titular, quien dispuso las investigaciones del caso a traves del Memorando Nº 292-2003-GPCH/A; Que, con el Informe citado en el punto del exordio la Asesoria de Alcaldia, Director de Asesoria Legal y Director de Administracion alcanzaron las observaciones, conclusiones y recomendaciones emergentes del MORDAZA de seleccion en mencion; Que, dichos hechos demuestran que no se dio cumplimiento a lo dispuesto a los Decretos Supremos Nºs. 12 y 13-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento respectivamente, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, sobre publicacion de avisos referidos a procesos de seleccion, entre otras disposiciones legales; Que, dentro de este contexto y conforme lo senalado en la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, en el numeral 7 de la Nulidad de Oficio, en el cual se establece que la Nulidad de Oficio del MORDAZA de Seleccion solo puede ser declarada por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad segun corresponda, y por alguna de las causales establecidas en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, indicandose ademas en el inciso 7.2 del acotado numeral, que la Nulidad de Oficio solo puede ser declarada hasta MORDAZA de la suscripcion del contrato; Que, el referido articulo 57º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, senala lo siguiente: "El Tribunal en los casos que conozca declarara nulo los actos administrativos expedido por las entidades, cuando hayan sido dictadas por un organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la Resolucion que expida la etapa a la que retrotraera el proceso; Que, de lo enunciado en los considerandos anteriores se establece, proceder a declarar la Nulidad de Oficio del MORDAZA de Seleccion Nº 001-2003-GPCH, en todos sus extremos, debiendo el Comite Especial retrotraerse a la etapa de formulacion de las Bases; Estando a lo expuesto con la opinion favorable de los Organos Competentes del Gobierno Provincial de Chiclayo de acuerdo al Informe Nº 077-2003-GPCH/A.A, en cumplimiento a lo normado por los Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 20º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades.

Articulo 1º.- DISPONER la Nulidad de Oficio del MORDAZA de Licitacion Publica Nº 001-2003-GPCH, "Adquisicion de Leche Fresca Cruda para el Programa Vaso de Leche del Gobierno Provincial de Chiclayo" en todos sus extremos, debiendo retrotraerse dicho MORDAZA a la etapa de formulacion de Bases y Convocatoria, en merito a los motivos expuestos en la parte de los considerandos; asi como la correspondiente publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el diario "La Republica" de esta Resolucion, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley. Articulo 2º.- EXONERAR del pago de adquisicion de bases administrativas a los postores que participaron en dicho MORDAZA de licitacion. Articulo 3º.- REMITIR todo lo actuado a la Comision de Procesos Administrativos Especial para la evaluacion correspondiente. Articulo 4º.- ENCARGAR su cumplimiento al Comite Especial, Secretaria General y Comision de Procesos Administrativos permanentes en lo que le corresponde. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00111

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Plano Oficial de la MORDAZA de Huamachuco
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2003-MPSC
Huamachuco, 16 de junio del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 11 del presente mes y ano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 037-2003-MPSC-DST-Catastro, el responsable de la Oficina de Catastro de la Municipalidad Provincial, adjunta el Plano Oficial de la MORDAZA de Huamachuco, para su respectiva aprobacion, en tanto se concluya con el Plan Director que viene levantando CEDEPAS que determinara e involucrara mayores extensiones de area de expansion MORDAZA, dentro de nuestra ciudad; Que, en sesion ordinaria de Concejo, se aprecio que el plano en mencion identifica el area MORDAZA y de expansion MORDAZA, y determinandose la necesidad de contar con este documento oficial, por unanimidad se acordo su aprobacion, por lo que debe de emitirse la disposicion respectiva con tal objeto; En consecuencia estando a lo anterior y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLANO OFICIAL DE LA MORDAZA DE HUAMACHUCO Articulo 1º.- APROBAR EL PLANO OFICIAL DE LA MORDAZA DE HUAMACHUCO, ubicado entre las coordenadas 07° 48' 44" de latitud Sur y 78° 02' 51" de longitud Oeste, que comprende una superficie de 6.04 Km2 cuyo, ejemplar forma parte integrante de la presente como anexo. Articulo 2º.- ENCARGAR la comunicacion y difusion respectivas, a la Division de Servicios Tecnicos e Imagen Institucional de la Municipalidad Provincial.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.