Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2004 (07/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de enero de 2004

Articulo 2º.- El Presupuesto de Ingresos y el Presupuesto de Gastos se detallan en el Formato A-1 "Presupuesto de Ingresos" y en el Formato A-3: "Presupuesto de Gastos", que forman parte de la presente Resolucion. Articulo 3º .- Aprobar la Estructura Funcional Programatica del Presupuesto Institucional del Pliego : Municipalidad Distrital de San MORDAZA, correspondiente al Ano Fiscal 2004, por Funcion, Programa, Subprograma, Actividad y Proyecto. Registrese y comuniquese. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 00108

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Autorizan contratar empresa para prestar servicio de recuperacion de rentas, fiscalizacion tributaria y no tributaria y administrativa de principales contribuyentes
ACUERDO DE CONCEJO Nº 100-2003-AL/MDSMP
San MORDAZA de Porres, 26 de noviembre de 2003 Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de noviembre del 2003, el Informe Nº 1123-2003-OAJ/MDSMP, procedente de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre exoneracion de MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion de Servicio de Fiscalizacion Tributaria por parte de la Empresa COINCO S.A.C; CONSIDERANDO: Que, la Empresa Compania Inmobiliaria y Consultorio J.M & S.A.C. - COINCO, se encuentra inscrita en la Partida Nº 03018726 del Registro de Personas Juridicas de MORDAZA y en el CONSUCODE, la misma que formula propuesta de recuperacion de rentas, fiscalizacion tributaria, no tributaria y administrativa de principales contribuyentes, que desarrollan actividades financieras, industriales, comerciales y servicios como Bancos, Telefonia Celular, Tv. Por cable, Sedapal Edelnor, Edegel y empresas Constructoras por encargo de estas, para cuyo efecto solicita firmar un contrato de servicios personalisimos, y como contraprestacion la Municipalidad pagaria un 30% mas el IGV del total recuperado efectivo y los gastos operativos corren a cuenta de la Empresa, la Municipalidad no pagaria nada en la Fase Operativa, no MORDAZA adelantos, ni a cuenta del trabajo, se cobrara una vez ingresado el Cheque de gerencia a nombre de la Municipalidad; Que, Inc. h) del Art. 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM, senala que estan exonerados de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el reglamento; Que, el Art. 111º del D.S. Nº 013-2001-PCM refiere que: "De conformidad con el Inc. h) del Art. 19º de la Ley, se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesional, ciencia arte u oficio. La evaluacion de las caracteristicas o habilidades del locador debera ser objetiva y se efectuara en funcion de la naturaleza de las prestaciones a su cargo". Las pretensiones que deriven de los contratos celebrados al MORDAZA del presente articulo no seran materia de subcontratacion"; Que, el Art. 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, senala que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el Art. 19º de la Ley, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Todas las exoneraciones se apro-

baran mediante Acuerdo del Concejo Municipal, en caso de los Gobiernos Locales"; Las Resoluciones o Acuerdos senalados en los incisos precedentes requieren obligatoriamente de un informe tecnico legal previo y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano; MORDAZA de dichas Resoluciones o Acuerdos y el Informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Art. 105º del D.S. Nº 013-2001-PCM, refiere que: "De producirse los supuestos senalados en los Articulos 19º y 32º de la Ley, que determinan la necesidad de efectuar procesos de adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adjudicaciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo al facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa el Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda; Los contratos que se celebren como consecuencia de las exoneraciones senaladas en el parrafo anterior deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades y garantias y se regulan por el Titulo III del presente reglamento"; Que, mediante Informe de Vistos, el Gerente de Asesoria Juridica emite opinion legal, senalando que es factible que la Municipalidad adquiera la contratacion de Servicios personalisimos de recuperacion de rentas, fiscalizacion tributaria, no tributaria y administrativa de principales contribuyentes, mediante el MORDAZA de Exoneracion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, siempre y cuando se cumplan los requisitos del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia conforme lo dispone el Art. 2º del D.S. Nº 012-2002-PCM, concordante con los Arts. 105º, 116º y el Titulo III senala que las Empresas de servicios de Agua Potable y alcantarillado Generacion y suministro de energia electrica, requieren de una alta especializacion. Y el Consorcio conformado por la empresa COINCO SAC y la GRAN FAMILIA S.R.Ltda. de acuerdo a la documentacion presentada en el expediente de la propuesta, esta dedicada a realizar trabajos de fiscalizacion tributaria y administrativa, habiendo suscrito contratos con otras municipalidades. En cuanto a la viabilidad para la contratacion bajo la modalidad de servicios personalisimos, cabe manifestar que ello esta contemplado en el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM, por lo tanto requiere de la aprobacion del Concejo municipal; Estando a lo expuesto, el Concejo Municipal por Mayoria y con dispensa de la Lectura del Acta de la de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, concordante con la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la EXONERACION del MORDAZA de seleccion, para la adquisicion del servicio de Recuperacion de Rentas, Fiscalizacion Tributaria y no Tributaria y Administrativa de principales Contribuyentes. Articulo Segundo.- AUTORIZAR la contratacion de la Empresa Compania Inmobiliaria y Consultorio J.M &S.A.C. - COINCO, bajo la modalidad de servicios personalisimos, encargando a la Unidad de Logistica la implementacion del MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia que permita la respectiva contratacion. Articulo Tercero.- Apruebese en calidad de contraprestacion por los servicios personalisimos que brinde la empresa, el pago del 21% de los ingresos que recaude, mas el IGV. Articulo Cuarto.- Encargar a la oficina de Secretaria General, la notificacion del presente Acuerdo de Concejo a la Contraloria General de la Republica, asi como la publicacion del mismo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0035

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