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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2004 (07/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G31/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de enero de 2004 Artículo 2º.- El Presupuesto de Ingresos y el Presu- puesto de Gastos se detallan en el Formato A-1 “Presu-puesto de Ingresos” y en el Formato A-3: “Presupuesto deGastos”, que forman parte de la presente Resolución. Artículo 3º .- Aprobar la Estructura Funcional Progra- mática del Presupuesto Institucional del Pliego : Municipa-lidad Distrital de San Isidro, correspondiente al Año Fiscal2004, por Función, Programa, Subprograma, Actividad yProyecto. Regístrese y comuníquese. JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 00108 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G2D /G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G6E/G74/G61/G73/G2C/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G79/G20/G6E/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G79/G20 /G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G20 /G64/G65/G20 /G70/G72/G69/G6E/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 100-2003-AL/MDSMP San Martín de Porres, 26 de noviembre de 2003 Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de noviembre del 2003, el Informe Nº 1123-2003-OAJ/MDSMP,procedente de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobreexoneración de Proceso de Selección para la Adquisición de Servicio de Fiscalización Tributaria por parte de la Em- presa CÓINCO S.A.C; CONSIDERANDO:Que, la Empresa Compañía Inmobiliaria y Consultorio J.M & S.A.C. - CÓINCO, se encuentra inscrita en la Parti- da Nº 03018726 del Registro de Personas Jurídicas de Limay en el CONSUCODE, la misma que formula propuesta derecuperación de rentas, fiscalización tributaria, no tributa-ria y administrativa de principales contribuyentes, que de-sarrollan actividades financieras, industriales, comerciales y servicios como Bancos, Telefonía Celular, Tv. Por cable, Sedapal Edelnor, Edegel y empresas Constructoras porencargo de éstas, para cuyo efecto solicita firmar un con-trato de servicios personalísimos, y como contraprestaciónla Municipalidad pagaría un 30% más el IGV del total recu-perado efectivo y los gastos operativos corren a cuenta de la Empresa, la Municipalidad no pagaría nada en la Fase Operativa, no haya adelantos, ni a cuenta del trabajo, secobrara una vez ingresado el Cheque de gerencia a nom-bre de la Municipalidad; Que, Inc. h) del Art. 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM, señala que están exonerados de Licitación Pública, Con- curso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen paraservicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezcael reglamento; Que, el Art. 111º del D.S. Nº 013-2001-PCM refiere que: "De conformidad con el Inc. h) del Art. 19º de la Ley, se encuentran exonerados del respectivo proceso de selec- ción, los contratos de locación de servicios celebrados conpersonas naturales o jurídicas cuando para dicha contra-tación se haya tenido en cuenta y como requisito esenciala la persona del locador, ya sea por sus característicasinherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesional, ciencia arte u oficio. La evaluación de las características o habilidades del locador deberá serobjetiva y se efectuara en función de la naturaleza de lasprestaciones a su cargo". Las pretensiones que deriven delos contratos celebrados al amparo del presente artículono serán materia de subcontratación"; Que, el Art. 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, señala que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el Art.19º de la Ley, se realizaran mediante el proceso de Adjudi-cación de Menor Cuantía. Todas las exoneraciones se apro-baran mediante Acuerdo del Concejo Municipal, en caso de los Gobiernos Locales"; Las Resoluciones o Acuerdos señalados en los incisos precedentes requieren obligatoriamente de un informe téc- nico legal previo y serán publicados en el Diario Oficial El Peruano; copia de dichas Resoluciones o Acuerdos y elInforme que los sustenta deben remitirse a la ContraloríaGeneral de la República, bajo responsabilidad del Titulardel Pliego, dentro de los diez días calendario siguientes ala fecha de su aprobación; Que, el Art. 105º del D.S. Nº 013-2001-PCM, refiere que: "De producirse los supuestos señalados en los Artículos19º y 32º de la Ley, que determinan la necesidad de efec-tuar procesos de adjudicación de Menor Cuantía, la Enti-dad hará las adjudicaciones o contrataciones medianteacciones inmediatas sobre la base de la obtención, por cual- quier medio de comunicación incluyendo al facsímil y el correo electrónico, de una cotización que cumpla los requi-sitos establecidos en las Bases, con autorización expresael Titular del Pliego o de la máxima autoridad administrati-va de la Entidad, según corresponda; Los contratos que se celebren como consecuencia de las exoneraciones señaladas en el párrafo anterior debe- rán cumplir con los respectivos requisitos, condiciones,formalidades y garantías y se regulan por el Título III delpresente reglamento"; Que, mediante Informe de Vistos, el Gerente de Ase- soría Jurídica emite opinión legal, señalando que es factible que la Municipalidad adquiera la contratación de Servicios personalísimos de recuperación de ren-tas, fiscalización tributaria, no tributaria y administrati-va de principales contribuyentes, mediante el Procesode Exoneración de Licitación Pública, Concurso Publi-co o Adjudicación Directa, siempre y cuando se cum- plan los requisitos del proceso de Adjudicación de Me- nor Cuantía conforme lo dispone el Art. 2º del D.S. Nº012-2002-PCM, concordante con los Arts. 105º, 116º yel Título III señala que las Empresas de servicios deAgua Potable y alcantarillado Generación y suministrode energía eléctrica, requieren de una alta especiali- zación. Y el Consorcio conformado por la empresa COINCO SAC y la GRAN FAMILIA S.R.Ltda. de acuer-do a la documentación presentada en el expediente dela propuesta, esta dedicada a realizar trabajos de fis-calización tributaria y administrativa, habiendo suscri-to contratos con otras municipalidades. En cuanto a la viabilidad para la contratación bajo la modalidad de ser- vicios personalísimos, cabe manifestar que ello estacontemplado en el Reglamento de Contrataciones yAdquisiciones del Estado aprobados por los DecretosSupremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM, por lo tanto re-quiere de la aprobación del Concejo municipal; Estando a lo expuesto, el Concejo Municipal por Ma- yoría y con dispensa de la Lectura del Acta de la deconformidad con lo establecido en la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado y su Reglamento,concordante con la Ley Nº 27972 - Orgánica deMunicipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la EXONERACIÓN del pro- ceso de selección, para la adquisición del servicio de Recu-peración de Rentas, Fiscalización Tributaria y no Tributaria y Administrativa de principales Contribuyentes. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la contratación de la Empresa Compañía Inmobiliaria y Consultorio J.M &S.A.C.- CÓINCO, bajo la modalidad de servicios personalísimos,encargando a la Unidad de Logística la implementación delproceso de adjudicación directa de menor cuantía que per- mita la respectiva contratación. Artículo Tercero.- Apruébese en calidad de contra- prestación por los servicios personalísimos que brinde laempresa, el pago del 21% de los ingresos que recaude,más el IGV. Artículo Cuarto.- Encargar a la oficina de Secretaría General, la notificación del presente Acuerdo de Concejo a la Contraloría General de la República, así como la publi-cación del mismo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 0035