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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2004 (11/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G33/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 11 de enero de 2004 Almenara Sandoval, procedió a la inmatriculación de vehícu- los, sin realizar la calificación registral y evaluación integralcorrespondiente, dando origen a las Placas de Rodaje Nºs.RH-9357, RH-9360, RH9359 y OH-5774; que tal como sedesprende de los antecedentes registrales que se acompañan,Informe Nº 385-2003-Z.R.NºXII/OL e Informe Especial Nº001-2003/Z.R.NºXII-OAI, los datos que aparecen en la Declara-ción Única de Aduanas (DUA), no coinciden con los que apa-recen de la impresión del portal de Aduanas; por lo que seestaría tratando de documentos falsificados; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicita- do por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia,en su Oficio Nº 2038-2003-JUS-PPMJ, de fecha 29 de oc-tubre del 2003, y en virtud a los hechos que se desprendendel Informe Nº 416-2003-ZR Nº XII/OL, de fecha 14 de oc-tubre del 2003, y con el objeto de reunir las pruebas de larealización de los delitos y las circunstancias en que sehan realizado, corresponde recurrir a la vía judicial paraestablecer la distinta participación que hayan tenido el au-tor y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del DecretoLey Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensadel Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientescontra JORGE ALMENARA SANDOVAL y contra los queresulten responsables conforme a los fundamentos expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso a la Procuradora Pública men-cionada, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 00458 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 006-2004-JUS Lima, 8 de enero de 2004 Visto el Oficio Nº 1999-2003-JUS-PPMJ, de fecha 27 de octubre de 2003, de la Procuraduría Pública a cargo delos asuntos judiciales del Ministerio de Justicia, el RegistroNº 1412/OGAJ, y demás actuados; CONSIDERANDO:Que, mediante Oficio Nº 544-2003-SUNARP-Z.R.NºIX/ OL, de fecha 22 de agosto de 2003, la Jefatura de la Ofici-na Legal de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima, remite a laProcuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales delMinisterio de Justicia, los memorándums que fueran remi-tidos a su vez por la Gerencia de Bienes Muebles de lacitada Zona, relativo a los documentos que presuntamentecarecen de veracidad y autenticidad, y fueron presentadosa la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -SUNARP, Zona Registral Nº IX - Sede Lima; Que, en efecto, por Memorándum Nº 662-2003-SU- NARP-Z.R.NºIX-GBM, de fecha 10 de julio de 2003, laGerencia de Bienes Muebles informa de la solicitud de ins-cripción del Título Nº 93527, referido al vehículo con placade rodaje Nº IQ-2824, adjuntando el Informe Nº 077-2003-ORLC-GBM/RPV/AAM/hl del Registrador Público de laZona Registral Nº IX - Sede Lima, que indica, se ha adverti-do la presentación de un contrato de compra venta vehicu-lar con presunta falsificación de firma y sellos del NotarioPúblico de Lima, Dr. Aníbal Corvetto Romero; Que, mediante Memorándum Nº 602-2003-SUNARP- Z.R.NºIX-GBM, de fecha 25 de junio de 2003, la Gerenciade Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobre la solici-tud de inscripción del Título Nº 49491, referido al vehículocon placa de rodaje Nº WQ-4960, adjuntando el Informe Nº094-2003-GBM-RPV-IR7-PEM del Registrador Público dela Zona Registral Nº IX - Sede Lima, que indica, se ha ad-vertido la presentación de un contrato de transferencia depropiedad vehicular con presunta falsificación de firma y sello del Notario Público de Pucallpa, Dr. Leoncio Pérez Isla; Que, por Memorándum Nº 499-2003-SUNARP- Z.R.NºIX-GBM, de fecha 21 de mayo de 2003, la Gerenciade Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobre la so-licitud de inscripción del Título Nº 25061, referido al vehí-culo con placa de rodaje Nº SIA-899, adjuntando el Infor-me Nº 068-03-SUNARP-Z.R.NºIX/GBM-RPV.IR.07-dii delRegistrador Público de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima,que indica, se ha advertido la presentación de una decla-ración jurada con presunta falsificación de firmas legaliza-das por Notario falso; Que, mediante Memorándum Nº 430-2003-SUNARP- Z.R.NºIX-GBM, de fecha 5 de mayo de 2003, la Gerencia deBienes Muebles informa a la Oficina Legal sobre la solicitudde inscripción del Título Nº 40648, referido al vehículo conplaca de rodaje Nº CG-7482, adjuntando el Informe Nº 10-2002-3ra-TR-MRZ/GBM-RPV-IR3 del Registrador Público dela Zona Registral Nº IX - Sede Lima, a través del cual, remi-te el contrato privado con presunta firma legalizada falsifica-da donde constan como contratantes: Cecilia Monica Bris-solessi Colotta y Erasmo Abregu Córdova; Que, por Memorándum Nº 390-2003-SUNARP- Z.R.NºIX-GBM, de fecha 14 de abril de 2003, la Gerenciade Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobre la so-licitud de inscripción del Título Nº 35265, adjuntando el In-forme Nº 053-2003-ORLC-GBM/RPV/AAM/war del Regis-trador Público de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, queindica, se ha advertido la presentación de un contrato decompra privado de transferencia de propiedad de motor,relativa al vehículo con placa de rodaje Nº CI-6266, cuyossellos y firma del Notario Público de Lima, Dr. Aníbal Cor-vetto Romero, son presuntamente falsificados y el título ala fecha ha sido tachado por vencimiento del plazo; Que, mediante Memorándum Nº 320-2003-SUNARP- Z.R.NºIX-GBM, de fecha 21 de marzo de 2003, la Gerenciade Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobre la solici-tud de inscripción del Título Nº 200356, adjuntando el Memo-rándum Nº 040-03-ORLC-GBM/RPV-.S-1D del RegistradorPúblico de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, que adjuntael contrato de compra venta, e indica se ha procedido a ta-char el citado título, por presunta falsificación de firma delNotario Público de Lima Jorge Orihuela Iberico; Que, por Memorándum Nº 301-2003-SUNARP- Z.R.NºIX-GBM, de fecha 17 de marzo de 2003, la Geren-cia de Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobre lasolicitud de inscripción del Título Nº 2288, adjuntando elInforme Nº 006-2003-SUNARPZONAIX-GBM/RPV-IR3 delRegistrador Público de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima,que indica, se ha advertido la presentación de un contratoprivado de compra venta y transferencia de propiedad ve-hicular, con presunta falsificación de la firma y sellos delNotario Público de Lima, Dr, Aníbal Corvetto Romero; Que, por Memorándum Nº 299-2003-SUNARP- Z.R.NºIX-GBM, de fecha 17 de marzo de 2003, la Geren-cia de Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobre lasolicitud de inscripción del Título Nº 15104, adjuntando elInforme Nº 004-2003-SUNARPZONAIX-GBM/RPV-IR3 delRegistrador Público de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima,que indica, se ha advertido la presentación de un contratoprivado de compra venta y transferencia de propiedad ve-hicular, con presunta falsificación de la firma y sellos delNotario Público de Lima, Dr, Aníbal Corvetto Romero; Que, en ese sentido, en estricta atención a lo solicitado por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia en suOficio Nº 1999-2003-JUS-PPMJ, de fecha 27 de octubrede 2003, para que se proyecte la resolución autoritativaque interponga la denuncia penal, por la presunta comi-sión del Delito Contra la Fe Pública en agravio del Estado,y en virtud a lo señalado en los documentos citados en losconsiderandos precedentes, y con el objeto de reunir laspruebas de la realización del mismo para cada caso, y lascircunstancias en que se ha realizado, corresponde recu-rrir a la vía judicial para establecer la distinta participaciónque hayan tenido los autores y otros en su ejecución; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De-creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacióny Defensa del Estado en Juicio, modificado por DecretoLey Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para queen representación y defensa de los intereses del Estado, in-