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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2004 (11/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G33/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 11 de enero de 2004 Contreras Lazo, documento supuestamente certificado por el Abogado Notario de Lima, Elvito Rodríguez Domínguez,con fecha 14 de enero de 1999, quien mediante comuni-cación de fecha 19 de julio de 2002, informa que los sellosy firma que aparecen en dicho documento no le pertene-cen, tratándose de una falsificación; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º, del DecretoLey Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y artículo 12ºdel Decreto Ley Nº 17537, de Representación y Defensa delEstado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientes enforma individual contra las siguientes personas: 1. Agripino CASTILLO YAMACACHO. 2. Esther Ruth RIOS COYCA.3. José YNGUIL CASTILLO.4. Margarita Isabel CAHUIN GONZALES.5. Marleni MARRO DE CASIMIRO.6. Aquiles Fernando MAGALLANES PORTILLA.7. José Guadalupe AVILA CALDERON.8. Hugo César SOPLOPUCO REYES.9. Lydda ARÉSTEGUI VELA o Lyda Olivia ARÉSTE- GUI VELA o Lidda Olivia ARÉSTEGUI VELA. 10. ANA MARÍA MUÑOZ MARTÍNEZ; y, los demás que resulten responsables por la comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsificaciónde documentos, conforme a los fundamentos expuestosen la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada ProcuradoraPública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 00460 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 008-2004-JUS Lima, 8 de enero de 2004 Visto el Oficio Nº 1737-2003-JUS/PPMJ, de fecha 18 de setiembre del 2003, de la Procuraduría Pública a cargode los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Regis-tro Nº 1242 y demás actuados; CONSIDERANDO:Que, mediante Oficio Nº 1597-2003-Z.R.Nº XII-JEF, de fecha 12 de setiembre del 2003, la Jefatura de la ZonaRegistral Nº XII- Sede Arequipa, remite a la ProcuraduríaPública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministeriode Justicia, el Informe Nº360-2003-Z.R.NºXII/OL y docu-mentación sobre Indicios de Comisión de Delito y Accio-nes Legales, a efectos de que se expida la Resolución Mi-nisterial que autorice iniciar la acción penal contra TomásHinojosa Díaz y contra las personas resulten responsa-bles por la presunta comisión de los delitos Contra la FePública en la modalidad de falsificación de documentos yfalsedad genérica, previsto y penado en los artículos 427ºy 438º de nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, mediante Título Nº 03012003518557, presentado por Tomás Hinojosa Díaz, se solicitó la inscripción de Trans-ferencia de Propiedad Vehicular, respecto del vehículo Sta-tion Wagon, marca Toyota, modelo Corona, de Placa deRodaje Nº SH-4016, adjuntándose un Contrato de Com-pra-venta suscrito por Hernán Caparó Gómez y JesúsMaría Gutiérrez La Torre como vendedores y Tomás Hino-josa Díaz como comprador, documento legalizado ante elNotario Público Javier de Taboada Vizcarra, con fecha 14de agosto de 1998, habiéndose advertido que el referidovendedor ha fallecido antes de la fecha de legalización delcontrato, por lo que se deben iniciar las acciones legalesque correspondan contra Tomás Hinojosa Díaz y contralas personas que resulten responsables;Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicita- do por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia,en su Oficio Nº 1737-2003-JUS-PPMJ, de fecha 18 desetiembre del 2003, y en virtud a los hechos que se des-prenden del Informe Nº 360-2003-Z.R.Nº XII-OL, de fecha12 de setiembre del 2003, y con el objeto de reunir las prue-bas de la realización de los delitos y las circunstancias enque se han realizado, corresponde recurrir a la vía judicialpara establecer la distinta participación que haya tenido elautor y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De-creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacióny Defensa del Estado en Juicio, modificado por DecretoLey Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientescontra TOMAS HINOJOSA DIAZ y contra los que resultenresponsables conforme a los fundamentos expuestos enla parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso a la Procuradora Pública men-cionada, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 00461 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 009-2004-JUS Lima, 8 de enero de 2004 Visto el Oficio Nº 2041-2003-JUS/PPMJ, de fecha 4 de noviembre del 2003, de la Procuraduría Pública a cargo delos Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, RegistroNº 1454 y demás actuados; CONSIDERANDO:Que, mediante Oficio Nº 698-2003-SUNARP-Z.R.Nº IX/ OL, de fecha 28 de octubre del 2003, la Oficina Legal de laSuperintendencia Nacional de los Registros Públicos de Lima,remite a la Procuraduría Pública encargada de los AsuntosJudiciales del Ministerio de Justicia, la documentación sobreIndicios de Comisión de Delito y Acciones Legales, a efectosde que se expida la Resolución Ministerial que autorice iniciarla acción penal contra Alex Abanto Chapa y contra las perso-nas que resulten responsables por la presunta comisión deldelito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificaciónde Documentos, previsto y penado en el artículo 427º de nues-tro ordenamiento penal sustantivo; Que, mediante título Nº 141078 de fecha 30 de julio del 2003, el señor Alex Abanto Chapa, solicitó la Primera ins-cripción del vehículo, marca FAW, modelo CA1020LF-PA-YLOAD, Nº de serie LFWJ2LA58XJB06878, a favor delMinisterio de Defensa- Ejército del Perú, adjuntado unaDeclaración de Material de Guerra- descarga directa 002-Nº 0149, de fecha 3 de diciembre de 1999, la cual ha sidopresuntamente adulterada, por lo que se debe iniciar lasacciones legales que correspondan contra Alex AbantoChapa, y contra las personas que resulten responsables; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicita- do por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia,en su Oficio Nº2041-2003-JUS-PPMJ, de fecha 4 denoviembre del 2003, y en virtud a los hechos que se des-prenden del Oficio Nº 698-2003-SUNARP-Z.R.NºIX/OL defecha 28 de octubre del 2003, y con el objeto de reunir laspruebas de la realización del delito y las circunstancias enque se han realizado, corresponde recurrir a la vía judicialpara establecer la distinta participación que haya tenido elautor y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del DecretoLey Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensadel Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667;