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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2004 (12/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 86

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G34/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 12 enero de 2004 RESOLUCIÓN Nº 006-2004-JNE Lima, 8 de enero de 2004CONSIDERANDO: Que para admitirse a trámite una solicitud de revocatoria del mandato de autoridad elegida se requiere adjuntar la lista de adherentes (planillones) con no menos del 25% de electores hábiles en cada circunscripción regional, provincial o distrital conforme al artículo 22º de la Ley de Derechos deParticipación y Control Ciudadanos Nº 26300; Que conforme al artículo 6º de la Ley Nº 26300, modificado por la Ley Nº 27706, compete el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil la verificación de la autenticidad de las firmas de adherentes para el ejercicio de los derechos políticos previstos en la ley acotada; Que conforme a lo indicado en el Oficio Nº 152-2003-SJEF/RENIEC se encuentra vigente la Reso- lución Jefatural Nº 188-2002-JEF/RENIEC de fecha 15 de mayo de 2002 El Jurado Nacional de Elecciones de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3) del artículo 178º de la Constitución Política del Perú, artículo 5º incisos c) y g) de la Ley Nº 26486 y el artículo 20º de la Ley Nº 26533, en uso de sus atribuciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- La relación de adherentes que sustente el pedido de consulta de revocatoria debe ser no menor al 25% del total de electores hábiles inscritos en la circunscripción regional, provincial o distrital, según corresponda, como se señala en el anexo que forma parte de esta resolu-ción. Artículo Segundo.- La Oficina Nacional de Procesos Electorales incluirá en la información del kit electoral que vende para promover una consulta de revocatoria, las especificaciones técnicas seña- ladas por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil en la Resolución Nº 188-2002-JEF/RENIEC. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el contenido de la presente Resolución, para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General POBLACIÓN ELECTORAL REGIONAL (Base: Padrón de las Elecciones Regionales y Municipales 2002) REGIÓN POBLACIÓN ELECTORAL 25% AMAZONAS 173,234 43,309 ANCASH 618,867 154,717 APURIMAC 196,196 49,049 AREQUIPA 725,865 181,467 AYACUCHO 309,372 77,343 CAJAMARCA 675,538 168,885 CUSCO 627,550 156,888 HUANCAVELICA 219,844 54,961 HUANUCO 371,818 92,955 ICA 426,753 106,689JUNIN 696,395 174,099 LA LIBERTAD 901,079 225,270 LAMBAYEQUE 638,020 159,505 LIMA 503,693 125,924 LORETO 389,107 97,277 MADRE DE DIOS 41,500 10,375 MOQUEGUA 93,804 23,451 PASCO 136,889 34,223 PIURA 848,975 212,244 PUNO 657,090 164,273 SAN MARTIN 328,765 82,192 TACNA 158,505 39,627TUMBES 97,341 24,336 UCAYALI 191,744 47,936 CALLAO 502,674 125,669