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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G34/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de enero de 2004 del Oficial Superior que se encuentra en Leticia - Colombia y continuar con el Intercambio de Oficialesde Inteligencia a realizarse del 20 enero al 31 de di-ciembre del 2004, de acuerdo al Acta Final de la IIReunión del Grupo Bilateral de Trabajo de Defensadel Perú - Colombia, por cuanto los conocimientos yexperiencias a adquirirse redundarán en beneficio dela Seguridad Nacional, dentro del ámbito de compe-tencia del Ejército; Que, el Artículo 14º inciso 2.c. de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el AñoFiscal 2004, establece que no se encuentrancomprendidos dentro de las disposiciones de auste-ridad los pagos de remuneraciones, retribuciones,dietas o cualquier bonificación, asignación y benefi-cio en moneda extranjera o indexada a ésta, al per-sonal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Fuer-zas Armadas y Policía Nacional que cumplen servi-cios en el extranjero; Que, el Artículo 15º Incisos a) y k), de la citada Ley prioriza y determina las acciones necesarias quepermitan el cumplimiento del pliego al menor costoposible, así como restringen al mínimo indispensa-ble los viajes fuera del país en Comisión del Servicioque irroguen gastos al Estado; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley Nº 27860, Ley Nº 28128, Decreto Supre-mo Nº 005-87 DE/SG del 4 de diciembre de 1987,modificado por el Decreto Supremo Nº 034 DE/SGde fecha 21 de julio del 2001 y Decreto Supremo Nº047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, regulanlos conceptos que se abonan al Personal Militar y Civilde las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en Co-misión del Servicio; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Nombrar en Comisión del Servicio en el Extranjero, al Teniente Coronel de Infantería EPJosé Manuel QWISTGAARD SUAREZ, para que par-ticipe en el intercambio de Oficiales de Inteligenciadel Ejército del Perú y el Ejército Nacional de la Re-pública de Colombia, a realizarse en la ciudad deLeticia- Colombia, a partir del 20 de enero al 31 dediciembre del 2004. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo alos conceptos siguientes: PASAJES: (Lima-Bogotá-Lima) US$ 536.00 x 1 persona VIÁTICOS US$ 200.00 x 347 días TARIFA ÚNICA POR USO DE AEROPUERTO US$ 28.24 x 1 persona Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, estará a cargo de asegurar las condicionesadecuadas para el cumplimiento de la misión enco-mendada, de acuerdo a lo dispuesto en el DecretoSupremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembrede 1987. Artículo 4º.- El señor Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término delnombramiento sin exceder el total de días autoriza-dos. Artículo 5º.- El citado Oficial Superior, deberá cum- plir con sustentar lo señalado en los Artículos 6º y 10ºdel Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 dejunio del 2002. Artículo 6º.- El citado Oficial Superior revistará en el Comando Administrativo del Cuartel General del Ejérci-to, por el período que dure la Comisión. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos deninguna clase o denominación. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros yel Ministro de Defensa.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 01425 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G61 /G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65 /G63/G6F/G6D/G61/G6E/G64/G6F/G20/G79/G20/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G6D/G61/G79/G6F/G72 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2004-DE/EP Lima, 21 de enero de 2004 Visto, el Oficio Nº 2962 SUB DIR EDUC/C-4 a.1/B/ 05.00 de 17 de diciembre del 2003, de la Subdirecciónde Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, la Vigésimo Quinta Política de Estado del Acuer- do Nacional promueve la participación de las FuerzasArmadas en la Defensa Regional, la Seguridad Hemis-férica y las Misiones de Paz en el marco de la Organiza-ción de las Naciones Unidas; Que, el inciso e) del Artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una desus funciones participar a través de los Organismos perti-nentes, en las misiones de Paz internacionales a que secomprometa el Estado Peruano de acuerdo a Ley; Que, entre los objetivos estratégicos generales y po- líticas del Sector Defensa, se encuentra considerada laparticipación en actividades de carácter regional, conti-nental y/o mundial, en la perspectiva de integrar las Fuer-zas Armadas Multinacionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de aus-teridad y racionalidad del gasto en el Sector Público vie-ne reduciendo al mínimo indispensable las autoriza-ciones de los viajes al exterior, considerándose aquellosque se enmarcan en Capacitación que no puede reali-zarse en el Perú; Que, mediante la Hoja de Recomendación Nº 213 DE- 1/SUB DIR EDUC/DIEDE/B.05.00 de diciembre del 2003,el Comando del Ejército designó en misión de estudiosal Mayor de Infantería EP José Miguel WHITTEMBURYIsla, para participar en el Curso de Comando y EstadoMayor en la Escuela de Comando y Estado Mayor de laRepública de Argentina, en el período comprendido del20 de enero al 31 de diciembre del 2004; Que, el inciso 2.c. del Artículo 14º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, establece que no se encuentran comprendi-dos dentro de las disposiciones de austeridad los pagosde remuneraciones, retribuciones, dietas o cualquierbonificación, asignación y beneficios en moneda extran-jera o indexada a ésta, al personal del Ministerio de Re-laciones Exteriores, Fuerzas Armadas y Policía Nacio-nal que cumple servicios en el extranjero, asimismo lapresente autorización de viaje está ceñido a lo que esta-blece los incisos a) y k) del Artículo 15º de la citada Ley,prioriza y determina las acciones necesarias que permi-tan el cumplimiento de los objetivos del pliego al menorcosto posible así como restringen al mínimo indispensa-ble los viajes fuera del país en comisión de servicios queirroguen gastos al Estado, por lo que se encuentra enarreglo a Ley; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley Nº 27860, Ley Nº 28128, Decreto Supremo Nº 005-87 DE/SG, del 4 de diciembre de 1987 modificado por elDecreto Supremo Nº 034 DE/SG del 21 de junio del 2001y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de ju-