Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2004 (24/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de enero de 2004

do al Area de Tesoreria de PROABONOS, sito en la Av. MORDAZA Nº 2187 - Callao. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo 01355

Autorizan contratacion del servicio de asesoria juridica externa mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCION JEFATURAL Nº 009-2004-AG-SENASA

MORDAZA, 19 de enero de 2004 VISTOS: El Memorandum Nº 1812-2003-AG-SENASA y el Informe Nº 883-2003-AG-SENASA-OAJ que constituyen el Informe Tecnico y Legal respectivamente, con los que se sustenta la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la renovacion del contrato de los servicios personalisimos del Estudio Koechlin-Asociados, Abogados & Consultores, con el objeto que se encargue de prestar servicios de asesoria juridica externa altamente especializada a la Alta Direccion del SENASA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 140-2003-AGSENASA del 30 de junio de 2003, la Jefatura Nacional del SENASA autorizo por un plazo de seis meses la renovacion del contrato de servicios de asesoria juridica externa requerida por la Alta Direccion del SENASA; Que, mediante Memorando Nº 1812-2003-AG-SENASA del 31 de diciembre de 2003, la Jefatura Nacional del SENASA da cuenta de la necesidad de continuar con la asesoria legal especializada del Estudio Koechlin-Asociados, Abogados & Consultores, dada su alta especialidad en cooperacion internacional, derecho internacional, asi como sus conocimientos en materia de sanidad agraria y areas vinculadas a estos temas, para la asesoria integral, inmediata y especializada a la Alta Direccion del SENASA en diversas areas juridicas, con el proposito de seguir impulsando los programas y proyectos institucionales con el apoyo de otros organismos publicos, organismos internacionales, agencias de cooperacion u organizaciones privadas nacionales o extranjeras, MORDAZA si durante el MORDAZA semestre del ano 2004 se efectuaria la liquidacion del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria financiada por el Banco Interamericano de Desarrollo, por lo que se requiere la busqueda de nuevas MORDAZA de financiamiento que permitan la sostenibilidad de los laboratorios construidos con el citado financiamiento y coadyuven al fortalecimiento institucional; asimismo, dado el MORDAZA de regionalizacion que vive el MORDAZA es necesario seguir estableciendo vinculos juridicos de cooperacion con todos los gobiernos regionales correspondientes; Que, mediante Informe Nº 883-2003-AG-SENASAOAJ, del 31 de diciembre de 2003, la Oficina General de Asesoria Juridica remitio el Informe Legal respecto de la evaluacion del requerimiento efectuado por la Jefatura Nacional, para la renovacion del contrato de los servicios personalisimos del Estudio Koechlin-Asociados, Abogados & Consultores, como asesores externos con conocimientos especializados y acreditados en cooperacion internacional, derecho al desarrollo y derecho internacional, concluyendo que el mismo se enmarca dentro de lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM ;

Que, para tales efectos, el inciso h) del Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que los servicios personalisimos son los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio, agregando que la evaluacion de las caracteristicas o habilidades del locador debera ser objetiva y se efectuara en funcion de la naturaleza de las prestaciones a su cargo, las cuales no pueden ser materia de subcontratacion; Que, el Articulo 113º del Reglamento mencionado dispone que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion conforme al Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, requieren obligatoriamente un informe tecnico legal previo por las areas tecnica y de asesoria juridica de la entidad, agregando que dicho Informe contendra la justificacion tecnica y legal de la adquisicion y de la necesidad de la exoneracion , y contemplara criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, el Articulo 116º del Reglamento citado establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de conformidad con el Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el Articulo 105º del propio Reglamento, agregando que la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada uno de los casos, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 119º del Reglamento, los servicios de asesoria especializada podran ser brindados hasta por un plazo de tres (3) anos renovables, reservandose la entidad el derecho de resolver unilateralmente el contrato MORDAZA del vencimiento previsto, sin reconocimiento de lucro cesante ni dano emergente, sujetandose los reajustes que pudieran acordarse al Indice de Precios al Por mayor a Nivel Nacional que establece el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25902, Decreto Supremo Nº 24-95-AG, Ley Nº 27322 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0482001-AG y el TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de Concurso Publico la renovacion del contrato de los servicios personalisimos del Estudio Koechlin-Asociados, Abogados & Consultores, con alta especializacion en derecho internacional, cooperacion internacional, sanidad agraria y otras areas especificas del derecho vinculadas a estos temas, para que se encargue de prestar los servicios de asesoria juridica externa que requiere la Alta Direccion del SENASA. Articulo 2º.- Autorizar a que la contratacion a que se contrae el Articulo 1º de la presente Resolucion se efectue mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, hasta por un valor total de US$ 24,000,00 (Veinticuatro mil y 00/100 Dolares Americanos) incluido el Impuesto General a las Ventas, por un plazo de seis meses computados desde la fecha de suscripcion del respectivo Contrato.

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