Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2004 (24/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 24 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 362-2003-PCM, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 2º.- De la Conformacion de la Comision Multisectorial La Comision Multisectorial estara conformada por los siguientes miembros: - El Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; - Un representante del Ministerio de Economia y Finanzas; - Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. - Un representante del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; - Un representante de la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME; - Un representante del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI; - Un representante de la Superintendencia de Bienes Nacionales; - Un representante de la Contaduria Publica de la Nacion; - Un representante de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; - Un representante de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT; y, - Un representante del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 01474

alineando las politicas y acciones con la participacion del Sector Publico y Privado, de modo tal que aseguren la exitosa implementacion del Plan Nacional de Competitividad, en favor de la productividad y competitividad del MORDAZA a nivel nacional, regional y local; De conformidad con lo establecido en la Ley del Poder Ejecutivo aprobada por Decreto Legislativo Nº 560 y sus modificatorias, y en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento del Consejo Nacional de la Competitividad, que consta de tres (3) titulos, dos (2) capitulos y veintiun (21) articulos y que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Derogar la Resolucion Ministerial Nº 3932003-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros ANEXO REGLAMENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA COMPETITIVIDAD Titulo I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º. - OBJETO El presente Reglamento regula las funciones y estructura organizativa del Consejo Nacional de la Competitividad creado mediante Decreto Supremo Nº 024-2002PCM modificado por los Decretos Supremos Nºs. 0682002-PCM, 100-2002-PCM, 022-2003-PCM y 087-2003PCM, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM. El Consejo Nacional de la Competitividad tiene por finalidad desarrollar e implementar conjuntamente con el sector publico y el sector privado un Plan Nacional de Competitividad con el objeto de integrar exitosamente al Peru en la economia global del Siglo XXI, basado en una mejora continua de la competitividad, que permita generar un mayor empleo y elevar el nivel de MORDAZA de la poblacion. Articulo 2º.- SEDE Y PLAZO El Consejo Nacional de la Competitividad tiene su sede en la MORDAZA de MORDAZA y su plazo de duracion es indefinido. Titulo II FUNCIONES Articulo 3º.- FUNCIONES El Consejo Nacional de la Competitividad tiene por funciones las siguientes: 3.1 Desarrollar un Plan Nacional de Competitividad que incluya objetivos, politicas y medidas especificas, asi como metas tentativas e indicadores de seguimiento que permitan medir los avances en su cumplimiento; 3.2 Proponer al Poder Ejecutivo la Estrategia Nacional de Competitividad, como MORDAZA del Plan Nacional de Competitividad, y las medidas normativas necesarias para alcanzar los objetivos, politicas y metas tentativas trazadas en el Plan Nacional de Competitividad; 3.3 Liderar la ejecucion del Plan Nacional de Competitividad, en coordinacion con las entidades e instituciones publicas y/o privadas encargadas de las distintas actividades incluidas en el mencionado Plan; y,

Aprueban Reglamento del Consejo Nacional de la Competitividad
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 028-2004-PCM

MORDAZA, 23 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM, modificado por Decretos Supremos Nºs. 068-2002-PCM, 1002002-PCM, 022-2003-PCM y 087-2003-PCM, se constituyo el Consejo Nacional de la Competitividad como una Comision de Coordinacion de Asuntos Especificos de la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de desarrollar e implementar un Plan Nacional de Competitividad con el objeto de mejorar la capacidad del Peru para competir en el MORDAZA internacional; Que, por Resolucion Ministerial Nº 393-2002-PCM, se aprobo el Reglamento del Consejo Nacional de la Competitividad, que establece sus funciones y estructura organizativa; Que, resulta necesario perfeccionar y ajustar las normas que regulan el funcionamiento y la conformacion del Consejo Nacional de la Competitividad con el objeto de impulsar la Estrategia Nacional de Competitividad,

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