Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2004 (24/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 24 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la prepublicacion del Proyecto de Modificacion del Estatuto de la "Derrama Magisterial", contenido en el Anexo A de la presente Resolucion, en el Diario Oficial El Peruano y en la Pagina Web del Ministerio de Educacion para que en el plazo de 10 dias habiles, las personas e instituciones que asi lo deseen, MORDAZA llegar sus observaciones y recomendaciones. Articulo 2º.- Encargar al Viceministerio de Gestion Pedagogica el procesamiento del resultado de la consulta dispuesta en el articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MALPICA FAUSTOR Ministro de Educacion ANEXO A Propuestas de modificacion a aprobarse por Decreto Supremo: "Articulo 7º.- Son derechos de los asociados: a) Gozar de los beneficios y servicios que establece el presente Estatuto. b) Conocer y pronunciarse sobre la marcha de la Institucion. c) Renovar cuantas veces sea necesario la Carta de Declaratoria de Beneficiarios. d) Elegir y ser elegido, por MORDAZA directo a traves de sus mandatarios, o a traves de sus representantes expresamente elegidos por votacion directa." "Articulo 11º.- El Directorio de la Derrama Magisterial esta constituido por seis miembros: cinco Asociados elegidos en Asamblea Nacional, dentro de sus miembros. La Asamblea Nacional sera conformada de manera democratica por un representante de cada Region elegido mediante Asambleas Provinciales, dentro de sus miembros, conformadas de manera democratica por los asociados de la Provincia correspondiente; y por un (1) representante del Ministerio de Educacion". "Articulo 12º.- Los cargos del Directorio de la Derrama Magisterial son: - Presidente - Vicepresidente - Secretario - 3 Vocales Los cargos seran elegidos en el seno del Directorio en la primera sesion que celebre. Los cargos del Directorio es de dos anos consecutivos. Los miembros del Directorio podran ser reelegidos por una sola vez, en la proporcion de un tercio". 01480

VISTO, el expediente administrativo sobre procesos judiciales en tramite, por ante el Juzgado Penal y Civil de MORDAZA derivados en el primer caso, del ilicito apoderamiento por la Asociacion de Vivienda La Cantuta del terreno de dieciocho mil ciento veintinueve metros cuadrados con sesenta y cuatro centimetros cuadrados (18,129.64 m²) ubicado en la parte alta de la denominada Quebrada del Cementerio inscrito preventivamente el 26 de febrero de 2001 en la Oficina Registral MORDAZA a nombre del Instituto Nacional de Radio y Television Peruana, cuyos linderos y medidas perimetricas se superponen al terreno PNP de cinco mil metros cuadrados (5,000.00 m²) inscrito en 1987 en la Ficha Registral Nº 9344 de esa misma Oficina Registral y; el MORDAZA caso, surgido por la pretension de la Asociacion de Vivienda La Cantuta de solicitar la nulidad del asiento registral del terreno de dieciocho mil ciento veintinueve metros cuadrados con sesenticuatro centimetros cuadrados (18,129.64 m²), inscrito a nombre del Instituto Nacional de Radio y Television Peruana; CONSIDERANDO: Que, por ante el Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA, Instruccion Nº 01-407 se tramita el MORDAZA seguido al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por Delito de Usurpacion, a raiz de que sus asociados agrupados en la Asociacion de Vivienda La Cantuta usurparon el terreno del Instituto Nacional de Radio y Television Peruana de 18,129.64 m², ubicado en la parte alta de la denominada Quebrada del Cementerio, inscrita preventivamente el 26 de febrero de 2001 en la Oficina Registral Moquegua; cuyos linderos y medidas perimetricas se superponen al terreno PNP de 5,000.00 m², ubicado al lado derecho de la via MORDAZA - Toquepala a 770.00 ml. del cruce, inscrito el 28 de octubre de 1987 en la Ficha Registral Nº 9344 de esa Oficina Registral; siendo el caso que los dirigentes de esa Asociacion, manifiestan su intencion de recurrir por vias de hecho y derecho para perturbar o privar la posesion y/o propiedad del terreno PNP; Que, existiendo superposicion parcial de areas inscritas en partidas registrales, se hace necesario en defensa de la propiedad PNP, hacer MORDAZA ante el organo jurisdiccional competente la invalidez del asiento registrado a favor del Instituto Nacional de Radio y Television Peruana, en la Ficha Nº 10139 del Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Publicos Moquegua; Que, conforme al Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos, concordante con el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, que prescribe que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, sera necesario la expedicion de la respectiva Resolucion Ministerial, salvo las excepciones que expresamente contemplan las leyes de caracter especial; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica de la Division de Infraestructura DIRLOG-PNP en su Dictamen Nº 19-2002-DIRLOG-PNP/DIVINFRA-OAJ de 19 de junio de 2002; Lo propuesto por el General Director de Logistica de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que en nombre y representacion del Estado interponga las acciones judiciales que correspondan contra los que resulten responsables, en defensa de la posesion y propiedad del inmueble MORDAZA ubicado al lado derecho de la via MORDAZA - Toquepala a 770.00 ml. del cruce, cuya area es de cinco mil metros cuadrados (5,000.00 m²) inscrita a nombre de la PNP en la Ficha Registral Nº 9344 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Moquegua.

INTERIOR
Autorizan a procurador iniciar acciones legales para la recuperacion de inmueble de la PNP ubicado en MORDAZA
(Se publica la presente resolucion a solicitud del Ministerio del Interior, mediante Oficio Nº 0900-2003-IN/0604, recibido el 21 de enero de 2004)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0486-2003-IN/PNP

MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2003

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