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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G36/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de enero de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 15 de enero de 2004, el Informe Nº 004-2003-GPP-MDSMemitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 006-2004-GA/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, que sustentan la necesidad de laContratación de un Consultor Especializado en temas de Gestión Pública y Planificación Urbana bajo la modalidad de Servicios Personalísimos; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso "h" del Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, establece que las contrataciones de servicios personalísimos que correspondan a Licitaciones, Concur- sos Públicos o Adjudicación Directa se encuentran exone-rados de los indicados procesos de selección; procedien- do su contratación mediante una adjudicación de menor cuantía; conforme lo establece el Artículo 20º de la acota-da Ley; Que, al respecto el Artículo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado señala literalmente que de conformidad con el inciso h) del Artículo 19º de la Ley, se encuentran exonerados del respectivo proceso de selec-ción, los contratos de locación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas cuando para dicha contra- tación se haya tenido en cuenta como requisito esencial ala persona del locador, ya sea por sus características inhe- rentes, particulares o especiales o por su determinada ca- lidad, profesión, ciencia, arte u oficio. La evaluación de lascaracterísticas o habilidades del locador deberán ser obje- tivas y se efectuarán en función de la naturaleza de las prestaciones a su cargo; Que mediante Informe Técnico Nº 004-2004-GPP/ MDSM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de San Miguel hace de conoci-miento la necesidad de contratar un Consultor Especiali- zado en temas de Gestión Pública y Planificación Urba- na, informando al respecto que de los antecedentesrevisados el perfil profesional del señor abogado Luis Bedoya Reyes, ex Acalde de Lima, reúne las cualida- des profesionales respectivas, dada su trayectoria den-tro de la administración pública para calificar como un servicio personalísimo dentro de los alcances de lo normado en el Artículo 111º del Decreto Supremo Nº013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado; Que, dada la naturaleza de la consultoría solicitada, en materia de Gestión Pública y Planificación Urbana es necesario que la misma sea prestada por un profe- sional con una comprobada experiencia y calificaciónprofesional de primer nivel en los temas mencionados y que serán prestados a favor de la Alta Dirección de la Municipalidad Distrital de San Miguel para el logro desus objetivos institucionales como gobierno local; Que, de la revisión de los antecedentes del señor abogado Luis Bedoya Reyes, se aprecia que reúne lascualidades profesionales necesarias que lo hacen susceptible de ser calificado como servicio personalí- simo, a lo que cabe agregar los cargos públicos por élocupados, entre los cuales se encuentran haber sido Ministro de Estado (1963), haber sido Alcalde de Lima Metropolitana durante 2 períodos (1964-1966, 1967-1969) y miembro de la Asamblea Constituyente (1978- 1979); además de su formación profesional como abo- gado; cargos, experiencia y preparación profesional queconstituyen elementos de orden objetivo, que tal como señala la norma indicada permiten concluir válidamen- te que los antecedentes profesionales del señor abo-gado Luis Bedoya Reyes, califican como servicio per- sonalísimo al amparo de lo señalado en el Artículo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dada su tras-cendental y acreditable experiencia en los temas de Gestión Pública y Planificación Urbana, que son mate- ria de la presente contratación de servicios; Que, asimismo mediante Informe Nº 006-2004-GAJ/ MDSM, de fecha 14 de enero de 2004, la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de San Miguelha emitido su informe legal en el sentido de que el re- querimiento planteado por la Gerencia de Planeamien- to y Presupuesto en el sentido de solicitar la contrata-ción de los servicios del señor abogado Luis Bedoya Reyes, bajo la modalidad de servicios personalísimos, configura el supuesto normativo previsto en el Artículo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Regla-mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; toda vez que, la evaluación de su Currículum Profesional se efectúa sobre la base de información deconocimiento público y objetivo que permiten acreditar que se trata de un profesional de brillante trayectoria en la gestión pública y cuyo aporte profesional será desingular importancia para la presente Gestión Edil, ra- zón por la cual se pronuncia por la procedencia de que se exonere del proceso de selección correspondientepara la contratación de los servicios del señor aboga- do Luis Bedoya Reyes bajo la modalidad de Servicios Personalísimos, la misma que prevé la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado en concordancia con su Reglamento; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo estable- cido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y en el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, con la aprobación de los miem-bros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta; POR UNANIMIDAD SE ACORDÓ:Artículo Primero.- APROBAR la contratación del se- ñor abogado Luis Bedoya Reyes, bajo la modalidad de ser-vicios personalísimos, a fin que preste el Servicio de Con- sultoría en temas de Gestión Pública y Planificación Urba- na a favor de la Municipalidad Distrital de San Miguel du-rante el período del ejercicio 2004; exonerándolo del Pro- ceso de Selección correspondiente, de conformidad con lo dispuesto por el inciso "h" del Artículo 19º del Decreto Su-premo Nº 012-2001-PCM, Texto Único de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, y por el Artículo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamen-to de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Admi- nistración y Finanzas para que a través del Comité Espe-cial Permanente a cargo de las Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantía de la Municipalidad Distrital de San Mi- guel y mediante proceso de Menor Cuantía proceda a rea-lizar la contratación del profesional indicado en el artículo anterior, por una valor referencial de S/. 84,000.00 (OCHEN- TA Y CUATRO MIL Y 00/100 Nuevos Soles) anuales, porun período que se computará hasta el 31 de diciembre de 2004 incluido los impuestos de Ley. Fuente de Financiamiento: 08 Otros Impuestos Municipales. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de la Secreta- ría General la notificación del presente Acuerdo a la Con- traloría General de la República; así como, la publicacióndel mismo en el Diario Oficial El Peruano en el término de Ley. Artículo Cuarto.- Dispensar el presente Acuerdo de Concejo del trámite de aprobación del Acta. Regístrese, publíquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 01694 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G52/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G63/G69/G76/G69/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 085-MDSMP San Martín de Porres, 14 de enero de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES