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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G36/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de enero de 2004 ses de octubre y noviembre del 2003, y el desabas- tecimiento de combustible generaría la inmovilización de las unidades móviles de la UNAP lo que perjudicaría en forma directa la buena formación profesional del estudian-te ya que éstos realizan prácticas en el campo y en las comunidades de la localidad; Que, el artículo 21º del Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM señala que se considera situación de urgen- cia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma di-recta e inminente la continuidad de los servicios esen- ciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo; Que, asimismo el numeral 2) del artículo 108º del De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, refiere que la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporalante un hecho de excepción que determina una acción rá- pida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para pa- liar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el procesode selección correspondiente para las adquisiciones y con- trataciones definitivas; Que, de acuerdo al inciso c) del artículo 19º del Decre- to Supremo Nº 012-2001-PCM, están exonerados de los Procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adju- dicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones ycontrataciones que se realicen en situación de urgencia, declarada de conformidad a la referida ley; Que, el artículo 20º de la citada norma establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas del proce- so de Licitación Pública, Concurso Público o Adquisición Directa, se realizarán mediante el procedimiento de Adju-dicación de Menor Cuantía y se aprobarán mediante Re- solución del titular del Pliego; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Or- denado en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM y el Reglamento aprobado por Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM; y, En uso de las atribuciones que le confieren la Ley 23733 y el EGUNAP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR, en Situación de Ur- gencia el suministro de combustibles, carburantes y lubri- cantes en la UNAP, del 22 de enero al 22 de marzo del2004. Artículo Segundo.- EXONERAR a la Universidad Na- cional de la Amazonía Peruana (UNAP) del Proceso deLicitación Pública Nacional para el suministro de combus- tibles, carburantes y lubricantes, por las razones expues- tas en la parte considerativa de la presente Resolución,disponiendo que la misma sea realizada mediante el Pro- ceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Tercero.- ESTABLECER que la adquisición a que se refiere el artículo precedente será realizada por la Oficina General de Administración, hasta por la suma de S/.161,599.65 (Ciento Sesenta y Un Mil Quinientos Noventay Nueve y 65/100 Nuevos Soles). Artículo Cuarto.- PRECISAR que la presente Re- solución Rectoral, así como los Informes Nºs. 001-UA-OGA-UNAP-2004 y 001-AL-UNAP-2004 de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Adminis- tración y de la Oficina de Asesoría Legal res-pectivamente, serán de conocimiento de la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación de lapresente Resolución y publicada en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR al Jefe de la Unidad Ejecutora cumplir con lo dispuesto en la presente Resolu- ción, cargando el egreso a la Actividad 1 00199, 100267, 100356, 100468, 100493, Componente 300498, 300693,300452, 300827, 301341, 301320, Meta 00001, Categoría de Gastos 5, Grupo Genérico de Gastos 3, Modalidad de Aplicación 11, Específica de Gasto 23 y Fuente de Finan-ciamiento 00 y/o 01 del Presupuesto Institucional del Ejer- cicio Fiscal 2003. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSÉ TORRES VÁSQUEZ Rector 01568/G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G2D /G63/G6F/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/GF3/G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G70/G72/G65/G75/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G55/G4E/G4D/G53/G4D UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RECTORADO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 000311-R-04 Lima, 26 de enero del 2004 Visto el Expediente con Registro de Mesa de Partes General Nº 01329-RG-04, del Centro Pre-universitario de la Universidad sobre exoneración de proceso de seleccióny prórroga de contrato. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 06735-R-01 de fecha 22 de octubre de 2001, se autoriza al señor Rector para que, en representación de la Universidad, suscriba el contrato por medio del cual se prorrogue el arrendamientodel local que ocupa el Centro Pre-universitario de la Uni- versidad, ubicado en el Jr. Torres Paz Nº 1170 - Santa Bea- triz, de propiedad de don Eduardo Fu Huby y doña ZenobiaLlampasi Baldeón, por el período del 16 de octubre de 2001 al 15 de octubre de 2003; Que vía Oficio Nº 1290-DE-CEPUSM-2003, la Direc- ción Ejecutiva del Centro Pre-Universitario solicita la reno- vación del contrato de arrendamiento del referido local en las mismas condiciones y por un período de dos (2) añoscontados a partir del 16 de octubre de 2001; Que la Unidad de Planeamiento y Control Programático de la Oficina de Abastecimiento establece que el montoreferencial de la contratación del referido servicio ascien- de a un valor total acumulado de 1'117,324.45 Nuevos So- les para un período de 2 años, según Informe Nº 461-OA-UPCP-2003; Que por Resolución Rectoral Nº 06663-R-03 fechada 31 de diciembre de 2003 se aprueba, en vía de regulariza-ción, la inclusión del proceso de selección (Concurso Pú- blico) del alquiler del local del Centro Preuniversitario, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del año2003 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, teniéndose como fuente de financiamiento los recursos di- rectamente recaudados por el propio Centro Pre-universi-tario; Que la Oficina General de Planificación informa, con Oficios Nºs. 3976-OGPL-03 y 205-OGPL-2004, que en losPresupuestos 2003 y 2004 de la Universidad se han pre- visto las partidas Bienes y Servicios, financiadas con Re- cursos Directamente Recaudados, a efectos de atender losolicitado; así mismo, mediante Oficio Nº 4112-OGPL-03, precisa que en lo referente al año 2005 se realizarán las previsiones pertinentes a fin de que la contratación en cues-tión figure presupuestada; Que de acuerdo con el inciso g) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (T.U.O.aprobado con Decreto Supremo Nº 012-01-PCM) la pró- rroga del plazo de contratos de arrendamiento de inmue- bles ocupados por la Entidad, está exonerada de Proce-sos de Selección, siempre y cuando la renta no se incre- mente en una tasa mayor al crecimiento del índice general de precios al consumidor al por mayor; Que mediante Informe Nº 146-2003-OA/hcp y Oficio Nº 03678-OGE-OA-2003, la Oficina de Abastecimiento emite opinión técnica en el sentido de que el monto a contratarse renovará en las mismas condiciones, de manera que la prórroga del contrato en cuestión se encuentra comprendi- da dentro de la causal de exoneración descrita en el consi-derando anterior; Que en cuanto a los criterios de economía, tales como costos y oportunidad, la renovación del contrato en refe-rencia implicaría facilidades en cuanto a la búsqueda de un local nuevo que sea adecuado a las condiciones reque- ridas por el Centro Pre-universitario, bajo las mismas omejores estipulaciones contractuales; Que la Oficina General de Economía opina favora- blemente al respecto, según Proveído s/n de fecha 31