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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G36/G37/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de enero de 2004 - Crear la Oficina Ejecutiva de Bienes Regionales y Pa- trimonio Interno, como una Unidad Orgánica de la Oficina Regional de Administración. - Suprimir la Subgerencia de Gestión de Bienes Regio- nales de la Gerencia de Recaudación. - Incluir dentro de la Estructura Orgánica a la Oficina Regional de Defensa Civil como un Órgano de Asesora-miento de la Presidencia Regional. - Cambiar el nombre de la Oficina Ejecutiva de Logística y Control Patrimonial Interno por el de Oficina Ejecutiva de Logísti-ca. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina Ejecu- tiva de Desarrollo Institucional e Informática, para que pro- ceda con las acciones administrativas subsiguientes, a efec- tos de dar cumplimiento a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Admi- nistración Documentaria, la publicación y difusión de la Estructura Orgánica modificada. POR TANTO: De conformidad con el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, concordante con el inciso o) del Artículo 12º delReglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto. Promúlguese y publíquese. ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 01533 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G2D /G72/G61/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G2C/G20/G65/G6E/G6C/G6F/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G6F/G20/G61/G20/G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G65/G20/G69/G6E/G63/G6C/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 019-CR/GRL Iquitos, 14 de diciembre del 2003 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO POR CUANTO: El Consejo Regional de la Región Loreto, en Sesión Ordinaria de Consejo de fecha 14 de diciembre del 2003, aprobó por Unanimidad la siguiente Ordenanza: Artículo Primero.- APROBAR la Modificación de la Estructura Orgánica del Gobierno Regional de Loreto en lo que corresponde a la denominación de la Oficina Regionalde Defensa Civil por Oficina Regional de Defensa Nacio- nal y la Oficina Ejecutiva de Maquinarias y Servicios, por Oficina Ejecutiva de Maquinaria, Vehículos Menores y Flu-vial y, la inclusión de la Empresa de Comercialización Re- gional de Loreto - Sociedad Anónima (Eco-Loreto S.A.). Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina Ejecu- tiva de Desarrollo Institucional e Informática, para que pro- ceda con las acciones administrativas subsiguientes, a efec- tos de dar cumplimiento a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Admi- nistración Documentaria, la publicación y difusión de la Estructura Orgánica modificada. POR TANTO: De conformidad con el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, concordante con el inciso o) del Artículo 12º del Reglamento deOrganización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto. Promúlguese y publíquese. ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 01534/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 020-CR/GRL Iquitos, 14 de diciembre del 2003 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO POR CUANTO: El Consejo Regional de la Región Loreto, en Sesión Ordinaria de Consejo de fecha 14 de diciembre del 2003, aprobó por Unanimidad la siguiente Ordenanza: Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Re- glamento de Organización y Funciones del Gobierno Re- gional de Loreto, el mismo que consta de seis (6) títulos,noventa y tres (93) artículos, tres (3) disposiciones finales, transitorias y complementarias, y el Organigrama Estruc- tural. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina Ejecu- tiva de Desarrollo Institucional e Informática, para que pro- ceda con las acciones administrativas subsiguientes, a efec-tos de dar cumplimiento a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Admi- nistración Documentaria, la publicación y difusión del Re-glamento de Organización y Funciones modificado. POR TANTO:De conformidad con el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la LeyNº 27902, concordante con el inciso o) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto. Promúlguese y publíquese. ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 01535 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G35/G36/G38/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G2D /G62/GF3/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G2D/G64/G61/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G79/G20/G6E/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G65/G6E/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G79/G2F/G6F/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 ORDENANZA Nº 572 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 568 del 11 de diciembre de 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de diciembre de 2003, se aprobó el procedimiento para el pago de deuda tributaria y no tributaria en bienes y/o servicios; Que, es necesario otorgar las facilidades necesarias a los contribuyentes y administrados para el pago de las deu- das tributarias y no tributarias a través de bienes y servi-cios, por lo que debe modificarse algunos artículos de la mencionada Ordenanza; Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º y numeral 2) del artículo 157º de la Ley Orgánica de Muni- cipales Nº 27972. y con lo opinado por la Comisión Metro-