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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2004 (28/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 69

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G36/G37/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de enero de 2004 El texto siguiente del ar tículo modificado queda igual. Artículo 19º.- El Permiso de Operación será Renovado por periodos iguales de tres (3) años a solicitud del repre-sentante Legal de la Persona Jurídica o Transportador Au- torizado con vigencia de mandato, siempre que no medien observaciones de la Municipalidad, las mismas que debe-rán ser comunicadas en un máximo de 10 días hábiles, contados a partir de la presentación de la Solicitud de Re- novación. Artículo 28º.- Excepcionalmente se podrán autori- zar paraderos a personas jurídicas distintas en zonasdenominadas rígidas con un espacio hasta para tres (3) vehículos menores (mototaxis) de 10 mts. de largo por 1.50 mts. de ancho cuando las vía solicitada cuen-te con sección de vía suficiente para garantizar la flui- dez del tránsito vehicular, teniendo en cuenta el Art. 26º de la Ordenanza Nº 11-2000-C/MC previo Informetécnico de la Subgerencia de tránsito y transportes; si el caso lo requiere Informe de la Oficina de Defensa Civil. La Autorización será otorgada por la Gerencia deDesarrollo Urbano. Las zonas de estacionamiento autorizadas en áreas de 10, 15 y 20 m² permitirán el estacionamiento temporal dehasta 8, 12 y 15 vehículos de Transporte Menor respecti- vamente de la persona jurídica o transportador autorizado. Las zonas de estacionamiento y/o paraderos, serán señalizadas con marcas en la calzada de color blanco, así como llevarán paneles, discos y otros de acuerdo al ma- nual de dispositivos del control de transito automotor paracalles y carreteras (I-20) en el cual constará la razón so- cial del transportador autorizado, el número de su Permiso de Operación y la inscripción ZONA DE ESTACIONAMIEN-TO y/o PARADERO. Artículo 30º.- 4. Asegurar la participación de sus conductores en el Curso de Educación y Seguridad Vial. Artículo 31º.- 6. Portar en lugar visible del parabrisa delantero la cal- comanía vigente del Seguro Obligatorio de Accidente de Tránsito (SOAT) Artículo 32º.- 9. Por razones de seguridad en horas nocturnas, se adoptarán las medidas necesarias para su seguridad y del vehículo (llevar un acompañante al costado del conductory adoptar las medidas de seguridad para el acompañante); el horario nocturno es comprendido entre las 19.00 horas hasta las 06.00 horas del día siguiente, salvo casos excep-cionales con autorización Municipal. Artículo 36º.- Los numerales 1 al 8 del artículo que se modifica se mantienen vigente. 9. Por prestar el servicio con Permiso de Operación vencido 10.Por permitir la prestación del servicio con lunas po- larizadas sin la autorización respectiva 11.Por permitir la prestación del servicio, produciendo ruidos estridentes como producto de equipo de sonido y/o sirenas 12.Por permitir la prestación del servicio portando lu- ces no reglamentadas 13.Por permitir la prestación del servicio portando stic- kers y/o calcomanías no Autorizadas. Artículo 37º.- 02. Usar audífonos o cualquier otro similar que distor- sione la audición, así como luces y/o accesorios no regla-mentados al interior del vehículo. Artículo 46º.- Ante la no-cancelación de la Papeleta de sanción por el termino máximo de 30 días, la Gerencia de Desarrollo Ur-bano dispondrá mediante Resolución Gerencial la captura e internamiento del vehículo en el depósito oficial de ve- hículos de la Municipalidad de Comas.Artículo 48º.- Las Sanciones y las infracciones B-03, B-15, B-17, B-18, B-20, B-24, B-25, B-26 y B-27, tendrán como sanción accesoria el internamiento del vehículo en el deposito oficial de vehículos de la Municipalidad de Co-mas. Artículo 48º-A.- Las sanciones y las infracciones A-04, A-10, A-11, A-12 y A-13, se aplicaran previo levantamiento de un acta, por el incumplimiento de las normas legales vigentes estipulado en el artículo 36º de la presente orde-nanza de parte del conductor; quien a la vez se compro- meterá al retiro de los accesorios no reglamentados del vehículo, según corresponda. El acta será firmada por el conductor y el Inspector Municipal de Transporte, con copia a la persona jurídica a donde pertenezca el conductor para la regularización co-rrespondiente. CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DEL REGLAMENTO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS A. INFRACCIONES A LA PERSONA JURÍDICA: A-03 Incorporar Unidades sin la Autorización Municipal .................................... 3.00 % UIT y Retiro de la Unidad A-04 Por permitir el servicio de vehículos autorizados sin Seguro Obligatorio de Accidente de T ransito (SOAT) .................................... 5.00 % UIT A-09 Por prestar el servicio con Permiso de Operación Vencido .................................... 5.00 % UIT A-10 Por permitir la prestación del servicio con lunas polarizadas sin la autorización respectiva .................................... 2.00 % UIT A-11 Por permitir la prestación del servicio, produciendo ruidos estridentes como producto de equipo de sonido y/o sirenas ........................ 2.00 % UIT A-12 Por permitir la prestación del servicio portando luces no reglamentadas ............ 2.00 % UIT A-13 Por permitir la prestación del servicio portando stickers y/o calcomanías no autorizadas .................................... 2.00 % UIT B. INFRACCIONES DEL CONDUCTOR B-02 Prestar servicio con audífonos u otros similares ..................... 3.00 % UIT B-03 Por no haber participado en el Curso de Educación y Seguridad Vial ............ 3.00 % UIT B-05 Poner en riesgo la seguridad e integridad física de los pasajeros .................... 1.00 % UIT B-08 Detenerse a la espera de pasajero en áreas publicas no autorizados y/o Zona rígidas .................................... 1.00 % UIT B-11 Prestar el servicio sin cuidar la apariencia y el aseo personal ...................... 1.00 % UIT B-13 Dejar o tomar pasajero en el centro de la calzada o en lugares que atenten contra su integridad física .................................... 1.00 % UIT B-14 Prestar el servicio sin portar la credencial de conductor correspondiente ......... 1.00 % UIT B-16 Presta servicio con el chasis y tolderas deterioradas o sucias ......................... 1.00 % UIT B-17 En horario diurno conducir con persona (s) al costado de su asiento (entre las 06:00 horas hasta las 19:00 horas del día) sin contar con la autorización respectiva .................................... 3.00 % UIT B-20 Por no haber obtenido la Credencial del conductor .................... 5.00 % UIT C. INFRACCIONES DE LOS VEHÍCULOS NO AUTORIZADOS C-01 Por prestar servicio sin pertenecer a una persona jurídica debidamente autorizada (por primera vez) .................................... 5.00 % UIT C-02 Por reincidencia a la infracción C-01 .................................... 1.00 % UIT Artículo Segundo.- FACULTAR, a la Gerencia de De- sarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Tránsito y Transportes la regularización de la flota vehicular por zo-