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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G30/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 31 de enero de 2004 Artículo Segundo.- La vigencia de la inscripción de las sociedades de auditoría en el Registro de Sociedades calificadas para la designación y contratación de auditorías en las entidades sujetas a control es de un (1) año contadoa partir del día siguiente de la comunicación de la aprobación de la inscripción. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría la supervisión de lo autorizado en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 0209040 RAUL SOMOCURCIO Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 0149 A uditoría Financiera y Auditoría de Gestión 41 RIMAC & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 0081 A uditoría Financiera y Auditoría de Gestión 42 ROSALES BENAVIDES Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 0299 A uditoría Financiera y Auditoría de Gestión 43 SANDOVAL ALIAGA CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL 0304 A uditoría Financiera y Auditoría de Gestión 44 SUAREZ AUDITORES & ASOCIADOS S. CIVIL 0432 Audito ría Financiera 45 TOLEDO Y LEZAMA CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL 0126 A uditoría Financiera y Auditoría de Gestión 46 UMAR AUDITORES ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 0249 A uditoría Financiera y Auditoría de Gestión 47 URBANO TOLEDO Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 0435 A uditoría Financiera y Auditoría de Gestión 48 URBIZAGÁSTEGUI, RIVAS & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 0153 A uditoría Financiera y Auditoría de Gestión 49 URIOL Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL 0381 A uditoría Financiera y Auditoría de Gestión 50 VALERA & ASOCIADOS CONTADORES PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL 0098 Audito ría Financiera 51 VENERO & ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL 0041 A uditoría Financiera y Auditoría de Gestión 52 VERA & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL- AUDITORES CONSULTORES 0018 Audito ría Financiera 53 VICTOR PISCOYA Y ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS 0071 A uditoría Financiera y Auditoría de Gestión 54 VIGO CONCHA CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL 0066 A uditoría Financiera y Auditoría de Gestión 55 VILA TAPIA TORRES Y ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS 0161 A uditoría Financiera y SOCIEDAD CIVIL Auditoría de Gestión 56 YARASCA, ALVAREZ Y ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS 0088 Audito ría Financiera SOCIEDAD CIVIL Nº SOCIEDAD CÓDIGO DE CAP ÍTULO REGISTRO /G53/G65/G70/G61/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G61/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/GD3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G42/G65/G6C/G6C/G61/G76/G69/G73/G74/G61/G2C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 032-2004-CG Lima, 29 de enero de 2004 Vistos, la Hoja de Recomendación Nº 060-2003-CG/ OCI emitida por la Gerencia de Órganos de Control Institu-cional de la Contraloría General de la República y el Infor-me de Supervisión Nº 014-2003-CG/OCI sobre la gestióndel Titular del Órgano de Control Institucional - OCI de laMunicipalidad Distrital de Bellavista, período enero 2000 -diciembre 2002; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Controly de la Contraloría General de la República, la designacióny la separación definitiva de los Jefes de los Órganos deControl Institucional, se efectúa por este Organismo Supe-rior de Control, de acuerdo a los requisitos, procedimien-tos, incompatibilidades y excepciones que establezca paratal efecto; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 114- 2003-CG se aprobó el Reglamento de los Órganos deControl Institucional, estableciéndose en el numeral 2.1 de su Primera Disposición Transitoria, que la separa-ción definitiva del Jefe del Órgano de Control Institu-cional, se efectúa por la Contraloría General medianteResolución de Contraloría publicada en el Diario Ofi-cial El Peruano; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 32º de la Ley Nº 27785 y los artículos32º, 33º y 34º del Reglamento de los Órganos de Con-trol Institucional, se procedió a efectuar la evaluacióndel Titular del Órgano de Control Institucional de laMunicipalidad Distrital de Bellavista y el desempeñofuncional de su Jefatura, habiéndose comunicado porOficio Nº 376-2003-CG/OCI del 1 de junio de 2003, asu titular CPC Miguel Wong Espinoza, los resultadosde la evaluación realizada a su desempeño funcionalcon el propósito que presente sus aclaraciones y/o co-mentarios; Que, evaluados los descargos alcanzados por el CPC Miguel Wong Espinoza mediante comunicación,de fecha 12 de junio de 2003, ha quedado establecidoque su desempeño funcional como Jefe del Órgano deControl Institucional de la Municipalidad Distrital deBellavista no resulta satisfactorio, en tanto no se haajustado a los lineamientos y disposiciones emitidas porla Contraloría General de la República en materia decontrol gubernamental, en su condición de ente técni-co rector del Sistema Nacional de Control; habiéndosedeterminado de la evaluación realizada que, los PlanesAnuales de Control de los años 2000, 2001 y 2002 no