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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G30/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 31 de enero de 2004 pectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 1 al 11de febrero del 2004, para los fines a que se contrae la par- te considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán financiados por el Acuer- do de Gestión de Servicios PER/01/801, celebrado entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Orga-nización de Aviación Civil Internacional-OACI, de confor- midad con la Autorización de Beca Int. Nº 001-01-2004, de acuerdo a los siguientes términos: - Viáticos (por dos personas) US$ 4,840.00 - T.U.U.A. (por dos personas) US$ 56.48 - Pasajes (por dos personas) US$ 1,000.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el via- je, los funcionarios mencionados en el artículo 1º deberánpresentar un informe detallado al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las accio-nes realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otor- ga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de- rechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 01978 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 043-2004-MTC/02 Lima, 28 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, establecien- do que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán apro-bados por resolución suprema refrendada por el Presiden- te del Consejo de Ministros y el Ministro del sector corres- pondiente, con excepción de los sectores de RelacionesExteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba-rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por laDirección General de Aeronáutica Civil como dependencia espe- cializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares internacionales aeronáuticos es- tablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada alPerú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspecciones técni-cas a los explotadores aéreos en el país, basado en las dis- posiciones establecidas en el citado Convenio y en los están- dares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, apro- bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los Inspectores debidamente identificadosa que refiere la Ley son competentes, según su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de lasautorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la condición de aeronavegabilidad de las aerona- ves, que es requisito indispensable para garantizar la se-guridad de las operaciones aéreas, se evalúa, entre otras formas, a través de las inspecciones técnicas a las mis- mas, las que se realizan en los talleres de mantenimientoautorizados, ubicados en el extranjero; Que, con Cartas Star Up GG-005/04, Star Up GG-006/04 y Star Up GG-008/04, del 8, 13 y 19 de enero del 2004 respec-tivamente, en el marco del Procedimiento Nº 11 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Inspección Técnica a Aeronaves), establecido en el Texto Úni-co de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la empresa Star Up S.A. solicita a la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, efectuar las inspecciones técni- cas por expedición de certificado de aeronavegabilidad de las aeronaves cuyas matrículas son F-GIXA, F-GGVQ y F-GIXO,en la ciudad de París, República de Francia, durante los días 1 al 5 de febrero del 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 187 y 212, la solicitante ha cumplido con el pago del dere- cho de tramitación correspondiente al Procedimiento precita- do; Que, el referido pago está destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspección, el cual es íntegramente finan- ciado por la empresa operadora, incluyendo el pago de los viá-ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, de lo que se con- cluye que dicho viaje no afecta el erario del Estado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que el citado viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pago de los respectivos gastos se efectúa a la Dirección de Tesorería delMinisterio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección Ge- neral de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órdenes de Inspec-ción Nºs. 0025-2004-MTC/12.04-SDA y 0026-2004-MTC/12.04- SDA designando a los Inspectores Alejandro Alva Panduro y Álvaro Eduardo Balarezo Jenssen, para realizar inspeccionestécnicas por expedición de certificado de aeronavegabilidad a las aeronaves de matrículas F-GIXA, F-GGVQ y F-GIXO de la empresa Star Up S.A., en la ciudad de París, República deFrancia, durante los días 1 al 5 de febrero del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funcio- nes que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pue- dan realizar las inspecciones técnicas a que se contraenlas Órdenes de Inspección Nºs. 0025-2004-MTC/12.04- SDA y 0026-2004-MTC/12.04-SDA; De conformidad con las Leyes Nº 27261, Nº 27619, Nº 27791 y Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Alejan- dro Alva Panduro y Álvaro Eduardo Balarezo Jenssen, Ins-pectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de París, República de Francia, durante los días 1 al 5 defebrero del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sido íntegramente cubierto por la empresa Star Up S.A. a tra-vés de los Recibos de Acotación Nºs. 187 y 212, de acuer- do al siguiente detalle: Viáticos (por dos personas) US$ 2,600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto (por dos personas) US$ 56.48 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspecto- res mencionados en el artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un in- forme al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Ge-neral de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.