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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G33/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 16 de febrero de 2004 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el representante dePROMPEX, autorizado mediante el Artículo 1º de la pre-sente Resolución, presentará al Titular de la entidad un in-forme detallado sobre las acciones realizadas y los logrosobtenidos en el evento al que asistirá. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros deninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 03107 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72 /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G53/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G72/G6F/G6E/G74/G65/G72/G69/G7A/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G45/G75/G72/G6F/G70/G65/G61/G20/G79/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 045-2004-MINCETUR/DM Lima, 13 de febrero de 2004 Visto el Memorándum Nº 065-2004-MINCETUR/VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior; CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MIN- CETUR define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la po-lítica de comercio exterior y de turismo; asimismo está en-cargado de la regulación del comercio exterior. En tal sen-tido, debe llevar a cabo negociaciones comerciales inter- nacionales; Que, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, se llevará a cabo del 18 al 20 de febrero de2004, el "Seminario sobre Cooperación Transfronterizaen la Unión Europea y la Comunidad Andina de Nacio-nes", organizado por la Agencia Española de Coopera-ción Internacional - AECI y la Secretaría de Relacionescon la Unión Europea y Cooperación Exterior, que sellevará a cabo en el Centro Iberoamericano de Forma-ción - CIF de dicho país; Que, la Agenda de dicho Seminario considera el análisis específico del tema de desarrollo fronterizo entre Perú yEcuador, que viene siendo materia de trabajo en la actuali-dad, en el cual tiene especial participación la Cooperaciónde la Unión Europea; asimismo se analizará la actuación dela Comunidad Andina de Naciones - CAN, en el ámbito de laCooperación Transfronteriza, tema fundamental en el desa-rrollo conjunto de los países de la CAN que tienen proyec-tos de desarrollo comunes, los cuales serán evaluados; Que, tales asuntos son de interés para el país, en el marco de las negociaciones comerciales internacionales,razón por la cual es necesario autorizar la participación deun representante del Sector en el evento mencionado; Que, los gastos por concepto de alojamiento y manu-tención serán financiados por la Agencia Española de Co- operación Internacional - AECI; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2004 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Julián Gamero Alania, Director de Asuntos Bilaterales y Técnicos, de laDirección Nacional de Integración y Negociaciones Comer-ciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Ex-terior, a la ciudad de Cartagena de Indias, República deColombia, del 17 al 21 de febrero de 2004, a fin de queparticipe en el Seminario a que se refiere la parte conside-rativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo delMinisterio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo alsiguiente detalle: Pasajes US$ 414,00 Tarifa CORPAC US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario si- guientes a la realización del viaje, el funcionario autorizadomediante el Artículo 1º, presentará al Titular del Sector uninforme detallado sobre las acciones realizadas y los lo-gros obtenidos en el evento al que asistirá y la correspon-diente rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no li- bera ni exonera del pago de impuestos o de derechosaduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 03113 DEFENSA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/GF3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G2D /G63/G72/G65/G74/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G48/G75/G6D/G61/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G6F/G63/G74/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G46/G75/G65/G72/G7A/G61/G73/G41/G72/G6D/G61/G64/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 252-2004-DE/SG Lima, 13 de febrero de 2004Vistos el Acuerdo de Cooperación Interinstitucional en- tre el Ministerio de Defensa y el Comité Internacional de laCruz Roja (CICR), suscrito el 11 de julio del 2002; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de los cuatro Convenios de Gi- nebra de 1949 y sus dos Protocolos Adicionales de 1977,