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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (16/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G33/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 16 de febrero de 2004 Que, mediante Memorándum Nº 941-2003-SUNARP- Z.R.Nº IX/GBM, de fecha 6 de octubre del 2003, se informaa la Oficina Legal de la Zona Registral IX - Sede Lima sobrela solicitud de inscripción del Título Nº 176097, de fecha 16de setiembre del 2003, presentado por don Orlando JohnAranda Cárdenas, ante el Registro de Propiedad Vehícular,la cual está referida al Contrato de Compra Venta del vehí-culo de Placa de Rodaje Nº EO-6220, suscrito entre donJosé Luis Rivero Rodríguez y doña Nelly Elena Matute Miku-lak como vendedores, y don Orlando John Aranda Cárde-nas como comprador, documento supuestamente certifica-do por el Notario Público de Lima, doctor Juan FranciscoGutiérrez Miraval, quien mediante carta de fecha 23 desetiembre del 2003, manifiesta que la firma y sellos que apa-recen en dicho documento no son auténticos; Que, mediante Memorándum Nº 932-2003-SUNARP- Z.R.Nº IX/GBM, de fecha 2 de octubre del 2003, se informaa la Oficina Legal de la Zona Registral IX - Sede Lima sobrela solicitud de inscripción del Título Nº 166974, de fecha 3de setiembre del 2003, presentado por don Juan ManuelPeralta Salinas ante el Registro de Propiedad Vehícular, lacual está referida a la primera inscripción del vehículo Ca-mioneta Panel, modelo HOMY DX, motor Nº QD32-011967y Nº de serie VWGE24-010646, en la que se adjunta uncertificado policial de identificación vehícular Nº 32004, defecha 21 de agosto del 2003, documento supuestamenteexpedido por la División de Prevención de Robo de Vehícu-los- OFITEL; mediante Oficio Nº 892-03-VII DIRTEPOLL-PNP/JEFTRA-DIPROVE-OFITEL-J, de fecha 25 de setiem-bre del 2003, el Jefe del Departamento de OFITEL mani-fiesta que dicho certificado no es auténtico; Que, mediante Memorándum Nº 931-2003-SUNARP- Z.R.Nº IX/GBM, de fecha 2 de octubre del 2003, se informaa la Oficina Legal de la Zona Registral IX - Sede Lima sobrela solicitud de inscripción del Título Nº 167804, de fecha 4de setiembre del 2003, presentado por don Juan ManuelPeralta Salinas ante el Registro de Propiedad Vehícular, lacual está referida a la primera inscripción del vehículo Ca-mioneta Panel, modelo CARAVAN DX, motor Nº QD32-104709 y Nº de serie VWMGE24-805791, en la que se ad-junta un certificado policial de identificación vehícular Nº31006, de fecha 28 de agosto del 2003, documento supues-tamente expedido por la División de Prevención de Robo deVehículos - OFITEL; mediante Oficio Nº 865-03-VII DIRTE-POLL-PNP/JEFTRA-DIPROVE-OFITEL-J, de fecha 18 desetiembre del 2003, el Jefe del Departamento de OFITELmanifiesta que dicho certificado no es auténtico; Que, mediante Memorándum Nº 928-2003-SUNARP- Z.R.Nº IX/GBM, de fecha 2 de octubre del 2003, se informaa la Oficina Legal de la Zona Registral IX - Sede Lima sobrela solicitud de inscripción del Título Nº 158765, de fecha 22de agosto del 2003, presentado por don Juan Pedro BonillaZavaleta ante el Registro de Propiedad Vehícular, la cualestá referida al Contrato de Compra Venta del vehículo dePlaca de Rodaje Nº RIJ-414, suscrito entre don RicardoEnrique Aguilar Flores como vendedor, y don Yuri VladimirJoaquín Nolasco como comprador, documento supuesta-mente certificado por el Notario Público de Yauli- Junín, doc-tor Hugo Sánchez Baltazar, quien mediante carta de fecha27 de setiembre del 2003, manifiesta que la firma y sellosque aparecen en dicho documento son falsos; Que, mediante Memorándum Nº 924-2003-SUNARP- Z.R.Nº IX/GBM, de fecha 1 de octubre del 2003, se infor-ma a la Oficina Legal de la Zona Registral IX - Sede Limasobre la solicitud de inscripción del Título Nº 168867, defecha 5 de setiembre del 2003, presentado por doña HenyGarcía Pezo de León ante el Registro de Propiedad Vehí-cular, la cual está referida a la primera inscripción del vehí-culo Camioneta Panel, modelo HIACE SUPER LONG DX,motor Nº 3L-3014222 y Nº de serie LH123-00100733, enla que se adjunta una Declaración Única de Aduanas Nº172 2003 10 022568 01 9 00, de fecha 26 de junio del 2003,documento supuestamente expedido por la Agencia deAduanas DAHAL S.A.C.; mediante Oficio Nº 1474-2003-SUNAT-ADUANAS/3G0120, de fecha 17 de setiembre del2003, la Intendencia de Aduana de Tacna manifiesta quedicha documentación es falsa; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicita- do por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, ensu Oficio Nº 2065-2003-JUS/PPMJ, de fecha 10 de noviem-bre del 2003, y en virtud de los antecedentes que se despren-den del Oficio Nº 724-2003-SUNARP Z.R.Nº IX/OL, de fe-cha 5 de noviembre del 2003, y con el objeto de reunir laspruebas de la realización del delito y las circunstancias enque se han realizado, corresponde recurrir a la vía judicialpara establecer la distinta participación que hayan tenidolos autores y otros en la ejecución del mismo; y,De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De-creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacióny Defensa del Estado en Juicio, modificado por DecretoLey Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientes enforma individual contra las siguientes personas: 1.- Jorge Luis, ROJAS FALEN 2.- Alexander Javier, HUALPA CONGONA3.- Hugo Alejandro, LUCCHINI PAREDES4.- Genaro Reinerio, CASTAÑEDA AYAY5.- Julio César, ZURITA BALTAZAR6.- Orlando John, ARANDA CÁRDENAS7.- Juan Manuel, PERALTA SALINAS8.- Juan Pedro BONILLA ZAVALETA9.- Heny GARCÍA PEZO DE LEÓN y, contra los que resulten responsables conforme a los fun- damentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso a la Procuradora Pública men-cionada, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 03141 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 062-2004-JUS Lima, 11 de febrero de 2004 Visto el Oficio Nº 1063-2002-JUS/PPMJ de fecha 12 de julio de 2002, de la Procuraduría Pública a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO:Que, mediante Memorándum Nº 104-2002-ORLC-GBM, de fecha 21 de enero de 2002, la Gerencia de Bienes Mue-bles informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral deLima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX- Sede Lima, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº205660, de fecha 28 de noviembre de 2001, presentadapor don Rommel Pedro Calderón Orihuela, ante el Regis-tro de Propiedad Vehicular, en el que se adjunta el Contra-to de Trabajo suscrito entre don Andrés Ponce Carbajal yde la otra parte don Genaro Chavesta Salazar, Carta deGarantía Nº 105-2001 de don Andrés Ponce Carbajal de lafabricación de un remolque a don Genaro Chavesta Sala-zar de fecha 25 de noviembre de 2002, Certificado de Fabri-cación Nº 105-2001, que otorga don Andrés Ponce Sala-zar a don Genaro Chavesta Salazar de fecha 25 de no-viembre de 2001, Carta Poder de don Genaro ChavestaSalazar a favor de don Rommel Pedro Calderón Orihuela,documentos supuestamente certificados por el NotarioPúblico de Lima, Dr. Aníbal Corvetto Romero, quien me-diante Oficio s/n de fecha 9 de enero de 2002, manifiestaque los sellos y la firma que aparecen en dicha certifica-ción no corresponden a su despacho notarial; Que, mediante Memorándum Nº 103-2002-ORLC-GBM, de fecha 21 de enero de 2002, la Gerencia de Bienes Mue-bles informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral deLima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX- Sede Lima, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº5190, de fecha 9 de enero de 2002, presentada por donCruz Antonio Martínez Alba ante el Registro de PropiedadVehicular, en el que se adjunta la Cláusula Adicional defecha 22 de agosto de 2001 y la copia de la Libreta Electo-ral Nº 09977565 de don Martín Eduardo P. Córdova, docu-mento supuestamente certificado por el Notario Público deLima, Dr. Elvito Rodríguez Domínguez, quien medianteOficio s/n de 14 de enero de 2002, manifiesta que la firma