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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (16/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G33/G37/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 16 de febrero de 2004 Emisión : VIDEO: 5M45C3F AUDIO: 50K0F3E Potencia Nominal del Transmisor : VIDEO: 0.10 KW. AUDIO: 0.01 KW. Ubicación de la Estación :- Estudios : Av. Mar tinelly Nº 134, distrito y provincia de Andahuaylas, departa-mento de Apurímac. Coordenadas Geográficas : Longitud Oeste: 73° 23' 14" Latitud Sur : 13° 34' 11" - Planta : Cerro San José , carretera rumbo al aeropuerto Km. 6, distrito y provin-cia de Andahuaylas, de departamen-to de Apurímac. Coordenadas Geográficas : Longitud Oeste: 73° 22' 22" Latitud Sur : 13° 39' 37" Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 71 dB µV/m. El plazo de la autorización y el permiso concedidos se computarán a partir del día siguiente de publicada la pre-sente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instalación y pruebade doce (12) meses, improrrogables, dentro del cual la titularde la autorización está obligada a instalar los equipos necesa-rios y realizar las pruebas de funcionamiento respectivas. Asimismo, y hasta antes de sesenta (60) días calen- dario previos a la terminación de dicho período, el titular dela autorización deberá solicitar la respectiva inspeccióntécnica a fin que se verifique el estado de las instalacionesy practique las pruebas de funcionamiento respectivas. En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas la autorización otorgada quedará sin efecto. Artículo 3º.- El titular de la autorización está obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusión autorizadoacorde a las características técnicas indicadas en el artí-culo 1º de la presente resolución, las cuales sólo podránser modificadas previa autorización del Ministerio. Bajo ninguna circunstancia, podrá aumentarse la po- tencia nominal del transmisor consignada en el artículo 1ºde la presente resolución. Asimismo, la modificación de lafrecuencia asignada sólo podrá efectuarse en los casosprevistos en el artículo 196º del Reglamento General de laLey de Telecomunicaciones. Del mismo modo, los equipos instalados en la estación del servicio autorizado deberán estar debidamente homo-logados por este Ministerio. Artículo 4º.- La modalidad educativa, en la cual se au- toriza el servicio de radiodifusión, no podrá ser modificadabajo ninguna circunstancia, caso contrario se dejará sinefecto la autorización otorgada. Artículo 5º.- Dentro de los treinta (30) días de notifica- da la presente resolución, la titular de la autorización efec-tuará el pago correspondiente al canon anual y publicaciónde la presente resolución, caso contrario la autorizaciónquedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de queel Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 6º.- La autorización a que se contrae la presen- te resolución se sujeta a las disposiciones legales y regla-mentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, de-biendo adecuarse a las normas modificatorias y comple-mentarias que se expidan. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 03079 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 019-2004-MTC/03 Lima, 6 de febrero del 2004 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 155º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizacionesdel servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o alternativamente mediante concurso público de ofertas; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 222-2003- MTC/03 se aprueba las Bases para el Concurso Públicode Ofertas para el otorgamiento de autorizaciones del ser-vicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada ypor Televisión en VHF en las localidades de Ayacucho,Cajamarca, Ilo, Juliaca, Moquegua, Puno, Tarapoto-Lamas,Abancay, Andahuaylas, Camaná, Jaén, Mollendo, Pacas-mayo, Pedregal-Majes, Puerto Maldonado, Quillabamba, Sicuani, Tacna y Talara; Que, a mérito a la Resolución Viceministerial Nº 222- 2003-MTC/03, se llevó a cabo el Concurso Público de Ofer-tas Nº 002-2003-MTC/17, los días 25 y 26 de agosto de2003, otorgándose la Buena Pro para la autorización delservicio de radiodifusión por Televisión, en la modalidadeducativa, en la banda VHF, para la localidad de Sicuani, ala ASOCIACION CULTURAL BETHEL, según consta en elActa del acto público del referido concurso; Que, en el numeral 22 de las referidas Bases del Con- curso se estableció que, bajo ninguna circunstancia seríaposible el cambio de modalidad de operación del serviciode radiodifusión de Educativa a Comercial, ello en razóndel tratamiento preferencial que la modalidad Educativamereció en dicho concurso público; Que, la autorización para la prestación del servicio de radiodifusión se otorga por Resolución del Viceministro deComunicaciones, según lo previsto en el artículo 144º delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones mediante Informe Nº 121-2003-MTC/17.01.ssr, considera que la ASOCIACION CULTURALBETHEL ha cumplido con la obligación señalada en lasBases del Concurso y la presentación de la información ydocumentación establecida en el Reglamento General dela Ley de Telecomunicaciones y en el Texto Único de Pro-cedimientos Administrativos de este Ministerio, emitiendoopinión técnica y legal favorable para que se le otorgue laautorización correspondiente; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº013-93-TCC; su Reglamento General aprobado por DecretoSupremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerioaprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la Re-solución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba lasNormas Técnicas del Servicio de Radiodifusión; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, autorización y permiso de instalación por el pla-zo de diez (10) años, para establecer y operar una esta-ción del servicio de radiodifusión por Televisión educativaen VHF, en la localidad de Sicuani, provincia de Canchis,departamento de Cusco, conforme a las siguientes carac-terísticas técnicas de operación: Frecuencia : Banda I Video: 67.25 MHz.Audio: 71.75 MHz. Canal : 4Indicativo : OCS-7MEmisión : Video: 5M45C3F Audio: 50K0F9W Potencia Nominal delTransmisor : 0.25 KW. Ubicación de la estación : Estudios : Jr. 6 de J ulio S/N, distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamentode Cusco.Coordenadas:Longitud Oeste : 71° 13' 40"Latitud Sur : 14° 16' 02" Planta : Cerro Leche Mocco, Comunidad Chu- moc, distrito de Sicuani, provincia deCanchis, departamento de CuscoCoordenadas:Longitud Oeste : 71° 14' 20"Latitud Sur : 14° 15' 16" Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 68 dB µV/m.