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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G38/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 21 de febrero de 2004 Vistos, el Informe Técnico Nº 008-2004-MEM-OGA/ABA y el Informe Legal Nº 057-2004-MEM/OGAJ, que susten-tan la exoneración del Ministerio de Energía y Minas delProceso de Concurso Público para la contratación del ser-vicio de publicación de normas legales y avisos de proce-sos de selección en el Diario Oficial El Peruano, de confor- midad con lo establecido por el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PCM; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 109º de la Constitución Política del Perú, la Ley es obligatoria desdeel día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, salvodisposición contraria de la misma Ley que posterga su vi-gencia en todo o en parte; por lo que se deberá publicar en el Diario Oficial El Peruano, las leyes y las demás normas que emitan las diversas entidades del Estado; Asimismo, el Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento,aprobados por Decretos Supremos Nº 012-2001-PCM yNº 013-2001-PCM, respectivamente, establecen que los avisos de las etapas de convocatoria, otorgamiento de bue- na pro, prórroga o postergación del proceso y declaratoriade desierto de toda Licitación Pública, Concurso Público oAdjudicación Directa Pública, deberán publicarse en el Dia-rio Oficial El Peruano y en uno de circulación nacional olocal donde se realice el proceso de selección correspon- diente; Que, el literal h) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,señala que están exoneradas de los procesos de Licita-ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalísimos, de acuerdo a loque establezca su Reglamento; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por elDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificado por De- creto Supremo Nº 041-2003-PCM, establece que se en- cuentran expresamente incluidos en la clasificación de ser-vicios personalísimos los servicios de publicidad que pres-tan al Estado los medios de comunicación televisiva, ra-dial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, enatención a las características particulares que los distin- guen; Que, de los informes del visto y de la normatividad vi- gente, se tiene que existe una obligación legal de realizarlas publicaciones de las normas legales y de los avisos deprocesos de selección en el Diario Oficial El Peruano, ha-biéndose configurado la causal prevista en el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, al ser consideradoéste un servicio personalísimo debido a las característicasparticulares del Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 114º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que la facul- tad de aprobación de las exoneraciones no puede ser de-legada por los titulares de las entidades del Sector Público,conforme se establece en el artículo 20º del citado TextoÚnico Ordenado; De conformidad con lo dispuesto en el literal h) del artí- culo 19º y en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; y, los artí-culos 111º y 114º de su Reglamento, aprobado por Decre-to Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Ministerio de Energía y Mi- nas, del proceso de Concurso Público para la contratacióndel servicio de publicaciones de normas legales y avisos de procesos de selección en el Diario Oficial El Peruano, por las razones expuestas en la parte considerativa de lapresente Resolución Ministerial, disponiendo que sea rea-lizada mediante la modalidad de Adjudicación de MenorCuantía en el plazo y monto detallados a continuación:SERVICIO PERÍODO VALOR FUENTE DE REFERENCIAL FINANCIAMIENTO Publicación de Normas De febrero a S/. 200 000,00 09-Recursos Legales y Avisos de diciemb re de (Doscientos Mil y Directamente Procesos de Selección 2004 . 00/100 Nuevos Recaudados en el Diario Oficial El Soles). 00-Recursos Peruano. Ordinarios Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Adminis- tración del Ministerio de Energía y Minas a realizar las ges-tiones necesarias para la contratación a que se refiere elartículo anterior. Artículo 3º.- Encargar a la Oficina General de Ad- ministración, la remisión de una copia de la presente Resolución y de los documentos del visto a la Contra- loría General de la República, dentro de los diez (10)días calendario siguientes a la fecha de su aprobación,conforme a lo dispuesto por el artículo 20º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 012-2001-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 03601 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6C/G69/G73/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 /G63/G75/G79/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G72/GE1/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G64/G65/G76/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G47/G56/G20/G65/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G2D/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G2D/G73/G61/G20/G4D/G69/G6E/G65/G72/G61/G20/G53/G75/G6C/G6C/G69/G64/G65/G6E/G20/G53/G68/G61/G68/G75/G69/G6E/G64/G6F/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 051-2004-MEM/DM Lima, 17 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, la empresa MINERA SULLIDEN SHAHUINDO S.A.C. mediante escrito Nº 1434076 solicitó al Ministeriode Energía y Minas la suscripción de un Contrato de Inver- sión en Exploración, adjuntado la lista de bienes y servi- cios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolucióndel Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promo-ción Municipal a los titulares de la actividad minera durantela fase de exploración; Que, por Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se apro- bó el Reglamento de la Ley Nº 27623, modificada por la Ley Nº 27662, que dispone la devolución del ImpuestoGeneral a las Ventas e Impuesto de Promoción Munici-pal a los titulares de la actividad minera durante la fasede exploración; Que, el inciso c) del artículo 6º del Reglamento antes referido dispone que el detalle de la lista de bienes y servi- cios se aprobará mediante Resolución Ministerial del Mi-nisterio de Energía y Minas, previa opinión favorable delMinisterio de Economía y Finanzas para cada Contrato deInversión en Exploración; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Oficio Nº 028-2004-EF/10, de fecha 16 de enero de 2004, emitió opinión favorable a la lista de bienes y servicios cuyaadquisición otorgará el derecho a la devolución del ImpuestoGeneral a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal afavor de la empresa MINERA SULLIDEN SHAHUINDOS.A.C.; Con la opinión favorable del Viceministro de Minas y de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía yMinas; De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 27623 modificadapor la Ley Nº 27662; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del