Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2004 (21/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 21 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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ARTICULO 6. REGLAMENTO DE DANOS Cada Parte renuncia, en relacion con la otra Parte, a cualquier pedido de indemnizacion en el caso de perjuicios a su personal civil o militar y/o a sus bienes por el personal de la otra Parte en el MORDAZA o con motivo de la ejecucion del presente Convenio. No obstante, si el perjuicio resulta de una falta grave o intencional cometida por una Parte o por sus agentes, la indemnizacion esta a cargo de esta unica Parte. Los pedidos de indemnizacion por terceros en el caso de perjuicios de cualquier naturaleza ocasionados por el personal de una de las Partes son atendidos por la Parte en el territorio donde se produjo el perjuicio. Las consecuencias financieras como resultado de los perjuicios aqui mencionados son compartidos con igualdad por las Partes. No obstante, si el perjuicio resulta de una falta grave o intencional cometida por el personal de una de las dos Partes, la indemnizacion esta a cargo de esta unica Parte. Los pedidos de indemnizacion que resulten de la ejecucion de un contrato relativo al material MORDAZA de defensa firmado entre los industriales franceses y la Parte peruana son resueltos segun las condiciones establecidas en dicho contrato. ARTICULO 7. LITIGIOS Todo litigio referente a la interpretacion y a la ejecucion de este Convenio tecnico es resuelto por medio de consultas entre las Partes. ARTICULO 8. ENMIENDAS El presente Convenio tecnico puede ser enmendado en cualquier momento con el consentimiento mutuo y escrito de las Partes. ARTICULO 9. DENUNCIA El presente Convenio tecnico puede ser denunciado en cualquier momento por una u otra de las Partes mediante notificacion escrita dirigida a la otra Parte y con pre-aviso de seis (6) meses. ARTICULO 10. ENTRADA EN VIGENCIA, DURACION Y FIRMA El presente Convenio tecnico esta compuesto de diez (10) articulos. Entra en vigencia despues de la notificacion por la Parte peruana de haber cumplido con los requisitos legales vigentes en el Peru y permanece vigente por un periodo de cinco (5) anos. No obstante, las disposiciones de los articulos 3, 4, 6 y 7 permanecen vigentes aunque se denuncie el presente Convenio tecnico, y esto en forma ilimitada. El presente Convenio tecnico se firma por las Partes en dos (2) copias originales, en los dos idiomas espanol y MORDAZA, igualmente validos. Hecho en MORDAZA, el 16 de setiembre del 2003 El Ministro de Defensa de la Republica del Peru (Firma) Hecho en MORDAZA, el 6 de octubre del 2003 El Ministro de Defensa de la Republica de MORDAZA (Firma) 02955

SALUD
Aceptan renuncia de Jefe del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 195-2004/MINSA MORDAZA, 19 de febrero del 2004 Vista la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jefe del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Salud; De conformidad con lo previsto en el Articulo 34º del Decreto Legislativo Nº 276, Articulo 185º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Articulo 7º de la Ley 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jefe del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 03667

Aceptan renuncia de Asesores del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 196-2004/MINSA MORDAZA, 19 de febrero del 2004 Vista la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALCAZAR, al cargo de Asesor II, Nivel F-5, del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Salud; De conformidad con lo previsto en el Articulo 34º del Decreto Legislativo Nº 276, Articulo 185º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Articulo 7º de la Ley 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALCAZAR, al cargo de Asesor II, Nivel F-5, del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 03668 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 197-2004/MINSA MORDAZA, 19 de febrero del 2004 Vista la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA SOMOCURCIO MORDAZA, al cargo de Asesor II, Nivel F-5, del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Salud; De conformidad con lo previsto en el Articulo 34º del Decreto Legislativo Nº 276, Articulo 185º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Articulo 7º de la Ley 27594;

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