Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2004 (21/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 21 de febrero de 2004

- Antecedentes y base legal de la entidad Se indicara de manera breve y concisa, sobre la mision, naturaleza legal, precisando a que Pliego y Sector Presupuestario pertenece, regimen laboral, fecha y documentos de aprobacion del Cuadro de Asignacion de Personal - CAP y Presupuesto Analitico de Personal - PAP, funciones de la entidad; asi como las principales normas legales que MORDAZA de aplicacion, con el objeto de situar y mostrar apropiadamente el ambito tecnico y juridico que es materia de la actividad. Los Organos de Control Institucional de los Pliegos Presupuestarios, precisaran el regimen laboral y la fecha y documentos de aprobacion del Cuadro de Asignacion de Personal - CAP y Presupuesto Analitico de Personal - PAP de las Unidades Ejecutoras que han cumplido con remitir su respectivo informe. - Relacion de las Unidades Ejecutoras con Organos de Control Institucional Este rubro, corresponde solamente a los Organos de Control Institucional de los Pliegos Presupuestarios, que son los responsables de centralizar y consolidar los informes de las entidades bajo su ambito. Se mostrara, la relacion total de las Unidades Ejecutoras con Organos de Control Institucional, precisando cuales no han cumplido con remitir su respectivo informe, de acuerdo al cuadro, que se detalla a continuacion:
Nombre de la Unidad Ejecutora No Remitio

cumplimiento de las medidas de austeridad, racionalidad y disciplina presupuestaria. En el caso de los Organos de Control Institucional de los Pliegos Presupuestarios, de mencionarse logros significativos alcanzados en los informes remitidos por las Unidades Ejecutoras, se precisara claramente el nombre completo de la Unidad Ejecutora y los logros significativos alcanzados. II. CONCLUSIONES El Organo de Control Institucional establecera claramente si la entidad ha cumplido o no con las medidas de austeridad, racionalidad y disciplina presupuestaria durante el periodo examinado. En ambos casos se precisaran las razones que sustentan la opinion vertida, la conclusion debe ser firmada por el Jefe del Organo de Control Institucional. Para los Organos de Control Institucional del Pliego Presupuestario, emitiran ademas de la conclusion de su entidad, otra a nivel Pliego, sera firmada por el Jefe del Organo de Control del Pliego Presupuestario. El modelo de conclusion a nivel entidad, se presenta en el Anexo Nº 2 y el modelo de conclusion a nivel Pliego Presupuestario, se presenta en el Anexo Nº 3. III. FORMATOS Los Formatos forman parte de los Informes y seran llenados sobre la base de la informacion proporcionada por las Areas involucradas. Los Organos de Control Institucional constataran y evaluaran la informacion y establecera claramente si la entidad ha cumplido o no con las medidas de austeridad y racionalidad y disciplina presupuestaria en el recuadro correspondiente al Rubro "Conclusiones del Organo de Control Institucional", es de precisar que las conclusiones que se establezcan en los formatos tienen relacion directa con la conclusion final que se presenta en el Capitulo II. Para el caso de los Organos de Control Institucional de los pliegos presupuestarios, los formatos se presentaran consolidados en el respectivo informe, en el cual es que sera remitido a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos establecidos en la presente directiva. ANEXO Nº 1 ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE EVALUACION DE CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE AUSTERIDAD, RACIONALIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA I. COMENTARIOS. - Alcance de la Actividad. - Antecedentes y base legal de la entidad. - Relacion de las Unidades Ejecutoras con Organos de Control Institucional. (Solamente para los Organos de Control Institucional de los Pliegos Presupuestarios)
Nombre de la Unidad Ejecutora No Remitio

X

Se considerara, en el recuadro de No Remitio una X, por los Organos de Control Institucional omisos a la remision del respectivo informe. - Limitaciones para la ejecucion de la Actividad de Control. Se MORDAZA referencia en forma breve y concisa, de los hechos que han originando las limitaciones para la ejecucion de la Actividad de Control. Si los informes remitidos por las Unidades Ejecutoras revelan limitaciones, los Organos de Control Institucional de los Pliegos Presupuestarios precisaran claramente en el informe consolidado, el nombre completo de la Unidad Ejecutora y la limitacion. - Deficiencias que ameritan la programacion de una Accion de Control Se senalara si durante la ejecucion de la Actividad de Control, se evidenciaron debilidades de control interno significativas, incumplimientos a la normativa presupuestal, asi como hechos que hayan limitado el desarrollo de la Actividad. De acuerdo a lo estipulado en el rubro VIII numeral 2 de la Directiva, el Organo de Control Institucional sera responsable de incluir una Accion de Control no Programada dentro del ejercicio fiscal 2004. En el caso de los Organos de Control Institucional de los Pliegos Presupuestarios, de incluirse la programacion de una Accion de Control en los informes remitidos por las Unidades Ejecutoras, se precisara claramente el nombre completo de la Unidad Ejecutora y la programacion de la Accion de Control. - Reconocimiento de logros significativos alcanzados En este rubro, de presentarse el caso se mencionara en forma breve y concisa los logros significativos alcanzados por la entidad, relacionados exclusivamente con el

- Limitaciones para la ejecucion de la Actividad de Control. - Deficiencias que ameritan la programacion de una Accion de Control. - Reconocimiento de logros significativos alcanzados.

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