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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (21/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G38/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 21 de febrero de 2004 - Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004. - Ley Nº 27245 - Ley de Prudencia y Transparencia Fis- cal. - Decreto Supremo Nº 039-2000-EF - Reglamento de la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal. - Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. - Resolución de Contraloría Nº 162-95-CG y sus modi- ficatorias - Normas de Auditoría Gubernamental - NAGU. - Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG - Normas Técnicas de Control Interno y sus modificatorias. - Directiva Nº 002-2003-CG/PL - Plan Anual de Control para los Órganos de Control Institucional, aprobada porResolución de Contraloría Nº 331-2003-CG. - Directivas emitidas por los entes rectores de los Sis- temas de Administración Pública, que regulen o limiten elmanejo presupuestario de las entidades del Sector. V. VIGENCIA Entra en vigencia al día siguiente de su publicación y será de aplicación para el ejercicio presupuestal 2004. VI. DISPOSICIONES GENERALES 1. Los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades públicas comprendidas en los Pliegos Pre-supuestarios del Gobierno Nacional, Gobierno Regional yGobiernos Locales de la Ley Nº 28128 - Ley de Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, tienen la obligación de elaborar los informes de evaluación decumplimiento de las medidas de austeridad, racionalidad ydisciplina presupuestaria, con sujeción a las disposicionesde la presente Directiva; así como de remitir los informesdentro de los plazos previstos. 2. La Contraloría se encargará de consolidar los resul- tados de los Pliegos Presupuestarios, para su posteriorremisión a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Generaldel Congreso de la República y su publicación en la páginaWeb. VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS Obligatoriedad de la Actividad de Control: “Evalua- ción de Cumplimiento de las Medidas de Austeridad,Racionalidad y Disciplina Presupuestaria” 1. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 17º de la Ley Nº 28128, los Órganos de Control Institucional delas entidades comprendidas en los Pliegos Presupuesta-rios del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobier-nos Locales del Presupuesto Público, deberán considerardentro del Plan Anual de Control para el año 2004 y ejecu- tar trimestralmente, una Actividad de Control sobre la eva- luación de cumplimiento de las medidas de austeridad, ra-cionalidad y disciplina presupuestaria. 2. El objetivo de esta Actividad de Control consistirá en evaluar el cumplimiento de la aplicación de las medidas deausteridad, racionalidad y disciplina presupuestaria indi- cadas en el Capítulo II de la Ley Nº 28128 - Ley de Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004. Criterios Técnicos3. El enfoque de esta Actividad de Control se realizará considerando los lineamientos establecidos en las Normas Técnicas de Control Interno, normas presupuestarias y lasdirectivas específicas emitidas por las entidades, para elcumplimiento de las medidas de austeridad, racionalidad ydisciplina presupuestaria. Información a remitir y plazo de entrega 4. Como resultado de la evaluación de cumplimiento de las medidas de austeridad, racionalidad y disciplina presu- puestaria, los Órganos de Control Institucional deberánremitir un Informe elaborado de conformidad a los linea-mientos contenidos en la Guía de los Informes de Evalua- ción de Cumplimiento de las Medidas de Austeridad, Ra-cionalidad y Disciplina Presupuestaria , a cuyo efecto los Formatos que se incluye como Anexo Nº 4 se encuentrandisponibles en la página web de la Contraloría(www.contraloria.gob.pe). 5. Los Informes a nivel Pliego Presupuestario deberán ser presentados a la Contraloría, en forma impresa y en diskette considerando los plazos que se indican a conti- nuación: - El Informe de los meses de enero y febrero, su plazo de presentación es hasta el 15.Mar.2004. - El Informe de los meses de marzo, abril y mayo, su plazo de presentación es hasta el 15.Jun.2004. - El Informe de los meses de junio, julio y agosto, su plazo de presentación es hasta el 15.Set.2004. - El Informe de los meses de setiembre, octubre y no- viembre, su plazo de presentación es hasta el 15.Dic.2004. - El informe del mes de diciembre, su plazo de presen- tación es hasta el 15.Mar.2005. 6. Los Órganos de Control Institucional de los Pliegos Presupuestarios, serán responsables de centralizar yconsolidar los Informes de las entidades bajo su ámbito;excepto aquellos que por disposición expresa de la Con- traloría remitirán sus informes directamente considerando los plazos indicados en el punto anterior; para dicho efectocautelarán que los Órganos de Control Institucional de lasUnidades Ejecutoras, remitan hasta cinco (5) días hábilesantes de los plazos señalados en el numeral 5) de las Dis-posiciones Específicas a los Órganos de Control Institu- cional de su respectivo Pliego Presupuestario los resulta- dos de la evaluación de cumplimento de las medidas deausteridad, racionalidad y disciplina presupuestaria. 7. Los Órganos de Control Institucional de las Unida- des Ejecutoras, apoyarán a los Órganos de Control Institu-cional del Pliego Presupuestario, para el proceso de cen- tralización y consolidación de los informes, con un (1) miem- bro del equipo de profesionales que ha participado en laelaboración del respectivo informe; es de precisar que elapoyo es exclusivamente para el proceso de centraliza-ción y consolidación del Informe de Evaluación de Cumpli-mento de las Medidas de Austeridad, Racionalidad y Dis- ciplina Presupuestaria a nivel Pliego Presupuestario. 8. Los Órganos de Control Institucional del Pliego Pre- supuestario, emitirán el Informe de Evaluación de Cumpli-miento de las Medidas de Austeridad, Racionalidad y Dis-ciplina Presupuestaria, por su entidad de acuerdo a lo es-tablecido en la presente Directiva. Adicionalmente, emitirán un Informe de Evaluación de Cumplimiento de las Medidas de Austeridad, Racionalidady Disciplina Presupuestaria a nivel Pliego Presupuestario,que es resultado de consolidar el informe por su entidad ylos informes remitidos por las respectivas Unidades Eje-cutoras, el cual será remitido a la Contraloría, dentro de los plazos indicados en el numeral 5) de las presentes Dispo- siciones Específicas. VIII. DISPOSICIONES FINALES1. Los informes de Evaluación de Cumplimiento de las Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presu- puestaria de las Unidades Ejecutoras, serán archivadospor el Órgano de Control Institucional del Pliego Presupues-tario y estarán a disposición de la Contraloría cuando seanrequeridos. 2. Si durante la ejecución de la Actividad de Con- trol, se evidencian debilidades de control interno signi- ficativas, incumplimientos a la normativa presupuestalo hechos que limiten su desarrollo, el Órgano de Con-trol Institucional será responsable de incluir una Acciónde Control no Programada dentro del ejercicio fiscal2004. Para dicho efecto, coordinará con la unidad orgá- nica de línea correspondiente de la Contraloría, e infor- mará de su inicio mediante el Formato A-1 - “Progra-mación de Acciones de Control”, de acuerdo al proce-dimiento previsto en el literal H, numeral 2) de la Direc-tiva Nº 002-2003-CG/PL, ingresando el detalle de laAcción de Control en el Sistema de Auditoría Guberna- mental - SAGU y efectuará con la celeridad del caso, el correspondiente Examen Especial.