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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (21/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G38/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 21 de febrero de 2004 - Viáticos : US$ 900.00 - Pasajes : US$ 1,026.26 - Tarifa CORPAC : US$ 28.24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calen- dario siguientes a la realización del viaje, el represen- tante de PROMPEX, autorizado mediante el artículo 1º de la presente Resolución, presentará al Titular de laentidad un informe detallado sobre las acciones reali-zadas y los logros obtenidos en el evento al que asisti-rá. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 03679 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 055-2004-MINCETUR/DM Lima, 20 de febrero de 2004 Visto el Oficio Nº 058-2004-PROMPEX/DE, del Direc- tor Ejecutivo de la Comisión para la Promoción de Expor-taciones - PROMPEX; CONSIDERANDO: Que, PROMPEX tiene como finalidad, conforme a su Reglamento de Organización y Funciones aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, promoverlas exportaciones peruanas, facilitando y contribuyendoal posicionamiento y consolidación de los bienes y ser- vicios en el mercado internacional, a través de una ac- ción concertada con el sector privado y las diferentesinstituciones públicas relacionadas con el comercio ex-terior del país, buscando el desarrollo sostenible de lasexportaciones en base al crecimiento y diversificaciónde la oferta exportable peruana, la capacidad de gestión de las empresas exportadoras y la apertura y consolida- ción de los mercados de exportación; Que, entre las acciones que lleva a cabo PROMPEX, para la promoción de las exportaciones de bienes y ser-vicios peruanos y mejora de la oferta exportable, se en-cuentra su participación conjuntamente con empresas exportadoras peruanas, en Ferias Especializadas Inter- nacionales; Que, en tal sentido, PROMPEX ha programado su participación en la Feria MAGIC SHOW 2004, que sellevará a cabo del 23 al 26 de febrero del 2004 en la ciu-dad de Las Vegas, Nevada - Estados Unidos de Nortea- mérica, con el objetivo de promover la oferta exportable de productos del sector textil confecciones; Que, la Feria MAGIC SHOW, es el evento más im- portante de la industrial textil y de confecciones a nivelmundial, sirviendo de conexión entre un gran número decompradores y vendedores de dichos productos, así como la participación de las principales marcas o priva- te lebels, permitiendo establecer contacto con empre-sas proveedoras del servicio de sourcing en la modali-dad de paquete completo; Que, con fecha 4 de abril del 2003, PROMPEX sus- cribió un convenio de cooperación interinstitucional con el Instituto Peruano de Alpacas y Camélidos - IPAC, para la ejecución del Proyecto Articulación Comercial y Com-petitividad del Sector Textil Alpaquero de Arequipa; Que, en la ejecución del proyecto a que se refiere el considerando precedente, se tiene previsto promover anivel internacional la oferta exportable de la pequeña y mediana empresa deArequipa, para lo cual se ha planifi- cado la participación del Cluster Textil Alpaquero de Are-quipa a través del Instituto Peruano de Alpacas y Camé-lidos - IPAC; Que, por lo expuesto, PROMPEX ha propuesto que se autorice la participación de su representante, así como del representante del Instituto Peruano de Alpacas y Ca-mélidos - IPAC, en dicho evento, con la finalidad de realizar las coordinaciones técnicas y apoyo a empresas peruanasparticipantes, así como identificar y captar potenciales com-pradores para el evento PERÚ MODA 2004; Que, la Comisión para la Promoción de Exportacio- nes - PROMPEX, es un Organismo Público Descentrali- zado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MIN- CETUR, conforme al literal c) del artículo 6º de la LeyNº 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCE-TUR; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, modificada por la Ley Nº 27779, Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, e inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128- Ley de Presupuesto del Sector Público para el ejerciciofiscal 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Teresa Ichikawa Kimata, Gerente del Sector Textil, Confeccionesy Accesorios, de la Gerencia Central de Sectores Producti-vos de la Comisión para la Promoción de Exportaciones -PROMPEX y, del señor Hugo P acheco Canny, Gerente Téc- nico del Instituto Peruano de Alpacas y Camélidos - IPAC, a la ciudad de Las Vegas, Nevada - Estados Unidos deNorteamérica, del 22 al 27 de febrero del 2004, para losfines expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Pliego 008 Comisión para la Pro-moción de Exportaciones, del Sector 35 Comercio Exte-rior y Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Pro-moción de Exportaciones, Función 11 Industria, Comercioy Servicio, Programa 040 Comercio, Subprograma 0110 Promoción Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: Sra. Teresa Ichikawa Kimata:- Viáticos : US$ 900.00 - Pasajes : US$ 855.02 - Tarifa CORPAC : US$ 28.24 Sr. Hugo Pacheco Canny:- Viáticos : US$ 675.00 - Pasajes : US$ 1,142.52 - Tarifa CORPAC : US$ 28.24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el representante dePROMPEX y el representante del IPAC, autorizados me- diante el artículo 1º de la presente Resolución, presenta- rán al Titular de la entidad un informe detallado sobre lasacciones realizadas y los logros obtenidos en el evento alque asistirá. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 03680 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G2D /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G4E/G69/G63/G61/G72/G61/G67/G75/G61 /G79/G20/G48/G6F/G6E/G64/G75/G72/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G75/G61/G72/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4D/G69/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G6F/G6E/G69/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 053-2004-DE-SG Lima, 13 de febrero de 2004