Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2004 (07/07/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

Pag. 271950

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2004

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAMBOPATA
Declaran reversion de lote de terreno ubicado en el Asentamiento Humano "Los Cedros" y disponen cancelacion de inscripcion registral
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1015-2003-A-MPT-SG-DDCAAHH Puerto MORDAZA, 10 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Los actuados que obran en la original de la presente resolucion; RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR LA REVERSION, del lote de terreno ubicado en la Mz. 13-C lote Nº 21 el Asentamiento Humano "LOS CEDROS" adjudicado hace 15 anos mediante titulo de propiedad Nº 351-CPT-U-88 de fecha 15/ 12/88 al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, inscrita en el tomo 25, folio 91, partida XXIII, asiento 1 de la Oficina Registral de MORDAZA de MORDAZA, a favor de la Municipalidad Provincial de Tambopata: Por el Frente Por el lado Derecho Entrando Por el lado MORDAZA Entrando Por el Fondo Pj. MORDAZA Lote Nº 22 Lote Nº 20 Lote Nº 14 14.00 ml. 25.00 ml. 25.00 ml. 14.00 ml.

Articulo 3º.- DISPONER LA CANCELACION, de la inscripcion Registral ante la Oficina de los Registros Publicos de MORDAZA de MORDAZA de conformidad al Art. 26º del D.S. Nº 004-85-VC. Articulo 4º.- TRANSCRIBASE, la presente Resolucion a la Oficina de Registros Publicos de MORDAZA de MORDAZA, para fines de conocimiento e inscripcion correspondiente. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12603

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACAIPAMPA
Declaran nulidad de convocatoria de MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2004-MDP/CE-PVL
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 416-2004-MDP-A Pacaipampa, 28 de junio de 2004 VISTO: El Oficio Nº A-1073-2004(GTN/MON), emitido por CONSUCODE, mediante el cual se da a conocer que no se ha consignado la hora de la MORDAZA de propuestas en el Diario Oficial El Peruano, por lo que se estaria inobservando lo estipulado por el inciso c) del numeral 1.2.6 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 011-2001CONSUCODE/PRE;

Que, de conformidad con el MORDAZA parrafo del numeral 4 del articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, asi como los parrafos tercero y MORDAZA del numeral 3 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, las entidades solo pueden convocar y efectuar las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Publicas y Selectivas, que hayan sido previamente programadas y se encuentren incluidas en el PACC, con excepcion de las Adjudicaciones de menor cuantia, asi mismo de acuerdo al articulo 8º las Licitaciones, Concursos Publicos y Adjudicaciones no contenidas en el Plan deberan ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, para su inclusion en el mismo; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 49º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, todo MORDAZA de Seleccion, para que se considere valido, debe cumplir con determinadas etapas, las mismas que se encuentran comprendidas por la Convocatoria, Venta de Bases, MORDAZA de consultas, absolucion y aclaracion de Bases, Formulacion de Observaciones a las Bases e integracion de estas, MORDAZA y entrega de propuestas, Evaluacion de Propuestas y Otorgamiento de la Buena Pro; Que, si en el transcurso del desarrollo del MORDAZA de seleccion (en este Caso Adjudicacion Directa Publica) no se cumpliera con alguna de las Disposiciones que regulan el desarrollo de las etapas anteriormente mencionadas, se incurriria en nulidad de las etapas siguientes del proceso; en consecuencia, lo retrotrae al momento anterior a aquel en que se produjo dicho incumplimiento; Que, al haberse recepcionado el Oficio emitido por CONSUCODE, en donde se manifiesta que no se ha cumplido con consignar la hora de MORDAZA de las Propuestas en el Diario Oficial El Peruano, habiendose inobservado lo estipulado por la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, por lo que resulta necesario subsanar las observaciones efectuadas por el ente rector en Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa, como MORDAZA Autoridad Administrativa, se encuentra facultado para DECLARAR DE OFICIO LA NULIDAD DEL MORDAZA, de la Adjudicacion Directa Publica Nº 012004-MDP/CE-PVL, toda vez que se ha contravenido dispositivos legales, conforme lo estipula el articulo 57º del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por remision del articulo 26º de la MORDAZA legal que lo reglamenta, debiendo retrotraer el MORDAZA a la etapa de Integracion de bases, que constituye la etapa anterior a la MORDAZA de Propuestas en donde se ha producido el incumplimiento de la Directiva de CONSUCODE mencionada; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades"; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR DE OFICIO LA NULIDAD DE CONVOCATORIA del MORDAZA de la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2004-MDP/CE-PVL. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12605

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.