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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G31/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de julio de 2004 Ascenso de Magistrados y, el dictado de los seminarios especializados organizados por el Programa de Actualiza-ción y Perfeccionamiento; Que, conforme a lo manifestado, la Academia de la Magistratura tiene prevista la realización de eventos aca-démicos próximos en el interior del país, 9 y 10 de julio, porlo que para efectos de dar atención a los requerimientosprogramados por la Dirección Académica con relación alSuministro de Pasajes Aéreos, que responde a los objeti-vos de la Entidad, es menester la exoneración de dichaadquisición, en tanto se perfeccione el proceso de selec-ción; Que, en virtud del literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM, se exonera del proceso deselección correspondiente a las adquisiciones y contrata-ciones en situación de urgencia declaradas de conformi-dad a ley; Que, el Artículo 113º del Reglamento de la Ley, aproba- do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala quelas exoneraciones a los procesos de selección requierenobligatoriamente de un informe técnico - legal previo emiti-do por el área técnico y por el área legal de la Entidad, quecontenga la justificación técnico legal de la adquisición ocontratación y de necesidad de la exoneración; Que, resulta necesario dar continuidad a las activida- des esenciales de la Academia de la Magistratura, organis-mo que por disposición constitucional imparte capacitacióna los magistrados del Poder Judicial y Ministerio Público anivel nacional, a través de sus diversos eventos académi-cos; Que, de conformidad con el articulo 113º del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Informe Nº 325-2004-AMAG-AL, de la AsesoríaLegal concluye por la necesidad de contratar el Serviciode Suministro de Pasajes Aéreos, a efectos de no perjudi-car el normal desenvolvimiento de las actividades acadé-micas de la institución próximas a ejecutarse, por lo quedeviene en procedente la contratación sugerida vía la Exo-neración de Ley atendiendo a la situación de urgencia; Que, el numeral 2) del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dis-pone que la situación de urgencia debe entenderse comouna medida temporal ante un hecho de excepción que de-termina una acción rápida a fin de adquirir o contratar loindispensable para paliar la situación de urgencia, sin per-juicio de que se realice el proceso de selección correspon-diente; Que, conforme al artículo 20º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, cuando por las causas que se mencionan en el artículo19º, se exonera las adquisiciones o contrataciones, deberecurrirse al proceso de adjudicación de menor cuantía,debiendo tal exoneración aprobarse mediante resolucióndel Titular del Pliego de la Entidad; Que, en los artículos 105º y 116º del Reglamento se es- tablecen los procedimientos a que deben someterse talescontrataciones precisándose que en la resolución exonera-toria deberá indicarse el órgano que se encargará de llevara cabo la contratación y que ésta se ejecutará mediante ac-ciones inmediatas para la elección de la propuesta que cum-pla los requerimientos establecidos en las Bases; Que, a tenor del artículo 20º de la Ley, y el artículo 115 de su Reglamento, copia de la resolución que aprueba laexoneración y los informes que la sustentan deben ser re-mitidos dentro de los diez días calendario a la ContraloríaGeneral de la República, y publicada en el Diario Oficial ElPeruano, dentro de los diez días hábiles siguientes a lafecha de su emisión o adopción, según corresponda; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca de la Academia de la Magistratura Nº 26335, y el Esta-tuto de la Academia de la Magistratura, aprobado por Re-solución Nº 022-2001-AMAG-CD, de conformidad con elmandato legal, en ejercicio de sus atribuciones; y con car-go a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVEArtículo Primero.- Exonerar del proceso de selección de Adjudicación Directa Pública la contratación del Servi-cio de Suministro de Pasajes Aéreos para la Academia de la Magistratura, por la causal establecida en el literal c) delartículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones,por cuanto ésta se presenta por la causal de urgencia, porel período comprendido desde la fecha de la presente re-solución hasta el 30 de julio de 2004, y por un valor refe-rencial total de S/. 30,000.00 Nuevos Soles, con cargo a lafuente de financiamiento de Recursos Ordinarios. Artículo Segundo. - Disponer que la Subdirección de Logística, mediante acciones inmediatas proceda a la con-tratación del Servicio de Suministro de Pasajes. Artículo Tercero.- Disponer que Secretaria Adminis- trativa remita copia de la presente Resolución y de los In-formes que sustentan la exoneración a la Contraloría Ge-neral de la República dentro del término de diez días ca-lendario siguiente a la fecha de aprobación, así como supublicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELCIRA VÁSQUEZ CORTÉZ Presidenta del Consejo Directivo de laAcademia de la Magistratura 12862 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 BANCO CENTRAL DE RESERVA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G61/G6E/G61/G6C/G69/G73/G74/G61/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G69/G62/G65/G72/G6F/G2D/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6D/G65/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G61/G6E/GE1/G6C/G69/G73/G69/G73/G20/G64/G65/G6C/G74/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 055-2004 Lima, 7 de julio de 2004 CONSIDERANDO:Que el Banco Central de Reserva del Perú tiene como finalidad preservar la estabilidad monetaria; Que para el cumplimiento del anterior considerando, el área de la Gerencia de Estudios Económicos tieneentre sus objetivos proveer al Directorio, al Presidente yal Gerente General de los estudios e informaciones ne-cesarias para que la política del Banco y su entorno ma-croeconómico permitan la consecución de la estabilidadmonetaria; Que en tal sentido se considera necesaria la participa- ción de la entidad en el "Sexto Encuentro Iberoamericanosobre la Medición y el Análisis del Turismo: Cartagena deIndias", organizado conjuntamente por el Centro de For-mación de la Cooperación Española en Cartagena de In-dias, la Organización Mundial de Turismo (OMT), la Comi-sión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL),el Instituto de Estudios Turísticos (IET) de España y el Mi-nisterio de Turismo de Colombia, que se llevará a cabo del12 al 16 de julio en la ciudad de Cartagena de Indias, Co-lombia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y, estando a lo acor-dado en el Directorio en sus sesiones de 6 de abril y 13 demayo de 2004; RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje por estudios de la seño- rita Rosaura Venegas Jiménez, Analista Profesional delDepartamento de Balanza de Pagos, de la Gerencia deEstudios Económicos, a la ciudad de Cartagena de Indias,Colombia, del 12 al 17 de julio de 2004, a fin de interveniren el certamen indicado en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: