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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G32/G39/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de julio de 2004 la autorización al Procurador Público, para que en repre- sentación y defensa de los intereses del Estado interpon-ga las acciones judiciales pertinentes; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De-creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por DecretoLey Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientescontra los que resulten responsables conforme a los fun-damentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 13548 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 329-2004-JUS Lima, 19 de julio de 2004 Vistos los Oficios Nºs. 1196, 1197 y 1411-2004-JUS/ STC de fechas 25 de marzo y 15 de abril del 2004, de laSecretaría Técnica de Conciliación, Registros Nº 393, 394,450 y demás actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante oficios de vistos, la Secretaria Técnica de Conciliación comunica que en la tramitación de procedi-mientos de acreditación de conciliadores extrajudiciales delCentro de Formación y Capacitación de Conciliadores delColegio de Abogados del Cono Norte de Lima, se advier- ten indicios de comisión de ilícitos penales, mencionando que existe mérito para el inicio de la acción legal por partede este Ministerio, por la presunta comisión de los delitoscontra la Administración de Justicia-Función Jurisdiccio-nal, en las modalidades de falsa declaración en procedi-miento administrativo y fraude procesal, y contra la Fe Pú- blica, en la modalidad de falsificación de documentos, tipificados en los artículos 411º, 416º y 427º del CódigoPenal, respectivamente; Que, mediante Informes Nºs 134-2003, 2053-2002, 333- 2003-JUS/STC, y conforme a las Resoluciones de Secre-taría Técnica de Conciliación Nºs. 294, 313, 449-2003-JUS/ STC, se da cuenta de una serie de irregularidades en la tramitación de la acreditación de conciliadores extrajudi-ciales, por parte del citado centro, las cuales configuranindicios de la presunta comisión de los delitos a que serefiere el considerando precedente, indicándose quedeliberadamente se ha pretendido inducir a error a la administración, con declaraciones y documentación falsa, presentando a los administrados como participantes decursos irregulares, los cuales no contaban con la debidaautorización del Ministerio de Justicia; Que, siguiendo el principio de celeridad y de confor- midad con el artículo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, procede acumular dichos expedientes, en tanto guardan conexión entre sí; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo soli- citado por la Secretaría Técnica de Conciliación del Minis-terio de Justicia, en sus Oficios Nºs. 1196, 1197 y 1411-2004-JUS/STC; en virtud a los hechos que se desprenden de los citados informes y resoluciones precedentes, y con el objeto de reunir las pruebas de la comisión de los delitosy las circunstancias en que se habrían realizado, corres-ponde recurrir a la vía judicial para establecer la distintaparticipación que hayan tenido los autores y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del DecretoLey Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo12º del decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta- do, interponga las acciones judiciales contra los que resul-ten responsables conforme a los fundamentos expuestosen la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 13549 SALUD /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G65/G6F/G20/G79/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G48/G6F/G73/G70/G69/G2D/G74/G61/G6C/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G52/G6F/G73/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 731-2004/MINSA Lima, 19 de julio de 2004 Visto el expediente con registro Nº 064558-04 que con- tiene el Oficio Nº 0247-04-SA-DS-HSR-D, el Informe Téc- nico Nº 023-2004-SA-HSR-JUL y demás documentaciónremitida por el Hospital Santa Rosa; y, CONSIDERANDO: Que el literal c) del artículo 19º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, exonera de los proce- sos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrata-ciones que se realicen en situación de urgencia declaradasde conformidad con dicha norma legal, contrataciones queen virtud del Artículo 20º del mismo cuerpo legal se realiza-rán mediante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que el artículo 21º de la antes mencionada ley, estable- ce que se considera situación de urgencia cuando la ausen-cia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o ser-vicio compromete en forma directa e inminente la continui-dad de los servicios esenciales o de las operaciones pro-ductivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situación a la adquisición de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesariopara llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que asimismo el artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determi-na una acción rápida a fin de adquirir o contratar loindispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de quese realice el proceso de selección correspondiente paralas adquisiciones y contrataciones definitivas; Que mediante Oficio Nº 0247-04-SA-DS-HSR-D, el Di- rector Ejecutivo del Hospital Santa Rosa solicita al Despa-cho Ministerial la exoneración por situación de urgenciadel proceso de Adjudicación Directa Selectiva el serviciode Aseo y Limpieza mediante un proceso de Adjudicaciónde Menor Cuantía por un período de sesenta días; Que el Informe Técnico Nº 023-2004-SA-HSR-JUL, emiti-