Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2004 (22/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Que, mediante Carta GEGE-343-2004, la Empresa Minera del Centro del Peru S.A. - CENTROMIN PERU S.A., informo a este Organismo Superior de Control la renuncia del CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la referida entidad, adjuntando MORDAZA autenticada de la respectiva carta de renuncia, asi como la Carta GEGE-223-2004 que acepta la renuncia; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el numeral 2.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004-CG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Formalizar la separacion definitiva por renuncia, del CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Empresa Minera del Centro del Peru S.A. - CENTROMIN PERU S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 13528 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 300-2004-CG MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2004 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 045-2004-CG/OCI, emitida por la Gerencia de Organos de Control Institucional de la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control de la Contraloria General de la Republica. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, la separacion definitiva de los Jefes de los Organos de Control Institucional, se efectua por este Organismo Superior de Control de acuerdo a los requisitos, procedimientos, incompatibilidades y excepciones que establezca para tal efecto; Que, el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 1142003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004-CG, establece en el numeral 2.1 de su Primera Disposicion Transitoria, que la separacion definitiva del Jefe del Organo de Control Institucional se efectua por la Contraloria General de la Republica, mediante Resolucion de Contraloria publicada en el Diario Oficial El Peruano, previendose en el literal c) de dicho numeral, que los casos de renuncia del Jefe del Organo de Control Institucional seran informados por la entidad a la Contraloria General de la Republica, acompanandose MORDAZA autenticada de la respectiva carta de renuncia y su aceptacion por la entidad, para la formalizacion de la separacion definitiva; Que, mediante Oficio Nº 039-04-GM/MDLCH, la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica informo a este Organismo Superior de Control la renuncia del CPC MORDAZA Corcuera MORDAZA al cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la referida entidad, remitiendose MORDAZA autenticada de la respectiva carta de renuncia, asi como la Resolucion de Alcaldia Nº 051-04/MDLCH que acepta la renuncia; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el numeral 2.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004CG;

Articulo Unico.- Formalizar la separacion definitiva por renuncia, del CPC MORDAZA Corcuera MORDAZA, al cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 13529

Autorizan al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento realizar MORDAZA de seleccion para contratacion de sociedad de auditoria para examinar estados financieros del Programa de Apoyo al Sector Habitacional - Primera Fase
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 301-2004-CG MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2004 Visto; la Hoja de Recomendacion Nº 037-2004-CG/SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoria, sobre autorizacion al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para conducir el MORDAZA de seleccion de una sociedad de auditoria que realice el examen a los estados financieros del Programa de Apoyo al Sector Habitacional - Primera Fase (Contrato de Prestamo Nº 1461/OC-PE), de los ejercicios 2004, 2005 y 2006; CONSIDERANDO: Que, la Republica del Peru suscribio con fecha 21.JUL.2003, con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el Contrato de Prestamo Nº 1461/OC-PE con el objeto de apoyar el MORDAZA ya iniciado de transformacion y ordenamiento del sector habitacional del MORDAZA, y consolidar este MORDAZA en el largo plazo promoviendo e incentivando el acceso equitativo a la vivienda de los diferentes niveles socioeconomicos del MORDAZA, siendo su proposito inmediato dirigir los recursos publicos destinados a la generacion de vivienda hacia los sectores de bajos ingresos; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento como organismo ejecutor del Contrato de Prestamo Nº 1461/OC-PE, solicito con el Oficio Nº 045-2004/VIVIENDA-VMVU-UCS de 04.JUN.2004 a la Contraloria General de la Republica, la autorizacion para conducir directamente el MORDAZA de seleccion de una sociedad de auditoria que realice el examen a los estados financieros del Programa de Apoyo al Sector Habitacional - Primera Fase, de los anos 2004, 2005 y 2006, financiados con el Contrato de Prestamo Nº 1461/OC-PE; Que, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) mediante comunicacion Nº 2709/2004 de fecha 02.JUN.2004, otorgo su no objecion a los documentos remitidos por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para la adquisicion de los servicios de auditoria externa del mencionado Programa (Contrato de Prestamo Nº 1461/OCPE) de los anos 2004, 2005 y 2006; Que, el numeral 8.05 del Anexo "A" del Contrato de Prestamo Nº 1461/OC-PE senala, que el Organismo Ejecutor presentara al cierre de la operacion fiscal, un informe de los estados financieros del Programa debidamente auditados por una firma de auditores independientes aceptados por el Banco, y que dicha firma debera ser contratada por tres anos; asimismo senala que los costos totales de la auditoria estan incluidos en el costo del Programa y seran financiados con los recursos del prestamo del BID; Que, el Documento de Licitacion de Auditorias Externas AF-200 emitido por el BID, establece un procedimiento especifico para la designacion de una sociedad de auditoria que se aplica cuando los servicios de auditoria externa son financiados con recursos del Banco y en el contrato se estipula que la auditoria debe ser efectuada por auditores

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